24 de diciembre de 2011

Avances en firma digital durante el 2011

El día de ayer, la División de Servicios Financieros del BCCR presentó su informe de resultados del año 2011 para el Sistema Nacional de Pagos Electrónicos (SINPE). En lo relativo a firma digital, se indica:
"Las Entidades Financieras continuaron con el proceso de apertura de Oficinas de Registro a lo largo de todo el territorio nacional, con el fin de ofrecer la facilidad de entrega de certificados digitales a los usuarios de los servicios financieros.

Se ha logrado la apertura de 29 Oficinas de Registro, las cuales se encuentran distribuidas en todas las provincias del país, esta importante infraestructura instalada le permiten al País disponer de una capacidad de entrega de más 100.000 certificados anuales. Se han entregado más de 17.000 certificados digitales, los cuales ya están siendo utilizados en los sitios web de las distintas entidades e instituciones que han habilitado esta posibilidad a sus clientes.

Actualmente, existen entidades financieras e instituciones públicas que ya tienen disponibles funcionalidades en sus sitios web con el fin ofrecer a sus clientes la posibilidad de uso de estos certificados, tal es el caso de: Banco Popular (autenticación en sitio web), BCR (firma de transacciones financieras en sitio Web), Mutual Alajuela (sitio web, transferencias SINPE, transferencias internas, actas de comités), Banco Central de C. R. (Central Directo, documentación interna),SUPEN (información de afiliados, denuncias), SUGEVAL (reporte de los supervisados, sitio web), SUGEF (SICVECA), Casa Presidencial (firma de decretos ejecutivos), ICE (Merlink, sitio web), Poder Judicial (expediente judicial), JPS (sistemas internos), Municipalidad de San José (pago de impuestos), CNFL (sitio web, teletrabajo, certificados de medidores), Contraloría General de la República (declaración de bienes, presupuestos públicos), Ministerio de Hacienda (Tributación Digital, Tesoro Virtual, Compra Red, TICA), INS (pago de pólizas, pago de hipotecas, expediente médico - SIMA), CCSS (SICERE, registro y control de incapacidades, pago a proveedores, intercambio de información institucional), Comercio Exterior (certificación de origen), ARESEP (presentación de denuncias), TSE (registro de matrimonios), Colegio de Ingenieros y Arquitectos (autenticación en web, presentación de planos), entre otras."

20 de diciembre de 2011

Libro digital "Autonomía personal, cuidados paliativos y derecho a la vida"

La "Cátedra de Amparo de Derechos y Libertades" de la Universidad de Oviedo, España, ha puesto a disposición, en formato digital, el libro titulado "Autonomía personal, cuidados paliativos y derecho a la vida". El contenido de la obra puede ser consultado aquí; haciendo clic en la imagen del libro aparecen cada uno de los trabajos, que se pueden descargar e imprimir. También se puede descargar el libro completo, en formato PDF.

13 de diciembre de 2011

El Tribunal Contencioso Administrativo a cuatro años de vigencia del CPCA

En el marco del "II Foro Institucional 2011: Poder Judicial, Democracia y Estado de Derecho", organizado por la Universidad de Costa Rica, me correspondió exponer el pasado 29 de noviembre acerca de los resultados que muestra el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, a casi cuatro años (que se cumplirán en enero próximo) de la vigencia del actual Código Procesal Contencioso Administrativo (CPCA). La noticia fue cubierta el día de hoy por el periódico ElPaís.cr, bajo el título "Discuten acerca del acceso a la justicia y medios de comunicación".
"Por su parte, el M. Sc. Christian Hess Araya, juez del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA), destacó que con la nueva jurisdicción en esta área se tiene control de la legalidad plenaria y universal de la función administrativa.

Según recalcó el juez, el TCA ha tenido un creciente protagonismo en la vida nacional, porque ha permitido un control ágil de la actuación administrativa y se ha ido ganando la confianza de los ciudadanos.

Esto se refleja en algunas cifras que muestran el crecimiento del volumen de asuntos que tramita este juzgado. Por ejemplo en el año 2008 se contabilizaron 1925 asuntos que ingresaron al tribunal, mientras que a octubre de 2011 esta cifra subió a 6429. Por otro lado, los asuntos que cuentan con una resolución por medio de un pronunciamiento corresponden al 60% de los casos tramitados.

'El código procesal contencioso administrativo se caracteriza por un proceso más ágil, pues se implementó el llamado mecanismo de proceso por audiencias basado en la oralidad, también por una legitimación activa más amplia, el agotamiento facultativo de la vía administrativa, mayor amplitud de las medidas cautelares y en la determinación de la pretensión. Además brinda la posibilidad de conciliar', concluyó Hess."

24 de noviembre de 2011

¿Y yo a quién doy gracias?

A mis padres, que me dieron vida y educación. A mi esposa e hijos, que me impulsan hacia adelante. A mis amigos(as), que iluminan el camino. A la vida... que me ha dado tanto. Y, finalmente, a mi mismo, que -a pesar de algunos cuantos desvíos- hasta ahora creo no haber hecho tan mala labor capitaneando este barco hacia buen puerto. Suficiente. ;-)

12 de noviembre de 2011

Poder Judicial establece lineamientos para expediente electrónico civil

"El seguimiento de una serie de normas generales para el uso de los medios electrónicos en la tramitación de procesos en materia civil, la comunicación de actos y la tramitación de piezas procesales, son parte de las acciones que se incorporaron al Reglamento sobre Expediente Electrónico, que aprobó recientemente Corte Plena", informó ayer el Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial.
"De esta manera, se establece un marco normativo para la informatización del proceso judicial civil, aspectos puntuales del proceso electrónico y las gestiones de las partes ante el Poder Judicial por medios electrónicos, informáticos, telemáticos o semejantes.

En el reglamento se establece que para que una pieza procesal sea válida, para efectos procesales, se requiere una firma digital o electrónica, mediante la identificación inequívoca del suscriptor, la cual debe darse mediante la firma digital basada en un certificado digital emitido por la Autoridad Certificadora acreditada o mediante el registro como usuario en el Poder Judicial del Sistema de Gestión.

Específicamente sobre el proceso electrónico, se establece en el capítulo II del Reglamento, que '... El traslado de la demanda y la presentación de la contestación, de los recursos y de las peticiones en general, todos en formato digital, en los autos del proceso electrónico, pueden ser hechas directamente por los abogados públicos y privados, sin necesidad de presentación física en el despacho, caso en el cual la tramitación deberá darse de forma expedita, y se suministrará acuse de recibo electrónico. Los originales de los documentos digitalizados deberán ser preservados por la parte que los presentó hasta el fenecimiento del proceso', señala la regulación.

Se detalla que cuando el acto procesal tenga que ser practicado en determinado plazo, por medio de una petición electrónica, serán considerados en tiempo, aquellos que se reciban hasta las 24 horas del último día.

De acuerdo con el Magistrado de la Sala Primera Luis Guillermo Rivas Loáiciga, para este práctica se tomó la experiencia adquirida en la materia contenciosa que se adaptó las especificaciones que requiere la Jurisdicción Civil.

Otros de los temas importantes que se destacan en este Reglamento es la disposición que señala que en aquellos documentos cuya digitalización sea técnicamente inviable debido a su gran volumen o por motivo de ilegibilidad, deben ser presentados al despacho en el plazo de 10 días, contados desde el envío de la petición electrónica que comunica el hecho, 'una vez que se haya presentado el documento o los documentos en el despacho correspondiente y que sea imposible su digitación o el escaneo, será la parte quien deberá custodiarlo', puntualiza la regulación aprobada por Corte Plena.

Se deja claro que las partes e interesados en un proceso, podrán gestionar por medios electrónicos, informático, telemáticos u otros semejantes. '... Para ese efecto, será necesaria la posibilidad de verificar la autenticidad, en la forma que aquí se regula. En todos los casos, el abogado deberá contar con un correo electrónico autorizado, para remitir al despacho respectivo su manifestación de ser auténtica la gestión de la parte. Cada despacho judicial contará con un buzón con capacidad suficiente, que se denominará de "Recepción de Documentos", cuyo seguimiento deberá efectuar el despacho una vez por día', indica el capítulo III de dicha regulación.

Entre otras generalidades, se incluye el tema de la validación de un correo electrónico para su respectivo uso, la cual deberá realizarse desde una dirección previamente verificada por el Departamento de Tecnología de la Información o la entidad designada para tal efecto, la cual deberá estar dentro de la lista oficial de cuentas autorizadas y el correo puede ser de la parte o de su abogado.

De igual manera, también se prevé la garantía de acceso, al establecer que: 'En aquellos casos en que alguna de las partes alegue no tener acceso a la tecnología de grabación o respaldos informáticos por carencia de recursos, desconocimiento, privación de libertad o personas con capacidades diversas, el despacho deberá imprimir la gestión o facilitar a la parte el acceso con recursos institucionales. En todos estos supuestos se garantizará el derecho de las partes a la información'.

Estos son algunos de los lineamientos que contiene el Reglamento sobre Expediente Electrónico del Poder Judicial, recientemente aprobado."

