Como recordarán, el 18 de marzo pasado informé aquí acerca de la aprobación en primer debate del proyecto de "Ley de protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales", expediente legislativo número 16.679. Dicho instrumento jurídico regula el recurso de hábeas data y crea la "Agencia para la Protección de los Datos Personales" (PRODAT), que estará encargada de asegurar la efectividad de la nueva normativa.
Luego, el 28 del mismo mes de marzo, informé también sobre el hecho de que el proyecto había sido enviado en consulta facultativa a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, bajo el número de expediente 11-003415-0007-CO.
Pues bien, hoy informa el periódico La Nación que la Sala dio luz verde a la iniciativa, al considerar que no presenta roces de constitucionalidad en su contenido y en su trámite. Revisado el sistema de consulta de expedientes, efectivamente se indica que el asunto fue resuelto mediante sentencia número 5268-2011 de las 15:13 horas del 27 de abril pasado, cuya parte dispositiva dice: "Se evacua la consulta legislativa, en el sentido de que no existen vicios de constitucionalidad de procedimiento, ni de fondo en los aspectos consultados del proyecto de ley 'Protección de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales' tramitado en el expediente legislativo No. 16.679."
Emitido este criterio jurídico, se espera que el proyecto avance hacia su segunda y definitiva votación en el plenario de la Asamblea Legislativa, tras lo cual irá al Poder Ejecutivo para su correspondiente sanción.
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