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30 de septiembre de 2020

Constitución y contribución solidaria de los jubilados

 Este artículo fue publicado en el boletín electrónico La Revista de hoy (ver publicación)

La ley N° 9796 del 5 de diciembre del 2019 dispuso “un rediseño” (sic) de los topes de pensión máxima y de la pensión exenta de la contribución especial solidaria, establecidos en los regímenes de pensiones contenidos en la Ley Marco de Contribución Especial de los Regímenes de Pensiones, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional.

A la fecha, contra dicha normativa penden múltiples acciones de inconstitucionalidad. Si bien desconozco las razones en que se fundamentan esas gestiones, deseo esbozar sintéticamente una justificación jurídica de por qué considero que la aplicación que se ha dado al mencionado rediseño infringe la Carta Fundamental, aunque no lo haga su contenido propiamente dicho.

Advierto que no entro a analizar si los regímenes mencionados han conducido o no al otorgamiento de pensiones excesivas, ni qué se podría o debería hacer en caso afirmativo. Me inclino únicamente por procurar el respeto de los derechos y garantías otorgadas por el Texto Fundamental.

Pues bien, recordemos de inicio que el derecho a la jubilación está protegido no solo en la Constitución Política, sino también en instrumentos internacionales suscritos por el país. La forma en que fue concebido dicho derecho en nuestro medio se basa en la llamada contribución tripartita que aportan el Estado, los patronos y los trabajadores. En virtud de este arreglo, el trabajador que alcanza la edad, los años de servicio y el número mínimo de cotizaciones previstas en la ley, puede acogerse a este derecho, retirarse de la actividad laboral y gozar de un estipendio periódico o pensión cuyo monto y características fija la normativa. Dicho de otro modo, la jubilación no opera automáticamente y de pleno derecho, sino que, una vez satisfechas las señaladas condiciones, su otorgamiento se mantendrá latente -si se quiere- hasta que el interesado exprese su deseo de disfrutarla y sea aprobada por la instancia competente.

A partir de este momento, surge a la vida jurídica un verdadero derecho adquirido, concepto que la Sala Constitucional ha interpretado como “aquella circunstancia consumada en la que una cosa –material o inmaterial, trátese de un bien previamente ajeno o de un derecho antes inexistente– ha ingresado en (o incidido sobre) la esfera patrimonial de la persona, de manera que ésta experimenta una ventaja o beneficio constatable” (sentencia Nº 2765-97, reiterada en numerosas ocasiones posteriores). El beneficio otorgado estará así protegido por la garantía enunciada en el artículo 34 de la Constitución, particularmente en cuanto dicho precepto prohíbe que subsecuentes reformas legales puedan cercenarlo o tornarlo nugatorio.

Pero de la mano del concepto de derecho adquirido va también el de situación jurídica consolidada, que aquellos mismos pronunciamientos han señalado que nace cuando “[por virtud de mandato legal o de una sentencia que así lo haya declarado] haya surgido ya a la vida jurídica una regla, clara y definida, que conecta a un presupuesto fáctico (hecho condicionante) con una consecuencia dada (efecto condicionado). Desde esta óptica, la situación de la persona viene dada por una proposición lógica del tipo «si…, entonces…»; vale decir: si se ha dado el hecho condicionante, entonces la ‘situación jurídica consolidada’ implica que, necesariamente, deberá darse también el efecto condicionado.” (los paréntesis cuadrados son míos).

En ambas hipótesis, ha precisado la Sala, “el ordenamiento protege –tornándola intangible– la situación de quien obtuvo el derecho o disfruta de la situación, por razones de equidad y de certeza jurídica. En este caso, la garantía constitucional de la irretroactividad de la ley se traduce en la certidumbre de que un cambio en el ordenamiento no puede tener la consecuencia de sustraer el bien o el derecho ya adquirido del patrimonio de la persona, o de provocar que si se había dado el presupuesto fáctico con anterioridad a la reforma legal, ya no surja la consecuencia (provechosa, se entiende) que el interesado esperaba de la situación jurídica consolidada.”

Ahora bien, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional también advierte que la protección que brinda el numeral 34 citado no confiere un “derecho a la inmutabilidad del ordenamiento jurídico”. En otras palabras, la tutela de los derechos adquiridos y las situaciones jurídicas consolidadas no enerva en modo alguno la potestad soberana del legislador de promulgar, con efectos ex nunc, una reforma de -en el caso que interesa- la legislación en materia de jubilaciones. Lo único que comporta es el aseguramiento de los derechos y situaciones jurídicas previamente creados, tal cual existían real y jurídicamente a la fecha de la reforma, sin poder afectarlos negativamente, sino solo de forma favorable.

A la luz de lo anterior, ¿hasta dónde se extiende, entonces, la tutela otorgada al servidor jubilado? Es decir, ¿de qué, exactamente, no podrá el beneficiario ser privado por futuras modificaciones legales? ¿Estará resguardada su condición estrictamente en lo relativo al otorgamiento de la jubilación en sí o cubrirá esa protección también a su correspondiente fijación pecuniaria?
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Para responder a estas interrogantes, debemos tener en cuenta que, al momento de decidir si jubilarse o no, evidentemente será crucial para el trabajador conocer por lo menos una estimación del monto que en principio le sería fijado y que recibiría periódicamente como pensión. Es obvio que la posibilidad de percibir un monto razonablemente suficiente para enfrentar con dignidad la vejez y el sustento de su familia pesará de modo determinante en la conclusión de si ejercer su derecho en ese momento o, quizás, de postergarlo para cuando las condiciones resulten mejores.

Este cálculo desde luego que estará basado en las reglas en vigencia en ese momento en particular. Así, si las perspectivas se presentan satisfactorias, la persona que acuerde retirarse lo hará sobre la base de una especie de “convenio tácito” a que llegará con el ordenamiento jurídico: “He cumplido mi parte del trato” (entiéndase, laborar los años necesarios y aportar las cotizaciones requeridas); “que ahora se cumpla puntualmente con lo prometido a cambio.”

¿Será justo que un futuro e imprevisto cambio en las “reglas del juego” pueda traicionar esa expectativa, en su perjuicio? En tal caso, pensemos, ¿habría tomado el trabajador la decisión de jubilarse o, por el contrario, habría postergado o incluso quizás hasta renunciado del todo a ese disfrute, de haber sabido de antemano de dicha eventualidad?

En derecho constitucional y administrativo existe el llamado principio de confianza legítima. Este instituto parte de la garantía, igualmente constitucional, de seguridad o certeza jurídica, entendida -en este contexto- como el derecho que tenemos los ciudadanos de saber a qué atenernos en nuestras relaciones con los órganos de poder público. Se trata de una manifestación del principio general de buena fe, el cual tiene aplicación en todos los campos del derecho. Así, se estima que existe confianza legítima cuando un administrado toma decisiones y actúa amparado a determinadas señales que exhibe el ordenamiento y de las que deriva una situación jurídica individualizada, en cuya estabilidad confía el administrado que ha cumplido con sus deberes y obligaciones correspondientes, pues cree firmemente -a partir de los signos que ha recibido de la Administración- que su actuación se encuentra ajustada al bloque de legalidad.