10 de noviembre de 2011

Tres nuevos proyectos en Gobierno Digital

Nos informa hoy el Diario Extra que "El Gobierno de la República presentó ayer tres proyectos que se suman a otros tres ya implementados y que ayudarán a los costarricenses a disminuir la tramitología y accesar más fácilmente a los servicios del Estado, al mismo tiempo que se rebajan los costos. Se trata de TecnoEducar, Portal Ciudadano y DNP, plataformas tecnológicas que estarán disponibles pronto."
  • En el caso de DNP se trata de la digitalización de los expedientes y la incorporación de la firma digital en las resoluciones de pago de la Dirección Nacional de Pensiones.
  • El segundo proyecto es el de "Portal Ciudadano", que para la presidenta Laura Chinchilla constituirá "la puerta de entrada a toda la información gubernamental".
  • Finalmente, "El proyecto TecnoEducar propone una alianza entre las instituciones públicas, comunidades y empresa privada, con el fin de dotar a los centros educativos públicos de computadoras, Internet y una estrategia de aprendizaje en el uso y aprovechamiento de las tecnologías de información."
Aunque la noticia no lo aclara, interpreto que el "Portal Ciudadano" sustituye al proyecto actual de "Gobierno Fácil".

9 de noviembre de 2011

El "misterioso" año 2011: ¿magia o Feng Shui? Carl Sagan diría: álgebra

Hoy es el Día de Carl Sagan, astrónomo, exobiólogo y divulgador científico, así como escéptico y pensador crítico por excelencia. Por eso y para celebrar su día como tiene que ser, me viene de maravilla un mensaje de correo electrónico que recibí justamente hoy, ilustración perfecta del "pensamiento mágico" que tan fácilmente impresiona a la gente que no ejercita adecuadamente sus defensas contra la credulidad. El mensaje dice literalmente así:
"Asunto: 111 LEELO Y SORPRENDETE

Este año vamos a experimentar cuatro fechas inusuales:
1-1-11 , 1-11-11 ; 11-1-11; 11-11-11 y eso no es todo, toma los últimos dos dígitos del año en que naciste, ahora súmale la edad que vas a cumplir este año, y el resultado sera 111 para todos!! Este es el año del dinero!!! este octubre del año tendrá 5 domingos, 5 lunes, y 5 sábados.. Esto sucede cada 823 años. Estos años son especialmente conocidos como 'poseedor de dinero'... Dice el proverbio que si envías esto a tus buenos amigos el dinero aparecerá en los próximos 4 días como se explica en chino del feng-shui. Los que no continúen la cadena no lo recibirán. Es un misterio ... pero vale la pena intentarlo . Buena suerte !!! yo recibo al dar."
Si siguen las instrucciones y realizan el cálculo que se indica allí, efectivamente obtendrán siempre un resultado de 111... ¡siempre que tengan 11 o más años de edad! Analicemos en qué consiste el "sorprendente misterio", paso a paso:

1. Sea "x" el año en que nací (que en mi caso fue 1960). Entonces, para obtener el primer "ingrediente" de la misteriosa fórmula (o sea, los últimos dos dígitos de ese año), lo que debo hacer es esta resta:

x - 1900

2. El segundo ingrediente mágico (la edad que cumplo este año 2011), se obtiene así:

2011 - x

3. En consecuencia, cuando la fórmula del mensaje me dice que debo tomar "los últimos dos dígitos del año en que naciste, ahora súmale la edad que vas a cumplir este año", lo que me está pidiendo equivale a calcular:

(x - 1900) + (2011 - x)

4. Si resolvemos la ecuación, se ve con facilidad que las dos "x" se cancelan entre sí, de manera que, sin importar en qué año haya nacido yo (y, por ende, qué edad cumpla este año), la operación siempre va a dar:

-1900 + 2011

que, desde luego, es 111.

¡Ni magia ni Feng Shui, solo simple álgebra! ¿Y por qué dije que esto solo funciona si tengo 11 o más años de edad? ¡Eso se los dejo de tarea!  ;-)

5 de noviembre de 2011

Valioso testimonio contra el concordato

Con la aprobación del autor, reproduzco seguidamente este mensaje de correo que me envió (los hipervínculos fueron añadidos):
"Estimado Sr. Hess:

Permítame felicitarlo por su artículo sobre El Concordato, es un artículo sin desperdicios y lleno de muchas certezas para estos tiempos, Mi nombre es Miguel E. Polanco soy Dominicano y como en Costa Rica, nosotros también tenemos un Concordato con el Vaticano que nace a raíz de un acuerdo que beneficiaba la Imagen del Dictador Rafael Leónidas Trujillo y por ende enriquecía enormemente a la Iglesia, la cual está exenta de todo tipo de impuestos y el Estado Dominicano tiene que subvencionarla de todas sus necesidades.

Si usted lee nuestro Concordato se dará cuenta que no tiene nada de democrático y es obvio porque tal como usted lo expresa, El Vaticano ni se acerca a la Democracia, nosotros, los Dominicanos vemos con alta estima el nivel de desarrollo Democrático que ha exhibido Costa Rica por muchos años, siendo siempre un punto de comparación a la hora de discutir sobre Democracias Latinoamericanas; Costa Rica no puede darse el lujo de enviar señales desviadas de su ya ganada reputación y es aquí donde me he motivado a enviarle esta comunicación donde le estimulo y apoyo en sus comentarios.

Como Dominicano, fui educado bajo los reglamentos del Concordato aprobado por Trujillo; pero ya uno ha visto que la Jerarquía de nuestra Iglesia Católica y de otras Religiones no aportan los elementos necesarios para el desarrollo democrático de nuestro país; un par de pruebas me basta enviarle, nuestro índice de analfabetismo es elevadísimo y todavía hoy la Ciudadanía está solicitando el 4% del PIB para Educación el cual está consignado en la Ley, pero nuestros gobernantes no lo cumplen y nuestra Iglesia no dice ni media palabra y moralmente es responsable del desarrollo de cada pueblo, según el Concordato.

Anexo le pongo la dirección electrónica donde aparece nuestro Concordato: aprobado por el Dictador Trujillo para el capítulo República Dominicana, espero le sea de ayuda para futuras investigaciones.

Le saluda,

Ing. Miguel E. Polanco"
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Nota: cuando le solicité a don Miguel su permiso para reproducir aquí este mensaje, me brindó una respuesta que también habla por sí sola: "Si, por supuesto y le autorizo a colocar mi nombre; he creído siempre que la Verdad siempre es como el agua subterránea, algún día sube a la superficie." :-)

2 de noviembre de 2011

Declaran Semana Nacional de los Derechos Humanos

En La Gaceta N° 210 de hoy aparece publicada la ley N° 8998 del 26 de setiembre del 2011, que declara la "Semana Nacional de los Derechos Humanos". De acuerdo con la norma, ésta tendrá lugar en la segunda semana del mes de diciembre de cada año y su objetivo es "otorgar un espacio para la reflexión y para observar con una mirada crítica los avances logrados también para tomar conciencia de lo que aún queda por hacer, en el orden de la promoción y eficaz protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales por parte del Estado costarricense, tal y como lo establecen los principios, convenios, tratados internacionales y demás instrumentos del derecho internacional de los derechos humanos".

PYMES turísticas adoptarán software libre

"Pequeñas y medianas empresas costarricenses (Pymes) del sector turismo se verán beneficiadas con el uso del software libre y programas de código abierto.

El proyecto es una iniciativa conjunta del Ministerio de Industria y Comercio (MEIC), el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la Universidad Nacional (UNA) y pretende facilitar y promover el accceso a las nuevas tecnologías de la información y comunicación (TICS) para las Pymes."

En La Prensa Libre de hoy.

Validación más rápida de correos para recibir notificaciones judiciales

Transcribo una comunicación distribuida esta mañana por el Depto. de Prensa y Comunicación del Poder Judicial:
"El Poder Judicial tiene un nuevo sistema que permite validar en un minuto su cuenta de correo electrónico, para que pueda recibir notificaciones de cualquier proceso judicial y hasta con trámites de proveeduría.

Los interesados sólo tienen que ingresar a la página www.poder-judicial.go.cr, en guía del usuario encontrarán el link validación correo para notificaciones, donde llenarán la información que le solicitan como por ejemplo el número de cédula y su dirección de correo. El mismo sistema le indicará los pasos a seguir hasta lograr su validación, una vez terminada esta etapa debe comunicar personalmente al despacho de su interés que sea notificado mediante correo electrónico.

Carmen Quesada Chacón, Jefa de la Sección de Sistemas de la Información, del Departamento de Tecnología de la Información dijo que con la nueva herramienta se logra agilizar la validación de correos electrónicos de manera más segura, ya que hay conexión directa con el Registro Civil, el cual permite corroborar datos personales.

Por su parte, Alberto Rojas Naranjo, encargado del proyecto mencionó que con el proceso anterior se duraba al menos tres días para validar las cuentas, ahora la persona puede durar un minuto realizando el proceso a través de Internet.

Hasta el momento, un total de 4.188 personas completaron el trámite y utilizan actualmente el servicio.

Es importante mencionar que es indispensable que la persona comunique al despacho de interés, que le sea notificado mediante correo electrónico y de su dirección especifica.

Esta herramienta inició a principios de agosto gracias al Departamento de Tecnología de la Información y hasta el momento los resultados han sido muy favorables. "

27 de octubre de 2011

Si no logra actualizar el iOS de su iPhone 4 del ICE...

Desde que adquirí mi actual iPhone 4 del ICE (kölbi), no había logrado actualizarle el iOS usando mi laptop Toshiba, que es mi PC principal (con Windows Vista), con la que hago todos los respaldos y sincronizaciones. Cada vez que lo intentaba, al final de una larga descarga, recibía un mensaje justo en el momento en que iTunes intentaba verificar el software con Apple, indicando que había ocurrido un "error desconocido".

