6 de octubre de 2011

Poder Judicial garantiza acceso a la justicia a personas sexualmente diversas

Comunicado distribuido hoy por el Área de Prensa del Poder Judicial:
"El resguardo de los derechos a la igualdad y al acceso a la justicia que dicta la Constitución Política, quedaron plasmados en la 'Política Respetuosa de la diversidad sexual', que aprobó Corte Plena recientemente y que materializa las garantías que desde siempre han protegido las autoridades judiciales a favor de las personas sexualmente diversas.

El acuerdo del Alto Órgano Judicial estableció una serie de acciones y compromisos tendientes a garantizar el acceso a la justicia de las personas usuarias sexualmente diversas y la no discriminación de esta parte de la población costarricense.

La política institucional estuvo a cargo de la magistrada coordinadora de la Sub Comisión de Diversidad Sexualdel Poder Judicial, Eva Camacho Vargas.

De esta manera, el Poder Judicial reafirmó su compromiso de asegurar la no discriminación por razones de orientación sexual, tanto respecto a los servicios que se brindan a las personas usuarias como en el trato y las oportunidades de quienes laboran en la institución.

'Desarrollar todas las medidas de carácter administrativo, normativo, procedimental y operativo que sean necesarias con el fin de garantizar el respeto a los derechos de las personas sexualmente diversas tanto usuarias como funcionarias o servidoras judiciales. Asegurar los recursos humanos, materiales, financieros y técnicos necesarios, así como la creación de órganos, métodos y procedimientos adecuados para implementar esta política e incorporar criterios de descentralización para que se haga efectiva', detalló el texto de la política institucional aprobado por Corte Plena.

Esta responsabilidad institucional que asumió el Poder Judicial también comprende la definición y el desarrollo de las acciones afirmativas o medidas que se requieran para eliminar cualquier desigualdad en el acceso a la justicia, que pueda afectar a las personas sexualmente diversas.

De igual manera, la institución asume la obligación de emprender procesos sostenidos de capacitación y sensibilización a las personas servidoras judiciales, con el fin de propiciar un cambio de actitud en la cultura institucional, que respete a esta población costarricense.

'Asegurar la prestación de servicios a partir de criterios de eficiencia, agilidad, cortesía y accesibilidad acordes con las demandas y necesidades de las personas sexualmente diversas, que tomen en cuenta sus características específicas y eliminen todas aquellas normas, prácticas y costumbres que tengan un efecto o resultado discriminatorios. Brindar información veraz, comprensible y accesible sobre los servicios judiciales a las personas sexualmente diversas. Deberán aplicarse las directrices de no revictimización en los casos en que sean parte personas sexualmente diversas menores de edad.', destaca la política institucional adoptada por el Poder Judicial.

Para las autoridades judiciales estas acciones institucionales responden al derecho a la igualdad y no discriminación de todas las personas, que son reconocidos en los diversos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, así el derecho al acceso a la justicia, los cuales están debidamente establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de Derechos Humanos; así como en nuestra Constitución Política.

Durante la discusión de la política institucional el magistrado Fernando Castillo Víquez presentó una moción, en la que propuso un texto sustitutivo, sin embargo finalmente quedó aprobada la política propuesta por la Sub Comisión de Diversidad Sexual, sin embargo se incluyó la observación de que el Poder Judicial desde siempre ha propiciado acciones para garantizar el acceso a la justicia de las personas sexualmente diversas."

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