Desde esta óptica, estimo que una perniciosa modificación de las condiciones bajo las cuales un servidor tomó la decisión de acogerse al derecho a la jubilación, equivale a un quebranto manifiesto del principio de confianza legítima, lesiona retroactivamente la situación jurídica previamente consolidada y resulta, por ende, inconstitucional.

En efecto, desde el momento en que confluyen todos los requerimientos legales y se otorga al trabajador el beneficio solicitado, se habrá configurado, en primera instancia, un derecho adquirido: el de gozar de la condición de jubilado, la cual estará revestida de la certidumbre de que un cambio futuro en el ordenamiento no podría sustraérsela. Pero también y al mismo tiempo surge una situación jurídica consolidada, que garantiza la percepción de una remuneración cuya estimación sustentó la decisión de retiro y que fue fijada bajo ciertas reglas, que -en lo que interesa- disponían la totalidad de las cargas y deducciones aplicables a la renta bruta. En el marco de la confianza legítima y de la tutela de esas situaciones consolidadas, habiéndose producido los presupuestos fácticos para obtener la pensión -edad, cotizaciones, tiempo laborado, solicitud y otorgamiento- considero que no podría una reforma legal posterior producir la consecuencia de alterar, en daño del servidor, las reglas que determinaron su fijación cuantitativa, por vía de la imposición de una carga adicional, inexistente en aquel momento.

¿Y en qué queda, bajo esta interpretación, la negativa del derecho a la inmutabilidad del ordenamiento? Pues en que el legislador no estará vedado en modo alguno de modificar las normas que gobiernan el otorgamiento de la jubilación y el cálculo del monto de la pensión consiguiente, incluyendo la fijación de un tope, pero esa reforma solo podrá afectar a aquellos trabajadores que no hubieren ejercido este derecho al momento de entrar en vigencia o bien de la expiración del plazo de vacancia que se hubiere fijado. En tal caso, éstos podrán tomar igualmente una decisión bajo reglas de juego conocidas de antemano y que consolidarán una determinada situación jurídica que, a su vez, deberá ser respetada en lo sucesivo, como es lo justo.

En conclusión: cuando un trabajador solicita y válidamente obtiene la jubilación, pasa a gozar de la condición de tal, la cual quedará protegida por la garantía del artículo 34 constitucional (derecho adquirido). Pero, además, a partir del momento en que materialice ese derecho y se retire de la vida laboral, también quedará fija (vale decir, se consolidará) una situación subjetiva particular, conforme a la cual las reglas que gobiernan la fijación del estipendio no podrán verse afectas a más cargas o gravámenes que los existentes a esa fecha. Esto es así porque lo contrario quebrantaría la confianza legítima -que deriva del principio general de buena fe- al amparo de la cual el servidor decidió acogerse a la jubilación. Por ende, cualquier reforma legal posterior que venga a imponer topes o deducciones adicionales a la pensión, solo podrá regir para quienes no hubieren ejercitado su derecho a la fecha de su entrada en vigencia, creando nuevas reglas de juego, cuyo conocimiento anticipado permitirá a esos trabajadores, en su momento, tomar también la decisión que mejor se avenga a sus intereses.

Así pues, desde esta perspectiva, el llamado rediseño de los topes de pensión máxima y de la pensión exenta de la contribución especial solidaria, introducido mediante ley N° 9796 del 5 de diciembre del 2019, no es inconstitucional, en la medida en que sea aplicado solamente a aquellas jubilaciones que fueren otorgadas con posterioridad a su vigencia.

Espero que la Sala así lo declare, en uso de su potestad de interpretación conforme a la Constitución, que deriva de lo estipulado en el artículo 3 y concordantes de su ley constitutiva.

20 de septiembre de 2020

El impuesto a las transacciones financieras no le sirve al Gobierno: dos razones de por qué no

Este comentario apareció en La Revista de hoy (ver publicación)


Creo que no hace falta ser economista ni tener la proverbial bolita de cristal para anticipar qué sucedería si se llegara a aprobar el impuesto sobre las compras electrónicas, transferencias de dinero y retiros de cajeros automáticos anunciado por el Gobierno costarricense como parte de su paquete de propuestas de negociación al Fondo Monetario Internacional.

El Gobierno espera que este tributo, que regiría por cuatro años, sea el que más recursos genere de entre las diversas medidas contenidas en el planteamiento. No obstante, pienso que desde ahora podemos vislumbrar al menos dos escenarios que no solo podrían debilitar e incluso dar al traste con esa expectativa, sino que -de hecho- podrían salirle al fisco como el igualmente proverbial tiro por la culata.

Escenario número 1: los “ciudadanos de a pie”. Enfrentados ya a un panorama de fuerte desaceleración de la actividad económica y de reducción de ingresos, el impuesto que se pretende crear impulsaría que los ciudadanos privilegien las transacciones en efectivo. Y los pagos en efectivo significan, fundamentalmente, una cosa: nada de factura. Bastará un “Si lo hacemos en efectivo, no le cobro el IVA y usted se ahorra además el impuesto a las transferencias” para que inevitablemente se produzca esa consecuencia, con el consecuente desmedro de los ingresos hacendarios. Además, esta situación -como el propio Gobierno lo ha reconocido- representará un regreso al siglo pasado en materia de bancarización de las personas. Si una cuenta bancaria ya de por sí no genera prácticamente nada en intereses (ni siquiera lo suficiente como para evitar el deterioro del poder adquisitivo del dinero por causa de la inflación), lleva aparejado el pago de comisiones periódicas por el uso de la respectiva tarjeta de débito y, ahora encima, va a haber un gravamen adicional por realizar pagos, ¿qué interés tendría alguien de querer abrir y luego mantener dicha cuenta?

Los pagos en efectivo podrían traer también otra consecuencia nefasta: el crecimiento de la economía informal. Ésta, a su vez, implica nada de deducciones salariales ni cargas sociales. O sea, “Le pago en efectivo y así no le rebajo la renta ni la CCSS”. ¿Cuál trabajador con cónyuge y cuatro hijos que mantener, alquiler que pagar y cuentas pendientes de electricidad y agua podrá resistirse?

Y ya que estamos echando mano a frases populares, diremos que la medida propuesta conduciría a que algunos prefieran guardar su plata, literalmente, debajo del colchón. ¿Pero no era que se quería desincentivar el uso del efectivo para reducir la diseminación de la covid-19? Y, por supuesto, los delincuentes no tardarían mucho en percatarse de lo que está sucediendo y orquestando toda clase de asaltos y estafas para hacerse con todo ese efectivo circulando en la calle.