Hasta ahora, había logrado sortear el problema copiando el archivo descargado a mi netbook HP y realizando la actualización por ese medio, hasta que llegó la actualización del iOS 5. En este caso, iTunes me indicó que debía aplicar la actualización usando la misma máquina con la que realizaba todos los respaldos y sincronizaciones (o sea, la Toshiba), puesto que de lo contrario perdería todas las aplicaciones descargadas y otra información. Lo intenté y, una vez más, obtuve el mensaje de "error desconocido 3194". Eso me obligó a investigar a fondo el problema. Luego de mucho indagar y de quebrarme la cabeza, encontré la respuesta y la comparto aquí por si fuera de utilidad:

Sucede que, antes de que el ICE introdujera el iPhone de manera oficial, yo había tenido un iPhone 3GS adquirido fuera de Costa Rica y, por ende, había tenido que desbloquearlo para poderlo usar. Y resultó que el proceso de desbloqueo era el causante involuntario de mi problema actual. Me explico:

Los sistemas operativos Windows utilizan un archivo especial, llamado "hosts" (situado, en mi caso, en la carpeta C:\Windows\System32\drivers\etc\). Este es un pequeño archivo de texto, cuya labor es mantener un índice de concordancias entre direcciones de Internet (o sea, URLs) y direcciones IP. Windows revisa ese archivo cada vez que necesita obtener una dirección IP para un sitio en particular de Internet. Si la encuentra allí, la usa; si no, debe ir a tratar de obtenerla en algún servidor DNS. La idea detrás de este mecanismo es lograr una navegación más rápida en la red, ya que consultar a un servidor DNS es más lento que buscar dentro de un archivo local. Tengo entendido que otros sistemas operativos utilizan mecanismos similares.

Pues bien, al desbloquear mi iPhone 3GS, el archivo "hosts" había sido modificado, de manera tal que a la dirección "gs.apple.com" le había sido asignada una dirección IP específica, a saber: 74.208.10.249, que corresponde con el proyecto Cydia. Es decir, existía una línea que indicaba:

74.208.10.249 gs.apple.com

Y, desde luego, así había quedado a pesar de que después dejé de poseer ese teléfono y de necesitar el desbloqueo. Como fruto de lo anterior, cuando iTunes intentaba verificar las descargas de actualizaciones del iOS para mi iPhone 4, el cambio mencionado en "hosts" hacía que la operación fracasara y, por tanto, que se abortara el upgrade. Me costó bastante descubrir el problema.

Para resolver la dificultad, edité el archivo "hosts" para suprimir la línea en cuestión y, ¡bingo!, iOS 5 correctamente actualizado. :-)

22 de octubre de 2011

Programa sobre el concordato próximo martes en el canal de la UCR

He sido gentilmente invitado a participar, el próximo martes 25 de octubre, en el programa "Irreverencias", auspiciado por la Agenda Política de Mujeres, para conversar sobre el tema del concordato entre Costa Rica y el Estado de la Ciudad del Vaticano.

El programa se transmite a las 8:00 p. m. por el Canal 15 de la UCR (canal 5 de AMNET, canal 58 de CableTica y canal 15 de Cable Visión). Se repite el domingo siguiente, a las 7 p.m. ¡Cordialmente invitados(as)!

18 de octubre de 2011

Ley de habeas data agregada a índice de normas

Debido a que estuve fuera del país y a otros enredos diversos, había omitido agregar la nueva "Ley de protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales", N° 8968 del 7 de julio del 2011, a mi índice de normativa costarricense sobre derecho informático. Ya resolví la omisión.

17 de octubre de 2011

Razones contra el concordato

Este artículo apareció primero en el blog el 12/10/11; luego fue publicado en la sección "Página Quince" de La Nación de hoy (ver publicación)

Tiene toda la razón Laurencia Sáenz cuando, en su comentario del 10/10/11 ("Gato concordato por liebre laica"), argumenta que no existe ninguna razón lógica por la cual la suscripción de un concordato entre Costa Rica y el Estado de la Ciudad del Vaticano deba considerarse un paso necesario -o siquiera deseable- para que nuestro país avance hacia un Estado laico.

En la cobertura de prensa sobre este tema (véase, por ejemplo, "País y Santa Sede inician camino hacia Estado laico" en LN del 9 de este mismo mes), se ha dicho que el propósito de dicho acuerdo es el de "modernizar" -sea lo que sea que eso quiera decir- las relaciones entre nuestro país y el Vaticano. Pero eso nos lleva a una pregunta obvia: ¿qué necesidad existe de modernizar esas relaciones? En Estados Unidos tienen un dicho popular, "Si no se ha descompuesto, no lo arregle". ¿Por qué invertir tiempo, esfuerzo y dinero primero por parte de nuestra Cancillería y después de la Asamblea Legislativa en examinar y afinar relaciones que actualmente fluyen con toda normalidad?

Pareciera olvidarse que Costa Rica ya fue parte de un concordato, suscrito en 1852. Ese instrumento no fue jamás una herramienta de progreso para el país ni contribuyó en nada al establecimiento de un Estado laico, del que hasta hoy seguimos careciendo. En 1884, nuestros próceres liberales -encabezados por el Presidente y Benemérito de la Patria, Próspero Fernández Oreamuno- finalmente supieron apreciar todo esto y decidieron derogarlo, por estar en oposición con la Ley Fundamental, es decir, por permitir la intromisión de la Iglesia en funciones que corresponden al Estado y por condicionar el respeto al ordenamiento jurídico por parte de los eclesiásticos y de la propia Iglesia. ¿Por qué habría de ser ahora diferente?

El Derecho público internacional (y el sentido común) nos indican que los países conciertan tratados y convenios con el propósito de obtener beneficios mutuos, de adonde resulta legítimo preguntarnos qué posibles ventajas o aspectos de interés podría tener para Costa Rica un nuevo concordato como el que se anuncia.

El Vaticano ni siquiera es un Estado democrático. Por el contrario, es una teocracia gobernada por un cuasi-monarca absoluto y vitalicio, quien es elegido en secreto por un cónclave integrado por la jerarquía superior de la Iglesia Católica -el Colegio Cardenalicio- cuyos miembros fueron designados a su vez por alguno de los gobernantes previos. Jurídicamente, el Vaticano es el producto de los acuerdos suscritos en 1929 con el gobierno fascista de Benito Mussolini, quien, a cambio de apoyo y -se dice- $105 millones, cedió las 44 hectáreas que forman su territorio actual (los ignominiosos "Pactos de Letrán", vigentes hasta hoy). Del Vaticano, pues, nada tenemos nada que aprender en términos de democracia o vida republicana.

Pero, además, la jerarquía eclesiástica está integrada exclusivamente por varones. En el Vaticano, una mujer no tiene derecho a ser Presidenta, como en Costa Rica. No existe tal cosa como las cuotas de participación electoral femenina. De hecho, la ideología dominante en ese Estado -que no es una verdadera filosofía política moderna, sino un conjunto de creencias religiosas, a veces contradictorias entre sí- reprime expresamente el papel de la mujer, relegándola a una posición de subordinación con respecto al hombre (leer 1 Corintios 11, por si se necesita un recordatorio). Del Vaticano, entonces, nada tenemos que aprender en términos de igualdad y dignidad de la mujer (y ni qué decir de los gays y otras personas sexualmente diversas).

El Estado del Vaticano ha sido acusado, más reciente y crudamente por Amnistía Internacional y por el gobierno de la República de Irlanda (un aliado tradicional), de ser una organización que calculadamente encubrió y dio asilo a abusadores de menores, recurriendo para ello incluso a la inmunidad diplomática. Los casos son dolorosamente conocidos. Del Vaticano, pues, nada tenemos que aprender en términos de tutela del interés superior de las niñas y niños.

Hablando de derechos, de los más de 100 convenios internacionales de derechos humanos actualmente en vigencia, se comenta que el Vaticano ha firmado solo diez; menos que Cuba, China, Irán o Ruanda. Ni siquiera ha suscrito la Declaración Universal de Derechos Humanos. Nuestro país, que auspició la promulgación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos ("Pacto de San José de Costa Rica") y que es sede de la Corte Interamericana de esta materia, tampoco tiene nada que ganar en materia de derechos fundamentales de un concordato con el Vaticano. De hecho, algunas de las obligaciones que se ha adelantado que existe interés que nuestro país asuma bajo el concordato podrían resultar frontalmente opuestas a los compromisos previamente adquiridos bajo esos instrumentos internacionales, así como a la jurisprudencia de la Sala Constitucional, por ejemplo, en materia de docencia sobre religión en los centros educativos públicos.

La historia demuestra que, al suscribir convenios de esta naturaleza con otros países, la tajada principal la recibe siempre esa Iglesia disfrazada de Estado, en términos de beneficios y privilegios. Recomiendo visitar el sitio "Concordat Watch" para darse una idea de cómo, al suscribir concordatos con otros países, el Vaticano normalmente pide y recibe mucho, mientras que da poco o nada provechoso a cambio.

El propósito de firmar y luego presentar a la Asamblea Legislativa un nuevo concordato con el Estado de la Ciudad del Vaticano, da pie a cuestionamientos serios y fundados que vale la pena ponderar. Quizás lo mejor sería repasar las lecciones de nuestro pasado y revisar los motivos por los que esos grandes próceres del siglo XIX decidieron que Costa Rica no debía someterse más a las indignas condiciones impuestas por el único concordato que registra nuestra historia patria.

Y, en definitiva, lo que conviene insistir es en que avanzar hacia un Estado laico en Costa Rica depende exclusivamente de nosotros mismos, no del permiso papal.

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Notas:
  • En La Prensa Libre de hoy ("Chinchilla podría sellar concordato en Vaticano"), el canciller Enrique Castillo comenta, refiriéndose al Vaticano: "Son más bien ellos los que lo pidieron. Nosotros podríamos pedir algún tipo de asistencia, qué sé yo. Pero realmente no creo que se vaya a plantear así, pues creo que serán ellos los que nos pidan a nosotros". Así es que, tal y como lo dije en mi artículo, "al suscribir concordatos con otros países, el Vaticano normalmente pide y recibe mucho, mientras que da poco o nada provechoso a cambio". 14/10/11.