Escenario número 2: los sectores más aventajados. Si me permiten acudir a un último coloquialismo, diré que cuando el Gobierno cierra una puerta, la tecnología abre una ventana. La implosión e incertidumbre económicas provocadas por la actual pandemia, junto con las masivas emisiones monetarias efectuadas por los bancos centrales del mundo y el espectro de inflación que ello representa, están llevando a los sectores económicamente poderosos del planeta -empresas e inversionistas- a buscar refugio. Ello tradicionalmente ha significado una cosa: los metales preciosos. Sin embargo, hoy existe otra alternativa que no solo está al alcance de quienes tienen más recursos, sino también de cualquier persona que tenga el conocimiento y las herramientas adecuados: las criptomonedas. En efecto, los últimos dos años -y, sobre todo, este 2020- han visto un inusitado crecimiento en la oferta y demanda del novedoso dinero digital. A partir de la introducción de Bitcoin hace diez años, hoy existen literalmente miles de clases de criptomonedas en circulación, con una capitalización total superior a los 355 mil millones de dólares.

Las criptomonedas constituyen una aplicación particular de la tecnología criptográfica conocida como blockchain (cadena de bloques). Sus características más sobresalientes para lo que aquí nos interesa son la descentralización (que implica que las criptomonedas no dependen de ninguna autoridad central, ya sea gobierno o banco) y la anonimidad (en el sentido de que los datos relativos a las transacciones en la cadena de bloques no están asociados a ninguna identidad física en particular). De este modo, se hace posible realizar operaciones financieras sin la intermediación de un banco tradicional, evitando no solo el pago de comisiones sino además la intervención de las entidades que precisamente estarían a cargo de recaudar el impuesto que hemos venido comentando en nuestro país.

De hecho, una de las tendencias más en boga y potencialmente más revolucionarias (odio el término “disruptivas”) en esta materia, la constituyen las llamadas “DeFi”, término derivado del inglés “decentralized finances”. Estas aplicaciones podrían representar ni más ni menos que la muerte de los bancos comerciales tradicionales. Soportadas principalmente por la plataforma Ethereum (una de las clases principales de criptomonedas), las DeFi permiten implementar los denominados “contratos inteligentes”, por medio de los cuales es posible ofrecer servicios financieros tales como préstamos de dinero, pagos electrónicos y seguros, sin la participación de un banco o entidad aseguradora, en su caso.

Si bien las DeFi se encuentran aun en fase experimental, me parece que es solamente cuestión de tiempo antes de que comencemos a ver su aplicación en el mundo real. Por su parte, los pagos directos mediante monedas como Bitcoin ya están ampliamente disponibles. Bajo este panorama, los esfuerzos de los gobiernos del mundo por establecer y recaudar impuestos como el que nos concierne podrían verse seriamente amenazados. Al final, serán los más aventajados los que encuentren portillos como los mencionados para eludirlos, mientras que quienes terminarán pagándolos serán, por variar, las personas de menos recursos, especialmente los asalariados.

8 de septiembre de 2020

Mi primera (y posiblemente última) experiencia con BoxCorreos de Correos de Costa Rica

Desde que Correos de Costa Rica implementó su servicio de paquetería BoxCorreos, tenía mucho interés en probarlo, especialmente por la disponibilidad de uno de sus "Apartados postales inteligentes" (API) muy cerca de mi casa.

Para no aburrirlos, voy a resumir los hechos de mi primera -y seguramente única- experiencia, de la manera siguiente:

  • Realicé una compra en línea, proporcionando como dirección de entrega la bodega de BoxCorreos en Miami. El paquete fue despachado por el vendedor el 18 de julio pasado.
  • Ese mismo día visité el sitio web de BoxCorreos e ingresé una pre-alerta, adjuntando la factura de compra correspondiente. Poco después, recibí un mensaje de "Comprobante de Recepción de Factura Comercial", señalando que la alerta había sido creada con éxito.
  • El 29 del mismo mes, recibí un correo electrónico informándome que mi paquete había ingresado a la bodega en Miami. Al día siguiente me llegó otro que decía "Hemos recibido en Miami su paquete (...) para ser procesado y enviado." Hasta aquí, todo bien.
  • Para mi sorpresa, recibo de inmediato otro correo, que en lo que interesa decía: "Su paquete ingresó sin factura comercial correspondiente. El paquete será despachado hacia Costa Rica hasta que la factura comercial sea recibida, debido a las restricciones de vuelo así como de aduanas en nuestro país. Evítese atrasos en su entrega y costos adicionales en el proceso aduanal por falta de factura comercial."
  • Extrañado, respondí a la dirección de correo electrónico indicada en el mensaje, señalando que debía haber un error, porque -como expliqué arriba- ya había enviado la factura. En todo caso, la adjunté a mi respuesta.
  • Por varios días, intenté ingresar al sitio de BoxCorreos (que aparentemente estaba fuera de servicio, ya que se quedaba colgado al tratar de realizar cualquier acción), así como llamar a los números telefónicos de atención al cliente. Nadie atendió las llamadas.
  • Puesto que tampoco recibí respuesta alguna al correo mencionado, el 20 de agosto reiteré mi consulta. De nuevo, ninguna contestación.
  • Por fin, al día siguiente logré entrar al sitio web y reenviar la factura por ese medio. Me llegó un correo expresando que mi paquete sería despachado hacia Costa Rica.
  • El 26 de agosto, ingresó un nuevo correo, que escuetamente decía que mi paquete había llegado al Centro de Distribución de Zapote.
  • Y el broche de oro final: ayer, 7 de setiembre, recibo un mensaje de texto que decía: "Correos informa: su envío (...) está en API: (...), retirar antes de 09-09-2020." 

O sea, tuvieron mi paquete durante cerca de un mes y medio y, luego tienen el tupé de advertirme que solo tengo dos días para retirarlo.

Dame paciencia, pero dámela ya.

23 de agosto de 2020

El estado de La Nación

Me llamó poderosamente la atención un artículo publicado en La Nación de hoy, titulado "La Nación y Subsidiarias paga (sic) puntualmente a CCSS rendimientos por compra de bonos". A diferencia de otras notas de días recientes, ésta no parece estar relacionada o bien aparecer en respuesta a alguna publicación de otro medio nacional. Da la sensación, más bien, de que su objetivo es puramente el de tranquilizar a los inversionistas actuales o potenciales del Grupo Nación con respecto a la solvencia financiera de dicho conglomerado.

Si bien no tengo ningún motivo ni evidencia para suponer que los datos allí revelados no sean veraces, lo cierto es que tampoco parecieran ofrecer un retrato completo de la situación actual de la empresa. Por ejemplo, si bien se admite allí que la CCSS "expresó preocupación por los bonos comprados a La Nación, S. A. y Subsidiarias, porque su calificación pasó de AAA a A y porque teme por los efectos económicos de la pandemia de covid-19", no se comenta nada acerca del hecho de que, el 6 de agosto pasado, la Sociedad Calificadora de Riesgo Centroamericana, S.A, rebajó la calificación de La Nación, S.A. y sus subsidirias en general, en tanto emisores de valores, del nivel "scr A+ (CR) con perspectiva estable", a "scr A+ (CR) con perspectiva negativa", explicando -entre otros aspectos- que "La Nación se encuentra afectada adversamente por el cambio estructural en la industria de medios de comunicación. La tendencia decreciente en la generación de ingresos por parte de sus principales líneas de negocio evidencia la materialización de los riesgos que atañe el cambio del mercado publicitario tradicional hacia medios digitales" (véase aquí).

Más adelante, en el reportaje de comentario, se expresa que "En cuanto a las colocaciones en las que la CCSS hizo inversiones, La Nación S. A. y Subsidiarias incluso ha recomprado ¢1.985 millones mediante el mecanismo de subasta inversa, permitido en el mercado de valores". No obstante, tampoco se advierte sobre que, en la reciente recompra por colocación directa inversa efectuada el pasado 14 de agosto de la emisión B-14, no se recibió ofertas, por lo cual no hubo ninguna colocación (véase aquí).

De hecho, de ninguno de los dos hechos relevantes anteriores se ha informado hasta la fecha por el periódico, hasta adonde sé.

Alguien podría pensar que este comentario está motivado en la reciente desaveniencia que condujo a mi salida del grupo de articulistas regulares de La Nación. Pero no es así. Sinceramente, no tengo ningún reproche o mala voluntad hacia La Nación como tal, aunque no comulgue con su línea ideológica o sus tácticas informativas. Lejos de ello, sigo siendo suscriptor y lector fiel de la edición impresa, como lo he hecho desde mi infancia, cuando acostumbraba ojear el periódico comenzando de atrás para adelante, para así ver primero las tiras cómicas.

De mayor importancia, no le deseo mal a ningún medio de prensa nacional. Creo que constituyen canales indispensables del debate sobre el acontecer nacional e internacional. La desaparición de cualquier periódico independiente, como recientemente ocurrió con La Prensa Libre, decano de la prensa nacional, constituye una verdadera tragedia para nuestra vida democrática, particularmente con relación a la sana fiscalización ciudadana del quehacer de los gobernantes.

Lo que pasa es que, si se trata de ofrecer una imagen completa y veraz sobre el estado financiero de cualquier empresa, incluyendo desde luego a Grupo Nación, creo que se debe hacer revelando todo lo que sea de importancia para ello. No menos que eso merecen los inversionistas del hoy y del mañana de esa empresa, así como sus lectores.

21 de agosto de 2020

¿Quién dice que los pensionados no somos solidarios?

Este artículo apareció hoy en la sección de Opinión de CRHoy.com (ver publicación).

En noviembre de 2016, publiqué en otro medio periodístico un comentario titulado “Pensionarse no es un crimen”. Señalé entonces que, en la actualidad, “el pensionado (…) es visto como un delincuente, un vividor, un parásito social que solo piensa en enriquecerse a costa del erario mientras dedica su tiempo a la pura y simple vagabundería. Eso es absolutamente equivocado y, además, profundamente injusto.” Desde entonces, han sido promulgadas leyes que imponen una llamada “contribución solidaria” a las pensiones, que ha generado una muy fuerte reducción de ingresos y que parecieran inspirarse -nuevamente- en la idea de que los jubilados estamos desposeídos por completo de conciencia social.

Sostuve además que “la pensión no puede constituirse en un mecanismo de abuso o de enriquecimiento injusto de nadie”.

Desde esta óptica, es indudable que ha habido quienes han obtenido jubilaciones que exceden, por mucho, el ideal de recibir una remuneración que haga posible un retiro en condiciones razonablemente dignas. Pero esa realidad -propia de un número proporcionalmente ínfimo de pensionados- ha llevado a generalizaciones que nos satanizan y retratan a todos los jubilados como tagarotes, insensibles al dolor y penurias de los demás.

En mi caso -y disculparán que hable de mí mismo, pero no estoy autorizado para hacerlo por nadie más- desde el inicio de la actual crisis sanitaria venía ayudando, de mi bolsillo, a familiares, amigos, familias de escasos recursos de la comunidad (en conjunto con otros vecinos) y pequeños comercios locales. Esto aparte de las donaciones que desde hace años he hecho a organizaciones como Aldeas Infantiles SOS, el comedor infantil Pancita Llena de Guararí de Heredia, la Fundación MarViva y Territorio de Zaguates. Si piensan que he podido hacerlo porque manejo mucho dinero, se equivocan: sucede que soy sumamente ordenado con mis finanzas y creo firmemente en el imperativo ético de separar lo que pueda para ayudar a otros más necesitados. Me pregunto cuánto donan esos que ahora se rasgan las vestiduras pidiendo desangrar más a los pensionados.

Pero a partir de la entrada en vigencia de la nueva contribución “solidaria”, la mayor parte de eso ha quedado atrás. Para poder prever adecuadamente las necesidades familiares y personales, me he visto penosamente obligado a cancelar los donativos a entidades sociales, aparte de recortar varios otros rubros del presupuesto. Entiendan que no pretendo jugar de víctima: las verdaderas víctimas aquí son esas organizaciones de beneficencia y aquéllo o aquéllos que protegen, especialmente a tantos niños en condición de pobreza o abandono.

¿Y a cambio de qué? ¿De alimentar el gran agujero negro de las arcas estatales? ¿De otorgar bonos Proteger a privados de libertad, como se ha informado en algunos casos?

Pero esto no es todo. De muchos jubilados dependen otras personas, como servidoras domésticas, guardas de vecindario, personas que se ganan la vida haciendo jardinería o lavando carros, etc. ¿De cuáles de ellos (y sus familias) habrá que prescindir, porque la cobija ya no alcanza para todos? ¿Y qué tal el efecto en cadena que produce la inevitable contracción del gasto? ¿Es que de los comercios en los que ahora habrá que gastar menos o nada no dependen también muchos empleados y sus familias?

La inmensa mayoría de los pensionados -y aquí sí me atrevo a hablar por todos- estamos comprometidos con la solidaridad.

Pero, como debería ser obvio, solo se puede considerar solidario el gesto de desprendimiento que se hace consciente y voluntariamente. El fuerte gravamen aplicado a las pensiones no es solidaridad, es un impuesto puro y simple, rayano en lo confiscatorio y viciado de inconstitucionalidad, como intentaré explicar en una próxima contribución.

5 de julio de 2020

Les habla su capitana

Este artículo apareció en la Sección Página Quince de La Nación de hoy (ver publicación).

Hace años, en un vuelo de trabajo a Perú, se escuchó por los altavoces un anuncio que ordinariamente no llamaría la atención. “Buenos días”, dijo una voz femenina, “les habla su capitana”. Varios pasajeros se miraron con sorpresa: para ellos, y para mí también, era la primera vez que comandaba el vuelo una pilota.

Algunos rieron nerviosamente e hicieron el típico comentario machista “mujer al volante, peligro constante”. Yo, aparte de la grata impresión, no me inmuté.