10 de octubre de 2011

Tertulia "Ética y Estado laico" este miércoles

Para este miércoles 12 de octubre, a las 6 p.m., la Escuela Ecuménica de Ciencias de la Religión (EECR) de la UNA ha organizado una tertulia titulada "Ética y Estado laico". Participaremos:
  • La máster Ana Lucía Fonseca Ramírez, filósofa
  • La Dra. Gabriela Arguedas Ramírez, especialista en derechos humanos y bioética
  • El máster Gustavo Adolfo Gatica López, académico e investigador de la EECR
  • Este servidor
Tendrá lugar en el auditorio de la Facultad de Filosofía y Letras, en el campus Omar Dengo de Heredia. Más información por los teléfonos 2562-4242, 2562-4063 o 2562-4062.

8 de octubre de 2011

De cómo el Oráculo de Delfos nunca se equivocaba

Tengo que verificar fechas y hechos, pero cuando recientemente visitamos Delfos, la guía nos hizo una explicación muy divertida acerca de cómo -durante sus 1200 años de existencia a partir del 776 a.e.c.- el Oráculo nunca se equivocó en las respuestas que daba a sus visitantes.

Primero que nada, está claro que las muchas desgraciadas niñas que ejercieron el oficio de Pitonisas, poco o nada tenían que ver con los oráculos. Ellas solo eran la parte "show business" místico del asunto, pues lo que hacían era ni más ni menos que drogarse cada vez que hiciera falta, mascando laurel e inhalando unas emanaciones que provenían del subsuelo bajo el Templo de Apolo. La mayoría -a quienes los sacerdotes elegían en la infancia, asegurando a sus padres que Apolo las había escogido especialmente- morían antes de cumplir los 20 años. Los verdaderos "show men" eran los sacerdotes del Templo, quienes hacían la pantomima de consultar a la Pitonisa y luego daban al consultante la respuesta que a ellos mejor les pareciera o conviniera. Así fue como, durante siglos, dominaron el mundo helénico, determinando desde cuándo debía alguien casarse hasta si había guerra o paz entre los pueblos.

Pues bien, aquí viene la parte divertida: si, por ejemplo, una pareja que esperaba un bebé llegaba a consultar si tendrían niño o niña, le daban cualquiera de las dos respuestas. Después, en una especie de libro de actas, anotaban la respuesta contraria. Si no volvían a saber más de los interesados, miel sobre hojuelas. Pero si alguien llegaba a reclamar que el pronóstico había sido equivocado, simplemente le mostraban el libro y con toda calma le aseguraban que era él o ella quien había escuchado mal la primera vez.

Otro ejemplo: si alguien iba a la guerra y llegaba a consultar si volvería o no con vida, la respuesta era: "Morirás no vivirás". Después, en caso de reclamo, tranquilamente explicaban que había que poner una coma, según fuera el caso, antes o después del "no".

Ya lo ven, así eran esos sacerdotes de esos tiempos. Los de ahora, por supuesto, nunca mienten o acomodan los hechos a su conveniencia. ;-)

6 de octubre de 2011

Poder Judicial garantiza acceso a la justicia a personas sexualmente diversas

Comunicado distribuido hoy por el Área de Prensa del Poder Judicial:
"El resguardo de los derechos a la igualdad y al acceso a la justicia que dicta la Constitución Política, quedaron plasmados en la 'Política Respetuosa de la diversidad sexual', que aprobó Corte Plena recientemente y que materializa las garantías que desde siempre han protegido las autoridades judiciales a favor de las personas sexualmente diversas.

El acuerdo del Alto Órgano Judicial estableció una serie de acciones y compromisos tendientes a garantizar el acceso a la justicia de las personas usuarias sexualmente diversas y la no discriminación de esta parte de la población costarricense.

La política institucional estuvo a cargo de la magistrada coordinadora de la Sub Comisión de Diversidad Sexualdel Poder Judicial, Eva Camacho Vargas.

De esta manera, el Poder Judicial reafirmó su compromiso de asegurar la no discriminación por razones de orientación sexual, tanto respecto a los servicios que se brindan a las personas usuarias como en el trato y las oportunidades de quienes laboran en la institución.

'Desarrollar todas las medidas de carácter administrativo, normativo, procedimental y operativo que sean necesarias con el fin de garantizar el respeto a los derechos de las personas sexualmente diversas tanto usuarias como funcionarias o servidoras judiciales. Asegurar los recursos humanos, materiales, financieros y técnicos necesarios, así como la creación de órganos, métodos y procedimientos adecuados para implementar esta política e incorporar criterios de descentralización para que se haga efectiva', detalló el texto de la política institucional aprobado por Corte Plena.

Esta responsabilidad institucional que asumió el Poder Judicial también comprende la definición y el desarrollo de las acciones afirmativas o medidas que se requieran para eliminar cualquier desigualdad en el acceso a la justicia, que pueda afectar a las personas sexualmente diversas.

De igual manera, la institución asume la obligación de emprender procesos sostenidos de capacitación y sensibilización a las personas servidoras judiciales, con el fin de propiciar un cambio de actitud en la cultura institucional, que respete a esta población costarricense.

'Asegurar la prestación de servicios a partir de criterios de eficiencia, agilidad, cortesía y accesibilidad acordes con las demandas y necesidades de las personas sexualmente diversas, que tomen en cuenta sus características específicas y eliminen todas aquellas normas, prácticas y costumbres que tengan un efecto o resultado discriminatorios. Brindar información veraz, comprensible y accesible sobre los servicios judiciales a las personas sexualmente diversas. Deberán aplicarse las directrices de no revictimización en los casos en que sean parte personas sexualmente diversas menores de edad.', destaca la política institucional adoptada por el Poder Judicial.

Para las autoridades judiciales estas acciones institucionales responden al derecho a la igualdad y no discriminación de todas las personas, que son reconocidos en los diversos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, así el derecho al acceso a la justicia, los cuales están debidamente establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos; así como en nuestra Constitución Política.

Durante la discusión de la política institucional el magistrado Fernando Castillo Víquez presentó una moción, en la que propuso un texto sustitutivo, sin embargo finalmente quedó aprobada la política propuesta por la Sub Comisión de Diversidad Sexual, sin embargo se incluyó la observación de que el Poder Judicial desde siempre ha propiciado acciones para garantizar el acceso a la justicia de las personas sexualmente diversas."

8 de septiembre de 2011

Publican ley de protección de la niñez frente a Internet

En La Gaceta N° 173 del día de hoy aparece publicada la ley N° 8934 del 27 de abril del 2011, "Ley de protección de la niñez y la adolescencia frente al contenido nocivo de Internet y otros medios electrónicos". Se aplica a todos los locales con acceso al público, destinados al uso público de computadoras conectadas a Internet u otras formas de comunicación en red, sea por medio de computadoras y de cualquier otro medio electrónico, que sean utilizados por personas menores de edad. Obliga a instalar filtros para bloquear el acceso a sitios y comunicaciones con las clases de contenidos definidos en la ley (pornografía, drogas, etc.).

Ya agregué la referencia a mi "Índice de normativa costarricense sobre derecho informático".

4 de septiembre de 2011

Poder Judicial amplía plan piloto de teletrabajo

De acuerdo con un comunicado del 1 de setiembre, la Comisión de Teletrabajo del Poder Judicial informa que el Consejo Superior, en sesión número 65-11, artículo LXXXIV, aprobó la propuesta de la Comisión de ampliar el Plan Piloto de empleo en Teletrabajo, por seis meses más y extenderlo a cincuenta participantes, que ocupen alguno de los siguientes puestos: Profesionales en Derecho, Asesores Jurídicos, Profesionales en Administración, Trabajo Social y Psicología, Asistentes Administrativos y Técnicos Administrativos.

25 de agosto de 2011

Ranking de municipalidades digitalizadas

"Los cantones de Atenas, Grecia, Palmares y San Ramón por Alajuela; Abangares y Carrillo por Guanacaste; Heredia por la provincia del mismo nombre y Curridabat y Santa Ana por San José; se inscribieron para participar del ranking de ciudades digitales que realiza la empresa estadounidense Motorola."

"A finales de este año se anunciarán los resultados del estudio, donde se seleccionarán las 25 ciudades líderes del continente en materia de digitalización, y se destacarán las iniciativas líderes en cinco áreas clave de Gobierno: Salud, Educación, Seguridad, Administración Pública y Redes Inalámbricas y Movilidad."
En el Diario Extra de hoy.

24 de agosto de 2011

Proponen declarar derecho de acceso en banda ancha a las TICs

En el Alcance Digital Nº 53 a La Gaceta Nº 162 de hoy (documento PDF; 644 kb) aparece publicado el proyecto de "Ley de reforma constitucional al artículo 29 de la Constitución Política de la República de Costa Rica para que se reconozcan el derecho a la comunicación y el derecho de acceso en banda ancha a las tecnologías de información y comunicación garantizado por el Estado", expediente legislativo N° 18.172, iniciativa de varios señores y señoras diputadas. Se indica que el proyecto ingresó el 29 de junio pasado en el orden del día del Plenario.

22 de agosto de 2011

Trenes hacia y desde Heredia tendrán wi-fi

"(Se) instalará Internet inalámbrico en los vagones para que las personas puedan conectarse con sus celulares o computadoras portátiles mientras llegan a sus destinos."
En La Prensa Libre de hoy.

Gobierno digital promoverá "subasta a la baja"

"El sistema de compras públicas electrónicas 'Mer - link' ('mercado en línea'), de la Secretaría Técnica de Gobierno Digital, promoverá a partir de la primera semana de setiembre las 'subastas a la baja', o pujas para comprar al menor precio posible, entre los montos que ofrezcan los oferentes del concurso."
En La Prensa Libre de hoy.

19 de agosto de 2011

Publicado decreto de moratoria para exploración petrolera

En La Gaceta N° 159 del día de hoy aparece publicado el decreto ejecutivo N° 36693-MINAET del 1 de agosto del 2011, cuyo artículo 1 señala:
"Se declara la moratoria nacional por un plazo de tres años para la actividad que tenga el propósito de desarrollar la explotación de los depósitos de petróleo en el territorio nacional."

18 de agosto de 2011

Más árboles para San José

"La Municipalidad de San José y el Banco Nacional firmaron un convenio donde pretenden llenar la capital de árboles, con 50 mil nuevas raíces que se adueñarán de aceras, parques josefinos y zonas de protección."
Excelente noticia en La Prensa Libre de hoy: "50 mil árboles darán respiro a capital".

10 de agosto de 2011

Las ticas: ni recatadas, ni calladas, ni puestas en su lugar

En mi comentario anterior, "Vade retro, mujeres impúdicas", dije que no podía esperar a ver cómo reaccionarían las ticas frente a las recientes admoniciones de la Iglesia a que las mujeres "guarden recato" y "no imiten a los hombres".

Al respecto, ha habido algunos buenos comentarios en prensa y en redes sociales. Pero ahora llega una respuesta igual o más contundente aun (espero): la "Marcha de las putas a la tica", este domingo 14 de agosto.

De fijo no participará tanta gente como en la romería, pero de lo que no tengo duda es de que esta marcha no tendrá absolutamente nada que envidiarle a aquélla en términos de dignidad.

Hackers atacan la CCSS

"El pasado viernes un conocedor de la informática, conocido popularmente como 'hacker', usó sus habilidades y recursos para invadir el sistema informático de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y bloqueó el sistema de Registro y Control de Incapacidades.

Esto provocó que decenas de asegurados dejarán de percibir el pago de este subsidio pues no había sistema."
En La Prensa Libre de hoy.

2 de agosto de 2011

Vade retro, mujeres impúdicas

Hace casi dos años, durante la homilía que pronunció durante la actividad religiosa conocida como "la pasada de la Virgen", en la catedral de la ciudad de Cartago, el obispo José Francisco Ulloa arremetió contra las y los diputados que por aquel entonces habían apoyado la instauración de un Estado laico en Costa Rica. Sus palabras le costaron una condenatoria del Tribunal Supremo de Elecciones, por infringir la prohibición constitucional de utilizar motivos religiosos con el propósito de hacer propaganda política.

Ayer, durante otro acto público en esa misma ciudad, el obispo Ulloa volvió a cometer lo que -para ser amables- calificaríamos de un nuevo desliz al hablar. Según informa hoy La Nación:
"Con un llamado a vestir 'con recato' y 'con pudor', el obispo de esta ciudad, Francisco Ulloa, presidió ayer el acto de 'vestición' de La Negrita.

'Sin este (recato), las deshumanizan (a las mujeres), las vuelven una cosa, un objeto nada más', dijo el religioso durante la homilía realizada en la Basílica de los Ángeles.

Ulloa abogó, además, porque el 'don sexual que le dio Dios a la mujer esté revestido de amor, fidelidad, para su más alto fin: la fecundación'."
La reacción no se hizo esperar, particularmente en las redes sociales. En Twitter, @capicva sentenció: "Quiero ser obispo para tratar a las mujeres como dios manda!", mientras que @Lalusa habló fuerte y claro: "Querido Obispo: yo me visto como se me la da la regalada gana."

Quizás no deberíamos ser tan duros con don José Francisco. Después de todo, el Nuevo Testamento dice así, en 1 Corintios 11:
"3 ... quiero que sepáis que la cabeza de todo hombre es Cristo; y la cabeza de la mujer es el hombre; y la cabeza de Cristo es Dios.
4 Todo hombre que ora o profetiza con la cabeza cubierta, afrenta a su cabeza.
5 Y toda mujer que ora o profetiza con la cabeza descubierta, afrenta a su cabeza; es como si estuviera rapada.
6 Por tanto, si una mujer no se cubre la cabeza, que se corte el pelo. Y si es afrentoso para una mujer cortarse el pelo o raparse, ¡que se cubra!
7 El hombre no debe cubrirse la cabeza, pues es imagen y reflejo de Dios; pero la mujer es reflejo del hombre.
8 En efecto, no procede el hombre de la mujer, sino la mujer del hombre.
9 Ni fue creado el hombre por razón de la mujer, sino la mujer por razón del hombre.
10 He ahí por qué debe llevar la mujer sobre la cabeza una señal de sujeción por razón de los ángeles."
Así es que el señor obispo no hace más que reafirmar la doctrina oficial.

Sin embargo, leyendo esa declaración, no pude evitar recordar a Hojatoleslam Kazem Sedighi. En abril del 2010, este prominente clérigo iraní declaró que las mujeres que no visten recatadamente y se comportan de forma promiscua son las culpables de que ocurran los terremotos. Ante esto, un gran número de mujeres alrededor del mundo decidió poner sus palabras a prueba y organizaron el "Boobquake". Lideradas por Jen McCreight, bloguera estadounidense, decidieron someter la opinión de Sedighi a un auténtico experimento verificable: McCreight pidió mujeres voluntarias que la acompañaran el 26 de ese mes, vistiendo lo más indecentemente que fuera posible, con el fin de comprobar científicamente si con ello lograban provocar terremotos a diestra y siniestra. Nada pasó.

Así es que no puedo esperar a ver qué deciden organizar las ticas para poner a prueba las palabras de Monseñor. ;-)
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Notas posteriores:

22 de julio de 2011

Reforman artículo 64 de la Constitución Política

En La Gaceta N° 142 de hoy se publica la ley N° 8952 del 21 de junio del 2011, por medio de la cual se reforma el artículo 64 de la Constitución Política. El texto que regía hasta hoy decía:
"Artículo 64.- El Estado fomentará la creación de cooperativas, como medio de facilitar mejores condiciones de vida a los trabajadores."
A partir de ahora establece lo siguiente:
"Artículo 64.- El Estado fomentará la creación de cooperativas como medio para facilitar mejores condiciones de vida de los trabajadores. Asimismo, procurará el desarrollo del so (sic) instrumento de crecimiento económico y social de los trabajadores, tanto en el sector privado como en el sector público. Asimismo, reconocerá el derecho de patronos y trabajadores a organizarse libremente en asociaciones solidaristas, con el fin de obtener mejores condiciones de vida y desarrollo económico y social."
Ignoro si la pifia gramatical del primer párrafo se dio así en la Asamblea Legislativa o si es el resultado de un error de publicación, en cuyo caso sería de esperar que una próxima Fe de Erratas lo clarifique.

21 de julio de 2011

Tributación no puede exigir declaraciones solo por Internet

"La Dirección General de Tributación no puede exigir que todas las declaraciones se presenten por medio de Internet. La Sala Constitucional dio la razón a un contribuyente que pidió se le permitiera presentar la información por los medios tradicionales."
En el Diario Extra de hoy.

18 de julio de 2011

Estado laico y juramento constitucional

Este artículo apareció en la sección "Página Quince" de La Nación de hoy (ver publicación)

En su comentario del 12/7/11 titulado "El Vaticano favorece un Estado laico", don Luis París señala que el proyecto de reforma del artículo 75 de la Constitución Política presentado en el 2009 a la Asamblea Legislativa fracasó, entre otras razones, debido a "una desafortunada redacción para reformar también el artículo 194 -que pretendía excluir la referencia a Dios del juramento constitucional". Como uno de los corredactores de la mencionada propuesta, aprecio la oportunidad que se presenta para clarificar las erróneas interpretaciones que se produjeron y siguen produciéndose con respecto a este tema.

Efectivamente, ese año el fuerte de la oposición al proyecto giró en torno al juramento, acentuada en parte quizás por algunos poco felices titulares de prensa (incluso La Nación, el 3/9/09, proclamaba en primera plana "Diputados promueven eliminar a Dios de la Constitución Política"). Esto a pesar de que el proyecto en ningún momento pretendió suprimir, por ejemplo, la mención a Dios que está contenida en el preámbulo de nuestra Carta Política.

Para comenzar, es necesario ubicarnos correctamente en el contexto: el citado artículo 194 establece el juramento que debe rendir un funcionario antes de entrar en el ejercicio de un cargo público. Jurídicamente, constituye un requisito de eficacia -una formalidad ceremonial- del acto de investidura. Es decir, el juramento no atañe a la generalidad de la población, ni mucho menos puede verse algo así como un rasgo definitorio de la nacionalidad costarricense, como alguno quizás ha pretendido presentarlo.

¿Entonces por qué se proponía reformarlo, junto con el artículo 75 (que establece la confesionalidad del Estado)? Porque es obvio que un Estado no puede ser verdaderamente neutral en materia religiosa -y, por ende, laico- si ese mismo Estado le pone como condición a las personas que van a entrar a prestarle sus servicios en condición de funcionarios públicos, que rindan un juramento religioso, sin el cual sus nombramientos no surtirán plenos efectos legales. Y porque es obvio también -o al menos debería serlo- que las creencias religiosas, o la ausencia de ellas, nada tienen que ver con la forma en que una persona cumpla con sus obligaciones como servidor o servidora. Estoy seguro de que las y los lectores podrán evocar múltiples ejemplos que más bien tenderían a demostrar lo contrario.