Sabedor de las normas y estrictos protocolos de seguridad de la industria aeronáutica, di por descontado que si ella estaba al mando de la nave tenía iguales o mejores calificaciones que sus pares masculinos.

Paridad de género. En estos días, fue introducido a la corriente legislativa un proyecto para instaurar constitucionalmente el concepto de paridad de género.

A pesar de defender a ultranza la equidad, opino que la paridad de género no es ni más ni menos que una abominación, una idea profundamente antidemocrática e inconstitucional.

A lo largo de mi vida, he tenido oportunidad de estudiar y trabajar no solo a la par, sino también como alumno o subordinado de mujeres notables. Todas han sido merecedoras de mi estima y admiración, especialmente la más extraordinaria de ellas: mi esposa.

Creo a pies juntillas en las idénticas capacidades de hombres y mujeres, así como defiendo la idea de la equidad, entendida como plena e incondicionada igualdad de oportunidades y trato.

Pero la paridad de género (vertical, horizontal o como quiera llamársele) es algo completamente distinto. Parte de la tesis —cierta— de que las mujeres están insuficientemente representadas en los puestos de decisión, tanto en la actividad pública como privada.

Como solución, postulan que debe ser forzoso integrar esos puestos con un número igual de hombres y mujeres. Suena razonable, ¿verdad? No lo es.

Barreras sistémicas. En la escogencia de personas para un cargo público o privado, suele haber dos momentos, el de postulación (candidatura) y el de designación. Por lo general, las mujeres enfrentan más obstáculos en el primero, debido a barreras sistémicas que limitan sus posibilidades de crecimiento y de reunir los atestados que les permitan competir en igualdad de condiciones con los hombres.

Por fortuna, me parece que no sucede igual en el segundo, al menos en Costa Rica. Prueba de ello es la gran cantidad de mujeres que se han desempeñado o se desempeñan en puestos de gran responsabilidad en la función pública y privada en nuestro medio. No obstante, el establecimiento de una paridad de género obligatoria produciría justamente el efecto opuesto: que no pueda escogerse a una mujer, aunque tenga sobrados méritos, cada vez que le corresponda a un hombre. Y viceversa.

El acceso a cargos de responsabilidad de toda naturaleza debería estar fundado, estrictamente, sobre bases de idoneidad comprobada, requisito que sabiamente plasma el texto constitucional como exigencia para el ingreso al Régimen de Servicio Civil.

El sexo de la persona debería ser irrelevante como parámetro decisorio. Es decir, si para llenar una vacante en una organización privada o en un cargo público, una persona fuese pasada por alto —no obstante tener los mayores méritos— solo por el hecho de no ser de determinado sexo (cuando este no sea consustancial al puesto, desde luego), entonces la designación estaría anteponiendo una cualidad superflua a la capacidad demostrada.

En consecuencia, no se habrá escogido a la mejor persona para el cargo, sino a otra que posee condiciones inferiores, solo porque tocaba nombrar a alguien del sexo opuesto.

Esta es la primera razón por la cual sostengo que la paridad de género es inconstitucional: con respecto a los cargos públicos, la obligación de acreditar la idoneidad de los postulantes se correlaciona con el derecho ciudadano a exigirla, por encima de otros requerimientos, pues de ello depende la calidad del servicio que recibimos.

Cargos electivos. Tratándose específicamente de los puestos de elección popular, la paridad de género es, además, antidemocrática.

Una democracia plena exige que los electores podamos escoger y votar por quienes consideremos los mejores para desempeñar esa responsabilidad, y que gane quien reúna más sufragios.

Pero, bajo un régimen de paridad de género forzosa, se nos estaría compeliendo a elegir, primero, en función del sexo de la persona y, solo después, en razón de sus méritos o de que reúna el mayor apoyo.

Sí, ya sé, según diversos fallos de la Sala Constitucional la paridad no es contraria a la Carta Política. Considero que se equivoca, porque relega a un segundo plano la idoneidad comprobada, en pro de una distinción secundaria, a contrapelo del principio de igualdad que ese texto también tutela.

La lógica detrás de la paridad obligatoria es inconstitucional porque es irracional. Es cierto que las mujeres están subrepresentadas en los cargos políticos, mas ¿no lo están también las minorías étnicas, las personas de preferencias sexuales diversas, los no creyentes, los zurdos, los astrónomos y los calvos? ¿Habrá que promover también una reforma constitucional para asegurar una mayor inclusión de esos y otros sectores? ¿Será que no se pueda siquiera encontrar un candidato idóneo a alcalde, por ejemplo, porque la paridad impone escoger a un hombre que sea simultáneamente gay, de ascendencia asiática, no creyente, zurdo, astrónomo y calvo?

Más crucial aún: ¿Exactamente por qué debemos suponer que alguien con esas características va a desempeñar mejor el cargo que otro? ¿Qué evidencia objetiva hay de que un órgano colegiado, como la Asamblea Legislativa, funciona mejor si posee igual cantidad de hombres y mujeres?

Salvo que el sexo sea un factor determinante (como, por ejemplo, en una asociación de mujeres empresarias), dichos órganos producen resultados óptimos cuando en ellos existe diversidad de opiniones, no de sexos. Pero para los defensores de la paridad de género, lo que interesa es la cantidad, no la calidad.

Acciones afirmativas. No se percatan de que este enfoque es, en realidad, profundamente denigrante para las mujeres, sobre todo para quienes han llegado a sobresalir gracias a su tenacidad, talento y esfuerzo. “Pobrecitas, ya que no pueden ganar puestos por méritos propios, démoselo por lástima”.

La vía hacia la plena igualdad no depende de la caridad, sino de la supresión de las barreras sistémicas a la igualdad de oportunidades y trato, el verdadero origen histórico del problema y que no desaparecerán con el mero establecimiento de cuotas.

No puede erradicarse el efecto sin atacar la causa. Por eso, las llamadas “acciones afirmativas” suelen maquillar, pero no resolver, el conflicto de fondo.

No creo en subsanar una injusta discriminación (la de las mujeres) con otra (la de los hombres). La suma de dos males no produce un bien. Mejor sería, por ejemplo, actuar para prohibir y desterrar el distinto salario para igual trabajo que persiste en muchas áreas entre hombres y mujeres.

Mejor se haría estableciendo programas que potencien el acceso de las mujeres a la formación técnica y profesional, así como al empleo, procurando que circunstancias como la pobreza, la maternidad y el cuidado de los hijos no sean impedimentos para ello.

Aquel día de mi vuelo a Lima, permanecí impasible porque sabía que en los controles de la aeronave iba una mujer altamente calificada.

Si en vez de eso me hubieran dicho que mi capitana no había sido escogida por su demostrada aptitud, sino porque no hubo más remedio para cumplir la cuota de paridad de género de la aerolínea, creo que habría insistido, amable, pero enérgicamente, en que me dejaran en el aeropuerto más cercano.

18 de enero de 2019

El lamentable estado de la profesión jurídica

Este artículo apareció en la sección Página Quince de La Nación de hoy (ver publicación).

El reportaje publicado en La Nación del pasado 11 de enero es contundente: el 90 % de los graduados en Derecho perdió el más reciente examen de incorporación al Colegio de Abogados. Del desastroso resultado no se salvaron ni siquiera los egresados de la Universidad de Costa Rica –tradicional baluarte académico de la profesión jurídica– que no lograron alcanzar ni un 50 % de aprobación. Además, la mayoría de los candidatos ya habían hecho al menos una vez la prueba anteriormente, es decir, eran repitientes.

Causas múltiples. Las razones de tan deplorable resultado parecieran ser varias: unos lo atribuyen a aspectos psicológicos; otros consideran que el examen es memorístico y no refleja las condiciones reales del ejercicio de la abogacía. Ciertamente, el problema merece un análisis reposado y objetivo. Sin embargo, está claro que algo anda muy mal en la formación de los futuros operadores del derecho y, en lo personal, esos resultados no me sorprenden en lo más mínimo.

He ejercido la abogacía por más de 30 años, tanto en el sector público como en el privado. Durante la última década, tuve el privilegio de desempeñarme como juez hasta mi retiro y fue justamente desde esta trinchera que fui testigo presencial del palpable decaimiento de la forma como muchos abogados efectúan su trabajo, particularmente, los de más reciente incorporación. Puedo resumir los síntomas del problema en al menos tres categorías generales.

Ortografía y gramática. El profesional en derecho debe plasmar su labor fundamentalmente por escrito. Si bien durante los últimos años ha habido una migración hacia la oralidad (al menos en lo judicial), el bulto de las actividades de los abogados y notarios sigue manifestándose en forma documental. Y, en ese sentido, la experiencia diaria no deja mentir: una alarmante proporción de profesionales –no obstante haber pasado por muchos años de educación escolar, colegial y universitaria– simple y sencillamente no saben escribir correctamente.

Para ser justos, la problemática no es exclusiva de los graduados en derecho, pero en el caso de estos últimos resulta especialmente preocupante porque lo menos que debe hacer un especialista en esta materia es expresar con claridad los alegatos y reclamos de sus patrocinados.

Si ni siquiera son capaces de distinguir entre “halla” y “haya” o de emplear los signos gramaticales en forma apropiada (por mencionar solo dos ejemplos típicos), con frecuencia se torna difícil, cuando no casi imposible, entender el sentido de sus escritos y esto, evidentemente, va en detrimento de los intereses de las personas que les han confiado sus problemas legales.

Incapacidad argumentativa. Un problema aún más sensible es que muchos no poseen la capacidad de exponer, de forma ordenada, clara y concreta, cuál es la cuestión de fondo que someten a conocimiento y decisión judicial.

Aun cuando en nuestra profesión rige de forma general la máxima iura novit curia (conforme a la cual el juez conoce el derecho y las partes solo deben someter a su conocimiento los hechos), también se aplica el llamado principio dispositivo, que, en síntesis, y a pesar de algunas atenuaciones actuales, limita las potestades de decisión del juzgador a aquellas cuestiones concretas que las partes hayan sometido al debate.

Esta regla va de la mano con el principio de congruencia, conforme al cual la debida correspondencia entre lo solicitado por el actor en la demanda y lo resuelto por el órgano jurisdiccional en sentencia se constituye en una obligación procesal de acatamiento ineludible para los jueces en la resolución de las demandas formuladas.

Es así que, al analizar el fondo del asunto planteado, únicamente se revisan las alegaciones en que se sustenta la demanda. Todo lo anterior quiere decir, en términos simples, que, para que prospere un reclamo judicial, los abogados deben ser capaces de articular de forma completa y precisa sus argumentos y pretensiones, pues, de lo contrario, es imposible atenderlos positivamente; el juez o el tribunal no debe ni puede suplir oficiosamente las carencias de las partes al respecto.

Por ello, tristemente, a veces es inevitable rechazar incluso una demanda en la cual se percibe que su promovente podría tener razón en sus alegaciones, pero el abogado simplemente no supo presentar correctamente el problema planteado y qué era exactamente lo que pretendía al respecto.

Desconocimiento jurídico. Increíblemente, ciertos profesionales exhiben una ignorancia supina en el manejo de conceptos jurídicos básicos. Basta con un solo ejemplo al respecto: en el derecho público costarricense, todo jurista sabe –o debería saber– que el Estado y las entidades descentralizadas son personas jurídicas distintas, cada una con su respectivo ámbito de competencias y responsabilidades. No obstante, no mucho antes de mi retiro, me correspondió examinar un proceso en que el abogado del actor pretendía demandar al Estado por el despido del cual había sido víctima un funcionario del ICE.

Sorprendidos, los integrantes del tribunal pedimos a la parte que aclarara contra quién dirigía su reclamo, a lo cual el abogado en cuestión respondió, increpándonos por desconocer, según él, “el elemental principio del Estado como patrono único” e insistiendo en que la demanda iba dirigida contra este y no contra el ICE.

Irremediablemente, hubo que declarar sin lugar el asunto, pero al mismo tiempo se dispuso poner el caso en conocimiento de la Fiscalía del Colegio de Abogados, pues era evidente que el trabajador en cuestión se encontraba en estado de indefensión por causa de la ignorancia del profesional al que había confiado su caso, y quien seguramente le había cobrado los honorarios correspondientes.

En conclusión, el estado de la profesión jurídica en nuestro país es, hoy por hoy, preocupante. La justicia es un derecho fundamental de todos los ciudadanos. Pero no es posible aspirar a alcanzar plenamente ese ideal cuando muchos profesionales, que se supone deben hacerlo realidad para sus clientes, tienen una deficiente formación, la cual es atribuible, en algunos casos, a su propia desidia y, en otros, a la inadecuada calidad de los centros de estudios en cuyas manos pusieron su instrucción.

Pienso que el problema amerita un examen profundo, por lo cual se debe escuchar la opinión de todas las partes involucradas y tomar de inmediato las medidas necesarias.

30 de abril de 2018

Confianza en el futuro

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Vivir en comunidad, cualquiera que ésta sea, implica ser parte de un tejido o entramado social –un pacto, si se quiere– que nos une con todas las demás personas que integran esa misma comunidad, ligando nuestras suertes. Significa, como se dice comúnmente, estar todos juntos en el mismo barco. Si el barco se hunde, nos hundimos todos. Y para que el barco avance, debemos remar todos juntos.

Crear confianza. Yuval Noah Harari, en su elogiado libro del 2014, “Sapiens: Una breve historia de la humanidad”, explica con claridad que para que los primeros humanos pudieran trascender sus núcleos puramente consanguíneos (familiares) y dar paso a las primeras comunidades tribales –y, posteriormente, a formas más complejas de organización social– fue necesario que surgiera algún mecanismo que permitiera superar el temor instintivo a los extraños (“los otros”) y hacer posible la cooperación mutua, sin la cual es imposible emprender los proyectos o actividades de mediana y gran escala que definen lo que hoy conocemos como civilización. Es decir, fue necesario crear confianza.