Tal como se explicó en la exposición de motivos del proyecto del 2009, del texto actual ("Juráis a Dios y prometéis a la Patria...") se desprende "que solamente aquellos creyentes en la idea de un Dios unipersonal pueden ser funcionarios públicos, pues a quienes se adhieran a credos politeístas (como ciertas corrientes del hinduismo) o a credos que no proclaman ninguna divinidad en particular (como el budismo) y a los no creyentes, les sería imposible jurar, si quisieran conservar intacta su ética y dignidad". De esta suerte, el propósito de nuestra iniciativa era ofrecer, como alternativa, "un juramento práctico que permita a cualquier costarricense ser funcionario o funcionaria pública, sin innecesarias limitaciones derivadas de sus creencias religiosas, o ausencia de ellas". En efecto, en la medida en que se proponía que la persona más bien jure "por sus convicciones" no se está excluyendo a nadie, puesto que es obvio que esas convicciones incluirán a Dios para quienes crean en Él, sin discriminar a quienes crean distinto.

A pesar de que lo anterior debería parecerle eminentemente razonable a cualquier persona que le dedique unos momentos de reflexión desapasionada al tema, lo triste es que la discusión del 2009 se llegó a envenenar a tal punto que no solo no se quiso reflexionar sobre nuestra propuesta, sino que tampoco hubo voluntad siquiera para buscar puntos de encuentro en torno a otras redacciones posibles y que sin duda habrían sido igualmente aceptables. Por ejemplo, se podría haber consensuado una fórmula de juramento dual, que dijera algo así como "Jura a Dios o por sus más profundas convicciones...", que también habría logrado superar a satisfacción los problemas del texto actual.

En conclusión, lejos de plantear una "desafortunada redacción", el proyecto presentado era el cuidadoso resultado de muchos meses de investigación, pensamiento y discusión, así como de consultas a distinguidos constitucionalistas nacionales; no el fruto de una ocurrencia o improvisación. No quiero decir que no se hubiera podido mejorar más aun, tanto entonces como ahora, pero eso ameritaría una reflexión tan seria como la que se dedicó a preparar la propuesta.

A casi dos años de los penosos hechos de setiembre del 2009, está claro que la necesidad de que Costa Rica avance hacia un Estado laico no ha perdido urgencia o interés. El tema merece un debate maduro e informado en la corriente legislativa y en el foro de la opinión pública.

¿Es eso mucho pedir en nuestro país?

15 de julio de 2011

"Estudio de gasolineras" de la Comisión Nacional del Consumidor parece ataque de phishing

Hoy recibí un mensaje de correo titulado "Estudio de gasolineras irregulares en Costa Rica", supuestamente proveniente de la Comisión Nacional del Consumidor del MEIC (la dirección de proveniencia aparente es consumos@consumo.go.cr). Tiene una imagen de encabezado tomada del sitio de la Dirección de Apoyo al Consumidor de ese Ministerio. El contenido dice así:
"Estimado consumidor de Costa Rica.

La Comisión Nacional del Consumidor han realizado un estudio a nivel nacional, y hemos encontrado varias irregularidades en diversas gasolineras. Si deseas saber si en la gasolinera que te abasteces te dan exactamente lo que pagas, hemos publicado un documento el cual aparecen ordenadas las gasolineras por ciudades y regiones.

[Aquí se inserta una dirección web que suprimo por razones de seguridad, pero que apunta hacia el dominio "insalsa.org", el cual es inaccesible.]

Las gasolineras que aparecen en rojo tuvieron irregularidades graves, las de naranja tuvieron medianas irregularidades y en verde no tuvieron.

Se adjunta el documento: NOTA: Para visualizar el documento tendra que aceptar los terminos de condiciones del sitio web.

Ministerio de Economía Industria y Comercio San José, Costa Rica - Todos los derechos reservados 2006-2011"
Síntomas de peligro: a) la deficiente gramática ("la Comisión ... han realizado"); b) la redacción en "tu" (que no sería de esperar de un comunicado oficial); c) la referencia a "todos los derechos reservados" (que tampoco sería propia de un mensaje gubernamental); d) la dirección de proveniencia "consumos@consumo.go.cr" (según la página oficial del MEIC, la dirección correcta "consumo@consumo.go.cr" corresponde a la Dirección de Apoyo al Consumidor, no a la CNC).

En mi caso, el documento del supuesto estudio no venía anexo, pero es de suponer que sí irá en otros casos y posiblemente lleve un virus o alguna otra clase de "malware" inserta.

4 de julio de 2011

Notificaciones en línea facilitan trámites judiciales

Comparto este boletín, distribuido hoy por el Departamento de Prensa y Comunicación del Poder Judicial:
"Desde cualquier parte del territorio nacional y a cualquier hora, sin límite de ingreso, las personas usuarias del servicio de administración de justicia tienen la posibilidad de recibir y consultar sus notificaciones a un casillero personal, desde el Sistema de Gestión en Línea del Poder Judicial.

La ventaja de este nuevo servicio es que facilita a las partes involucradas en los procesos, revisar directamente las notificaciones que se les remiten, al contar con un casillero personal dentro del Sistema de Gestión en Línea.

Las personas interesadas solo tienen que señalar como canal de notificación el sistema 'Gestión en Línea'. La persona usuaria puede solicitar una única clave y usuario al despacho judicial, la cual le permitirá consultar las notificaciones de todos los procesos judiciales que tramita dentro de la administración de justicia.

Para las autoridades judiciales, las notificaciones en línea no solo ahorran tiempo a las personas usuarias, sino garantizan la efectividad de las comunicaciones de índole oficial, frente a los contratiempos o inconvenientes que pueden surgir por medios como el correo electrónico o fax.

Ante las ventajas del sistema, en cuanto a la reducción del uso de papel y la seguridad que proporciona a las notificaciones, desde el Consejo Superior se tomó el acuerdo de darle un fuerte impulso y publicidad a este nuevo sistema de notificaciones en línea.

La decisión la tomó el Alto Órgano Administrativo al atender la recomendación que presentó el Programa Hacia Cero Papel, bajo la coordinación de la integrante del Consejo Superior, Lupita Chaves Cervantes.

El acuerdo contempló realizar una serie de acciones dirigidas a todas las oficinas judiciales que cuentan con el sistema de gestión, tendientes a maximizar el uso del sistema y dar accesibilidad a las personas usuarias, para ello establecieron '... Realizar una actividad con el Colegio de Abogados y Abogadas, para dar a conocer los servicios electrónicos del Poder Judicial y sus mejoras, e incentivar el uso de la notificación en línea... Hacer una instancia a los juzgados de cobro, para crear estrategias que permitan sustituir las notificaciones por casillero, por la notificación en línea. ... Hacer extensiva la necesidad de los despachos judiciales que cuentan con el sistema de gestión de incentivar la notificación en línea u otros medios electrónicos. ... Solicitar a todos los despachos judiciales que utilizan el Sistema de Gestión, entregar de oficio a las personas usuarias las claves de acceso al sistema de gestión en línea'.

Así, personas usuarias, abogados litigantes, fiscales, defensores y defensoras públicas, pueden acceder a este servicio.

Con sólo ingresar a la página web del Poder Judicial, se realizan las consultas de todos aquellos expedientes en los cuales se es parte, sin distinción de la materia, podrá ubicar la opción de 'Consultar las Notificaciones' y el 'Buzón de Notificaciones en Línea', cuando se ha señalado este medio para recibir dichos documentos.

La opción 'Consulta de Notificaciones' permite a la persona observar las notificaciones que tiene pendientes de verificar por cualquier medio señalado. En el caso del 'Buzón de Notificaciones en Línea', permite consultar las notificaciones no leídas y las leídas.

Para facilitar este proceso de consulta, el sistema le brinda varios filtros de búsqueda dentro de las 'Notificaciones no leídas', como lo son el despacho y la fecha de notificación y a partir de allí, se presiona el botón 'Buscar'.

Otra de las acciones que permite este sistema de notificaciones en línea es la posibilidad de guardar los documentos en su computadora, a través de la opción de descargar, que le permitirá registrar la fecha de dicha acción."

1 de julio de 2011

Publican proyecto de ley de fertilización in vitro

En La Gaceta N° 127 del día de hoy aparece publicado el proyecto de "Ley sobre fecundación in vitro y transferencia embrionaria y creación de depósito nacional de gametos", expediente legislativo Nº 18.151. Aparece firmado por la y los diputados Alicia Fournier Vargas, Fabio Molina Rojas y Óscar Alfaro Zamora.

Según se indica, pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente de Asuntos Sociales.

28 de junio de 2011

Aprobada protección de datos personales

La Prensa Libre de hoy informa que la Asamblea Legislativa ha aprobado, en segundo debate, el proyecto de "Ley de protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales". Ahora deberá ir al Poder Ejecutivo para su definitiva sanción, publicación y entrada en vigencia.

27 de junio de 2011

Programa sobre Estado laico mañana en "Desayunos" de Radio UCR

Recibí una amable invitación para participar el día de mañana (martes 28) en el programa "Desayunos de Radio Universidad de Costa Rica", en el que se hablará acerca del tema de la necesidad de un Estado laico para nuestro país. El programa se transmite a las 7:00 a.m. y se puede escuchar en las frecuencias 870 de AM o bien 96.7 de FM. También se puede seguir en vivo por Internet. Quedan cordialmente invitados(as).

Nota posterior: la grabación de audio del programa se puede escuchar aquí, o bien se puede descargar en formato mp3 (28/6/2011).