Esa idea fundamental, tan cierta hace miles de años, sigue siendo plenamente válida hoy: las comunidades humanas, para resultar viables y posibilitar un progreso que no es posible alcanzar individual o aisladamente, necesitan estar fundadas sobre bases sólidas de confianza mutua –de buena fe, de solidaridad– lo cual implica hacer algo profundamente anti intuitivo, como lo es dejar de lado o al menos relajar nuestra instintiva suspicacia de los demás. Y ello, a como lo entiendo, exige albergar dos clases de sentimientos distintos respecto de nuestras relaciones con los demás: confianza en el presente y confianza en el futuro.

Tener confianza en el presente significa poseer el convencimiento de que las acciones que emprendemos hoy en conjunto con nuestros semejantes van a tener como resultado la satisfacción de nuestras necesidades y anhelos más inmediatos (vivienda, abrigo, comida, tranquilidad, etc.). Y tener confianza en el futuro implica manifestar la esperanza de que esas acciones además van a ir construyendo un mejor mañana para todos y para nuestros descendientes. Sin estas dos convicciones, la convivencia en sociedad tiene poco o ningún sentido.

Bases de la confianza. Pero la confianza mutua no se construye sobre la nada. Históricamente, explica Harari, se ha erigido sobre diversas bases, de mayor o menor solidez. Entre ellas se pueden encontrar, por ejemplo: la religión, el género, la etnia, la ideología y la nacionalidad. Todas éstas, a mi juicio, constituyen bases falsas y endebles. Ciertamente, rasgos como los mencionados son capaces de crear lazos de identidad entre quienes los compartan, pero también producen y perpetúan la desconfianza e incluso el odio hacia quienes no lo hagan. En efecto, todos llevan siempre implícito erigir un muro (imaginario o incluso literal) entre “nosotros” –todos los que compartimos el elemento común– y “ellos”: los infieles, el género opuesto, los desviados, los impuros, los equivocados y los extranjeros. Por ello, lo deseable –aunque, por desgracia, mucho más difícil– es buscar puntos de encuentro verdaderamente universales y construir sobre ellos los fundamentos de la vida en comunidad; factores que estén inspirados en ideales de tolerancia, compasión y entendimiento, como pretenden serlo los que se reúnen bajo el concepto de los derechos humanos.

A lo largo de la historia, los seres humanos hemos construido instituciones que persiguen cimentar tanto la confianza en el presente como la confianza en el futuro: organizaciones religiosas, estructuras de gobierno, reglas de trato social, normas jurídicas y más. Correlativamente, hemos perseguido y castigado a quienes ataquen o contradigan esos institutos, pues tales acciones conspiran directamente contra el pacto social, debilitándolo o en casos extremos incluso rompiéndolo. Ya fuere mediante el ostracismo (literal o virtual, a través de diversas manifestaciones de desprecio social) o bien mediante la imposición de otras penalidades (como la prisión), ninguna comunidad puede simplemente ignorar a las personas y a las conductas que socaven sus cimientos. Se sigue de lo anterior que, si esas bases son de los tipos que antes calificamos de falsos, las consecuencias de la represión pueden ser funestas: inquisición, discriminación, genocidio, xenofobia y un largo y doloroso etcétera.

Lo anterior no quiere decir que no deba sancionarse tales acciones: si los fundamentos de la convivencia son los correctos, entonces será de esperar que las acciones que se considere reprochables y las penalidades que se imponga por su trasgresión también lo serán. Por ejemplo, la corrupción figura en todos los ordenamientos modernos como ejemplo de conducta que lesiona gravemente la confianza pública.

Jornada electoral. En Costa Rica, recién acaba de concluir una jornada electoral intensa, pero limpia y cuyos resultados están fuera de duda, independientemente de que éstos sean o no los que cada quien esperaba. El solo hecho de haber concurrido masivamente la ciudadanía a las urnas representa una clara manifestación de confianza en el presente; esto es, en nuestra institucionalidad democrática. Pero también traduce una indudable confianza en el futuro, pues representa nuestra fe de que las autoridades electas –tanto ejecutivas como legislativas– pondrán su empeño en la construcción de un mejor mañana para todos. Esperemos que dichas autoridades sepan comprender esta responsabilidad y se desempeñen a la altura de la confianza que hemos depositado en ellas y ellos. Y, si no, como reza el juramento constitucional, que la Patria se los demande.

22 de noviembre de 2016

Pensionarse no es un crimen

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Hace pocos días, un grupo de jubilados y jubiladas sufrió un trágico accidente en la zona de Cinchona, que ocasionó el fallecimiento de varios de ellos. En medio de la tristeza del hecho, no pude dejar de pensar en el mérito de la labor a la que esas personas estaban entregadas ese día, pues se dirigían a entregar ayuda muy necesitada a una comunidad indígena nacional. Es decir, esos jubilados y jubiladas dedicaban una importante parte del tiempo que su condición de pensionados les brindaba, a nobles acciones de voluntariado y servicio al prójimo. Todo un ejemplo de la forma en que mejor se puede vivir esa etapa de la vida.

Lamentablemente, la percepción que hoy tiende a tenerse de quienes han logrado o aspiran a lograr una pensión –en especial de aquellos que laboramos al servicio del Poder Judicial– tiende a ser diametralmente distinta. Para una buena parte del colectivo nacional, el pensionado (o quien quiera pensionarse) es visto como un delincuente, un vividor, un parásito social que solo piensa en enriquecerse a costa del erario público mientras dedica su tiempo a la pura y simple vagabundería. Eso es absolutamente equivocado y, además, profundamente injusto.

En el país actualmente coexisten varios regímenes de pensión obligatoria o voluntaria, que fueron puestos en vigencia por leyes dictadas por razones que hoy pueden parecernos buenas o malas. Siempre es más fácil juzgar en retrospectiva. Pero lo que está claro es que todos esos sistemas aspiran a un elevado y meritorio objetivo: procurar que los años de retiro y vejez puedan ser vividos en condiciones lo más dignas y autosuficientes que sea posible.

Los mencionados regímenes tienen características distintas, que pueden dar lugar a la percepción de que algunos brindan privilegios excesivos, sin que sus beneficiarios tengan que dar nada o muy poco a cambio. Este es claramente el caso con relación al régimen de pensiones del Poder Judicial, diseñado hace más de siete décadas, cuyas particularidades desconocen muchas de las personas que hoy lo combaten tan denodadamente. En efecto, se ignora que el 68% de los beneficiarios directos y el 92% de los indirectos –por ejemplo, el o la cónyuge de un jubilado fallecido– reciben un monto que no excede de ¢1,5 millones. Se ignora también que a las y los funcionarios judiciales se nos retiene y deduce una cantidad sustancialmente mayor de nuestro salario como aporte al Fondo (un 11%), que el que contribuyen los destinatarios de otros sistemas (2,84% en el caso de los beneficiarios del régimen de la CCSS, por ejemplo). También se ignora que, una vez jubilados, a los servidores judiciales se nos continúa deduciendo el aporte para la sostenibilidad del régimen, cosa que no ocurre en otros esquemas de pensión.