26 de junio de 2011

Libertad de expresión e Internet

Declaración conjunta sobre libertad de expresión e Internet, emitida por el Relator Especial de las Naciones Unidas (ONU) para la Libertad de Opinión y de Expresión, la Representante para la Libertad de los Medios de Comunicación de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), la Relatora Especial de la Organización de Estados Americanos (OEA) para la Libertad de Expresión y la Relatora Especial sobre Libertad de Expresión y Acceso a la Información de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP).

22 de junio de 2011

18 de junio de 2011

La sabiduría de quien sabe que pronto morirá

De acuerdo con una enfermera experta en cuidados paliativos, los cinco sentimientos que más frecuentemente expresan los pacientes terminales son:
  • Quisiera haber tenido la valentía de vivir una vida fiel a mi mismo(a), no a lo que otros esperaban de mi.

  • Desearía no haberme entregado tanto al trabajo.

  • Desearía haber tenido el valor de expresar mis emociones.

  • Quisiera haberme mantenido en contacto con mis amigos(as).

  • Quisiera haberme permitido ser más feliz.
Importantes lecciones de vida: "Regrets of the dying".

17 de junio de 2011

Benemeritazgo y exención de impuestos para Aldeas Infantiles SOS

En el mismo Alcance a La Gaceta que mencioné en la nota anterior aparecen otros dos proyectos de ley que, por el contrario, me producen una gran satisfacción y que espero que obtengan aprobación legislativa pronta. Se trata de los expedientes N° 18.053 y 18.055, que son iniciativa de un gran número de señoras y señores diputados de múltiples partidos políticos. El primero procura una "Declaración de benemeritazgo en servicio social para Asociación Aldeas Infantiles SOS Costa Rica", mientras que el segundo propone la exoneración de los impuestos territorial y de bienes inmuebles para esa misma entidad.

Asociación Aldeas Infantiles SOS Costa Rica es una organización con la cual colaboro desde hace varios años, por medio de un donativo fijo mensual que invito a todas y todos los visitantes de este sitio a realizar también, obviamente que dentro de sus posibilidades. Como lo explica su sitio web:
"Aldeas Infantiles SOS es la Organización No Gubernamental que trabaja con el tema de la niñez más grande del mundo con un modelo familiar único de atención. Es una organización privada, sin ánimo de lucro y con vocación mundial. Es independiente de toda orientación política y religiosa.

Es miembro de la UNESCO y tiene un asesor permanente en el Consejo Económico y Social de la ONU.

Trabaja según el espíritu de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del Niño y promueve en todo el mundo los derechos de las personas menores de edad."

10 de junio de 2011

Esos temidos exámenes...

Hace unos meses, cuando cumplí los 50 –consciente de que me encuentro, como dice la canción, parado sobre la muralla que divide la primera de la que espero que sea la segunda mitad de mi vida– me propuse alcanzar ciertas metas en el transcurso de este año; unas grandes y otras menos. Viéndolo ahora en retrospectiva, la parte de subirme a la montaña rusa “Hulk” en Orlando con mi esposa e hijos no figuraba en la lista original; pero ya que lo hice –y allí está la foto, con cara de terror incluida, para probarlo– puedo mentir que sí. Tampoco estaba comenzar a practicar el yoga, pero como una de las metas era hacer más ejercicio físico, digamos que esa también la puedo tachar.

Mucho menos divertido que lo anterior, me había propuesto realizarme dos exámenes médicos muy propios de esta edad: colon y próstata. Sí, ya sé: el tema es muy personal y dudé mucho de escribir aquí al respecto. La simple mención del examen de próstata basta para hacer que muchos hombres, normalmente valerosos, salgan gritando despavoridos. Pero al final me decidí a hacerlo, por una cuestión de responsabilidad social. Las estadísticas dicen que el cáncer de cualquiera de esos dos órganos está entre las más significativas causas de mortalidad en nuestro país, por lo que importa aumentar la conciencia al respecto. Y en el caso particular de la próstata, creo que todos los hombres deberíamos aprender a hablar con naturalidad del tema, desterrando ese arraigado tabú que sin duda va de la mano de una masculinidad mal entendida.

Claro, tampoco soy masoquista ni voy a mentir al respecto: la verdad es que ninguno de los dos exámenes es especialmente grato. Los dos son practicados por la misma vía. Dejémoslo así.

Lo propio para un autodiagnosticado Asperger como yo era tomarlo todo como una experiencia educativa e investigar lo más posible con antelación. Lo que aprendí fue muy valioso. En el caso del colon, supe que debía considerarme como parte de un grupo de riesgo, debido a ciertos antecedentes familiares, por lo que practicarme el examen hasta la edad de 50 de hecho que ya era bastante tardío. En mi caso, hubiera sido mejor a los 40, diez años antes de lo recomendado para la población en general. Y dicho y hecho: la colonoscopía reveló un número de pólipos que, si no hubiese hecho nada al respecto, tendrían alta probabilidad de convertirse a futuro en malignos. La doctora –sí, el examen me lo hizo una mujer, cosa que tampoco debería inquietar a nadie a estas alturas– procedió a removerlos, de modo que el peligro fue conjurado. Pero ahora sé que en los años venideros debo mantener la guardia en alto, pues podrían volver a aparecer otros que habrá que ir eliminando como si fueran comandos terroristas infiltrados.

Con respecto a la próstata, el chequeo incluye hacerse un examen de antígeno prostático (PSA). El mío salió bien, pero aprendí que esto puede ser engañoso, ya que los resultados deben ser interpretados en el contexto de otras pruebas. El error crítico aquí es confiarse solo en el nivel de PSA y evitar la revisión médica. Esto último es a lo que tantos hombres temen, por lo que opino que valdría la pena hacer algo por incentivar este control. Quizás el Ministerio de Salud o la CCSS podrían hacer una campaña pro exámenes de próstata, en la que figuras masculinas reconocidas aparecieran diciendo algo así como “Yo también me hice el examen”. En mi caso, la valoración médica confirmó que, por fortuna, todo anda bien.

Naturalmente, estoy más convencido ahora que antes de que era importante cumplir con estas metas de salud. Aunque es obvio que de algo habré de morir algún día, espero que ocurra bien entrada esta segunda mitad de mi vida. Podría ser de infarto en alguna montaña rusa. Pero hasta donde de mí y de la ciencia médica dependa, no será de cáncer de colon o de próstata.

30 de mayo de 2011

SINPE operará las 24 horas del día

En el Diario Extra de hoy se informa que, a partir del próximo 11 de junio, el Sistema Integrado de Pagos Electrónicos (SINPE) comenzará a operar las 24 horas del día y los 365 días del año.

Como recordarán, en octubre del año pasado ya se había ampliado el horario anterior para posibilitar las transferencias electrónicas de fondos (TEF) hasta las 12 medianoche.

26 de mayo de 2011

¡El fin del mundo!

Este artículo apareció en la sección "Página Quince" de La Nación de hoy (ver publicación)

Viniendo hacia Curridabat por la pista de Cartago, se pasa bajo un puente que conecta Pinares con Lomas de Ayarco. A un costado de éste hay unas grandes mayúsculas blancas que proclaman: “Última llamada, alerta, Cristo viene” Cada vez que veo el rótulo, me pregunto cuánto tiempo tiene de pintada la ominosa advertencia. Me atrevo a asegurar que esa “última llamada” tiene no menos de diez años.

La única diferencia que hay entre ese rótulo y las predicciones apocalípticas del estadounidense Harold Camping es que éste le puso fecha precisa al evento: 21 de mayo, día en que –según él– debió producirse el “rapto” al que alude 1 Tesalonicenses 4:15-17, dando inicio al período de “la gran tribulación” y, eventualmente, al fin del mundo el próximo 21 de octubre. Para ello, Camping hizo cálculos basados en varios versículos de la Biblia. En realidad, no es la primera vez que lo hace, pues ya antes había pronosticado lo mismo, solo que para el año 1994.

Tampoco es el primero en aventurarse a profetizar el fin de los tiempos. Leí que los campeones de eso son los Testigos de Jehová, quienes han fijado nada menos que 13 fechas distintas a partir del año 1874. Para todos ellos (y, me atrevo a pronosticar yo también, desde ahora, con respecto a quienes afirman las “profecías mayas” del 2012), que el gran momento finalmente llegue y pase, sin evento, debería ser cosa bastante embarazosa; pero, increíblemente, siempre logran encontrar algún tipo de excusa y no tardan en anunciar un nuevo cálculo (por su parte, Camping –impenitente– asegura que el juicio divino sí ocurrió, solo que “espiritualmente”; lo cual es muy astuto, porque es buena justificación para dar a cualquiera que reclame la devolución de parte de los millones de dólares que se comenta que su organización recaudó en donativos previos al 21 de mayo).

Frente a las predicciones de Camping y las de otros como él, quienes se consideran verdaderos creyentes suelen responder que atreverse a poner fechas es inútil, pues “nadie conoce la hora ni la fecha, solo el Padre”. Al igual que el pintor o pintores del puente de Curridabat, la diferencia entre unos y otros no está en si el juicio final vendrá o no, sino únicamente en si se puede o no anticipar cuándo. Pero no les preocupa que la fuente de su creencia y la de los pronósticos de Camping es justamente el mismo libro. Ni que las pruebas fehacientes que lo respaldan son, en ambos casos, las mismas: ninguna. O que, con harta frecuencia, estas predicciones sean utilizadas con un claro propósito: manipular por medio del miedo. Y vender.

Claro está, sabemos que, tarde o temprano, el mundo en realidad sí se va a acabar. Si no lo logramos nosotros primero con nuestros propios actos u omisiones, hay multitud de escenarios naturales de donde elegir: desde impactos cataclísmicos de asteroides errantes hasta el agotamiento del combustible nuclear del Sol en unos cinco mil millones de años (la esperanza es que, para entonces, los humanos –o los robots que heredarán nuestra conciencia, según Kurzweil– habrán migrado hacia otros mundos).

Mucho más realista es tener presente que, para cualquiera de nosotros, cualquier día bien puede ser el último, aunque no lo sea para el resto. De allí la importancia de tratar de vivir cada día a plenitud, procurando dejar un mundo mejor para los que vienen detrás e intentando actuar conforme a la única religión en la que todos podríamos coincidir: la de hacer el bien (Tomás Paine).

Por su parte, a quienes gusta pasarse el tiempo pronosticando el inminente fin de los tiempos, podemos dedicarles las palabras de otro famoso “filósofo”: Charles M. Schulz, creador de las tiras cómicas del inolvidable Snoopy, quien una vez dijo, “No te preocupes mucho de que el mundo se vaya a acabar hoy. Recuerda que en Australia ya es mañana.”

24 de mayo de 2011

Archivo Nacional pretende digitalizar protocolos notariales


En La Gaceta N° 99 de hoy aparece publicado el aviso de la Licitación pública Nº 2011LN-000001-00300, mediante la cual la Junta Administrativa del Archivo Nacional pretende contratar servicios de digitalización de los tomos de protocolos notariales depositados en esa entidad, a efectos de posibilitar su consulta en soporte electrónico y por Internet.

El cartel se encuentra disponible por medio del sistema CompraRed y el límite de recepción de ofertas está fijado para las 10:00 horas del 15 de junio del 2011.

18 de mayo de 2011

Nuevo arancel de honorarios de abogados y notarios

En La Gaceta N° 95 del día de hoy aparece publicado el nuevo "Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado", decreto ejecutivo N° 36562-JP del 31 de enero del 2011, que deroga los decretos Nº 32493-J del 9 de marzo del 2005 (reformado por decreto Nº 32683-J del 30 de agosto del 2005) y Nº 34442-J del 17 de diciembre del 2007.


4 de mayo de 2011

Avanza proyecto de ley de datos personales

Como recordarán, el 18 de marzo pasado informé aquí acerca de la aprobación en primer debate del proyecto de "Ley de protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales", expediente legislativo número 16.679. Dicho instrumento jurídico regula el recurso de hábeas data y crea la "Agencia para la Protección de los Datos Personales" (PRODAT), que estará encargada de asegurar la efectividad de la nueva normativa.

Luego, el 28 del mismo mes de marzo, informé también sobre el hecho de que el proyecto había sido enviado en consulta facultativa a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, bajo el número de expediente 11-003415-0007-CO.

Pues bien, hoy informa el periódico La Nación que la Sala dio luz verde a la iniciativa, al considerar que no presenta roces de constitucionalidad en su contenido y en su trámite. Revisado el sistema de consulta de expedientes, efectivamente se indica que el asunto fue resuelto mediante sentencia número 5268-2011 de las 15:13 horas del 27 de abril pasado, cuya parte dispositiva dice: "Se evacua la consulta legislativa, en el sentido de que no existen vicios de constitucionalidad de procedimiento, ni de fondo en los aspectos consultados del proyecto de ley 'Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales' tramitado en el expediente legislativo No. 16.679."

Emitido este criterio jurídico, se espera que el proyecto avance hacia su segunda y definitiva votación en el plenario de la Asamblea Legislativa, tras lo cual irá al Poder Ejecutivo para su correspondiente sanción.

26 de abril de 2011

Gobierno digital llega a las municipalidades

Según se informa hoy en el sitio web de Casa Presidencial, se ha firmado un convenio entre la Organización de los Estados Americanos (OEA) y la Secretaría Técnica de Gobierno Digital del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), con el propósito de llevar a cabo un programa llamado "MuNet e-Gobierno Costa Rica"
"La iniciativa Municipios Eficientes y Transparentes (MuNet e-Gobierno) será financiada por el gobierno de Canadá y tiene como objetivo principal contribuir a la modernización de los gobiernos locales a través de la estrategia de Gobierno Electrónico, fortalecer laEnlace capacidad institucional de los gobiernos locales y mejorar tres aspectos claves del funcionamiento municipal: la transparencia, la eficiencia y la participación de los ciudadanos.
La plataforma MuNet hará más eficiente la gestión de los municipios ya que permitirá crear y publicar información fácilmente, así como hacer disponibles los servicios municipales a través del portal del municipio.

A partir de este año MuNet se implementará en 30 municipios del país. "Escazú, Grecia, Santa Ana, Mora, Barva, Santa Bárbara, Puriscal, son algunos de los municipios que han mostrado su interés en ser parte del proyecto".
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Nota posterior: "El 60% de municipios no posee página web", en el diario La República del 6/5/2011.

9 de abril de 2011

Jurisprudencia reciente sobre firma digital

Este artículo apareció en la sección Página Quince de La Nación de hoy (ver publicación).


Comento brevemente dos recientes fallos de la Sección Sexta del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA), interesantes desde la óptica de la regulación jurídica de los certificados y las firmas digitales en Costa Rica.

La sentencia N° 61-2011-VI del 9 de marzo pasado resuelve un caso en el que se pedía declarar la nulidad del decreto ejecutivo que oficializó las “Normas para la aprobación del funcionamiento técnico de los programas especializados en tratamiento de consumo de alcohol y otras drogas” del IAFA. El problema no radicaba en las normas en sí, sino en que el decreto no contenía su texto integral, remitiendo más bien a un archivo electrónico publicado en el sitio web de ese instituto. Según la actora, ello era inválido por violación a los principios de publicidad de los actos administrativos y de seguridad jurídica. En el fallo se dio la razón a la demandante, en primer lugar, por estimar que el solo hecho de que el decreto no contuviera el texto de las normas que se estaba oficializando ya por sí representa un vicio en el elemento “contenido” del acto, que quedaba incompleto.

Pero además se hizo referencia a lo dispuesto en la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, N° 8454, cuyo artículo 3 establece la equivalencia funcional de los documentos electrónicos con los físicos, pero advirtiendo que dicha equiparación “no dispensa, en ningún caso, el cumplimiento de los requisitos y las formalidades que la ley exija para cada acto o negocio jurídico en particular”. Es decir, el hecho de que normas de alcance general como las del IAFA sean plasmadas en un documento electrónico no les resta valor legal alguno comparado con su equivalente impreso, pero ello no exime que deban ser publicadas en el diario oficial (electrónico, evidentemente), sin que sea suficiente limitarse a ponerlas a disposición en la página en Internet de esa entidad.

En adición, el artículo 9 de la misma ley exige que los documentos públicos electrónicos lleven una firma digital que solo puede ser creada con base en un certificado expedido conforme a las políticas del Sistema Nacional de Certificación Digital, operado por el MICIT en conjunto con el Banco Central. Solo así puede gozar el documento de la presunción de autoría y responsabilidad establecida en el numeral 10 de ese texto legal. En este caso, el documento que había sido colocado en el sitio del IAFA era un archivo PDF simple –es decir, no firmado digitalmente– de manera que no era posible garantizar su autenticidad e integridad, en detrimento de la seguridad jurídica.

La segunda sentencia de interés es la N° 66-2011-VI del 17 del mismo mes, relacionada con un caso de “Internet banking” o banca electrónica, en la que una persona había sufrido la sustracción de fondos de su cuenta de ahorros, debido al acceso ilícito que había tenido lugar por medio del sitio web del Banco demandado. En este caso, el Tribunal comenzó por reafirmar sus propios precedentes, así como la línea jurisprudencial de la Sala Primera de la Corte, en el sentido de que los servicios bancarios comerciales dan lugar a relaciones de consumo en las que rige el principio de responsabilidad objetiva establecido en el artículo 35 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, N° 7472. Por ende, en esta clase de fraudes electrónicos, la entidad bancaria solo puede exonerarse cuando logre probar que el hecho ocurrió como resultado de una circunstancia de fuerza mayor, o cuando medien la culpa de la propia víctima o el hecho de un tercero.

Lo interesante o novedoso de esta sentencia es que, en ella, el TCA liga ese régimen de responsabilidad al empleo de esquemas de autenticación que dependen de que el cliente bancario ingrese a la página electrónica por medio de una combinación de nombre de usuario y contraseña secreta. En efecto, se explica que este mecanismo de identificación es vulnerable en redes abiertas como la Internet, debido a que el secreto de la clave debe ser expuesto y viaja desde el equipo del cliente hasta los servidores del banco para su comprobación. Esto abre múltiples posibilidades de vulneración sin responsabilidad del usuario, forzando al banco demandado a probar la intervención de un tercero para exonerarse de responsabilidad, cosa bastante difícil. El fallo contrasta ese escenario con el de la identificación de usuarios por medio de un certificado digital, en el cual no hay exposición de datos secretos por medio de la red. Además, se hace referencia a que, en este caso, el ya citado artículo 10 de la ley N° 8454 invierte la carga de la prueba relativa al uso que se haga de este medio de identificación, liberando al banco demandado de tener que probar el uso ilícito del certificado.

Espero que ambas sentencias comentadas contribuyan a ejercer un efecto positivo en el desarrollo tanto del gobierno digital como del comercio y la banca electrónica en general en nuestro país.
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Nota: invito a las personas interesadas en el tema al próximo taller de "Implicaciones jurídicas de la firma digital", en el Colegio de Abogados (abierto a todo público), los días 27 de abril y 4 de mayo próximos.