Es importante que se sepa que la inmensa mayoría de las y los trabajadores del Poder Judicial no estamos, ni hemos estado nunca, en contra de que se den reformas que aseguren la justeza y la subsistencia del régimen de pensiones. Por el contrario, somos los primeros interesados en esta revisión, pues es obvio que de ello depende que lleguen a ser una realidad los beneficios futuros por los que ahora trabajamos y cotizamos. La labor que en esta dirección ha venido desplegando el Frente de organizaciones gremiales de este Poder de la República ha sido seria y responsable.

Somos plenamente conscientes de que la pensión no puede constituirse en un mecanismo de abuso o de enriquecimiento injusto de nadie (las llamadas “pensiones de lujo”), por lo que deben existir topes. Tan solo aspiramos a que esta remuneración sirva para lograr el objetivo indicado: el de hacer posible un retiro en condiciones razonablemente dignas y a una edad que brinde una posibilidad real de poder continuar desarrollándonos como personas en los años venideros. Y que sabemos que en estos temas hay que ser tanto realistas como solidarios. Bienvenida sea, por tanto, la discusión constructiva y basada en criterios técnicos sobre estos temas.

17 de julio de 2016

Conductores: ayudémonos unos a otros

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Imagino que no sorprendo a nadie con la noticia de que las presas en las carreteras nacionales se han llegado a convertir en algo invivible. Las causas son muchas y también sus consecuencias, en términos de productividad perdida, combustible consumido en exceso, contaminación atmosférica y deterioro colectivo de nuestra calidad de vida. Por desgracia, es muy poco lo que podemos hacer individualmente al respecto; al menos a corto plazo. Sin embargo, cada vez que como conductor me encuentro al borde de la desesperación en un atasco, pienso que sí hay algo, de valor incalculable, que todos podemos hacer para mejorar aunque sea un poco la situación. Es algo sencillo, pero que puede tener efectos multiplicadores insospechados: ayudarnos unos a otros. ¿Cómo? Practicando proactivamente la amabilidad en carretera.

La próxima vez que vaya al volante y se encuentre en un atolladero de esos que cada vez parecen más frecuentes e inescapables, procure cambiar momentáneamente su perspectiva para darse de cuenta de una simple realidad: aunque para usted, todos los demás conductores son la presa, para ellos, la presa es usted. Usted –quiéralo o no– es parte del problema y, por ende, tiene el deber moral de ser parte de la solución. Practicar una amabilidad proactiva no significa más que estar atento(a) a las oportunidades que continuamente surgen para ayudar a otro a llegar más rápido y seguro a su destino. Y, cuando perciba una, haga lo que razonablemente esté a su alcance para dar esa asistencia.

Un ejemplo sencillo pero que puede lograr maravillas en carretera es practicar el “uno por uno”. Todos sabemos que, en nuestro país, hay una multitud de intersecciones recargadas de tránsito y vías mal diseñadas que se convierten en embudos para la circulación. Quienes transitan por esos puntos no tienen la culpa de ello, pero quienes circulan por allí con derecho de vía suelen tratar a quienes no lo tienen como infrahumanos que tienen bien merecido no poder cruzar la intersección o toparse con el inesperado final del carril por el que se desplazaban. “¡Yo tengo la vía, que se jodan ellos!”, piensan. Por el contrario, quien practique la amabilidad proactiva en esas mismas circunstancias verá la oportunidad de ayudar, por medio de la simple acción de cederle el paso a uno de los conductores en apuros. Sencillísimo; no toma más que unos segundos y, sin embargo, tendrá la satisfacción de haberle hecho la vida más fácil a un semejante.

La mala noticia es que ayudar a otros en carretera no va a resolver el problema de las presas. La buena es que va a hacer que las presas sean más vivibles y que usted gane la satisfacción y la paz de sentirse una persona mejor. Es buen karma. Pruébelo.

5 de octubre de 2015

La guerra nuestra de cada día

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Cada mañana me levanto, me alisto y me voy a la guerra. De hecho, suelo ir dos veces diarias, una de ida al trabajo y otra de vuelta. Es una guerra encarnizada y despiadada, llena de momentos de crueldad y venganza, así como de escasos y fugaces episodios de galantería y heroísmo.

Mis enemigos son los otros conductores. Todos quieren ir delante de mí. Todos pretenden que me quite y les ceda mi espacio. Muchos piensan que son los dueños de la carretera, y les importa poco quien no crea lo mismo.

Son los que creen que basta con encender unas lucecitas para tener derecho a estacionarse donde les dé la gana, así como los que no dudan en bloquear una intersección porque creen que su derecho es mayor que el de los demás. O los que piensan que el pito tiene el mágico poder de deshacer la presa.

Muchos conductores presumen de muy piadosos, exhibiendo rosarios, crucifijos o citas bíblicas en sus vehículos, pero no dudan un instante en lanzarle el carro a los otros o en lanzar insultos o hacer alguna señal inconfundible con la mano.

Algunos, incluso, han formado verdaderas mafias e imponen su propia ley en las carreteras, frente a los cuales los demás mortales no podemos hacer nada y las autoridades no quieren, o no pueden meter en cintura.

Desde motociclistas hasta maromeros. Entre mis peores enemigos están los motociclistas. Se han convertido en una plaga. En las calles me acosan y hostigan, rodean mi carro, se colocan delante en el semáforo, se cuelan entre las filas de vehículos de modo que uno no puede ni moverse por temor a golpearlos.

Sobran quienes creen que el carril contrario es suyo, y a cada rato se topa uno a un motociclista que viene de frente y directo hacia mí.

Por supuesto que, si chocamos, serán ellos quienes lleven la peor parte, pero, paradójicamente, se aprovechan de eso para intimidar. Después de todo, nadie quiere matar a otra persona o tener problemas legales y dedicar tiempo a trámites y reclamos.

El enemigo también son los peatones. Cruzan la calle por donde les viene en gana. Les encanta lanzarse a cruzar las esquinas justo cuando mi semáforo se pone en verde.

Cruzan por detrás de mi vehículo cuando estoy detenido en una pendiente ascendente porque no tienen el sentido común de entender que mi carro podría retroceder un poco y golpearlos. Caminan por las orillas de las calles llevando niños de la mano o en coche del lado de los vehículos.

Ni hablemos de los vendedores y maromeros en cada semáforo. En algunas esquinas solo se puede circular a paso de procesión porque hay tantos que se corre el riesgo de arrollar a varios si se avanza un poco más rápido.

El enemigo es el estado de las carreteras. Agujeros y montículos que hacen la circulación dolorosamente lenta y que a veces producen accidentes cuando se intenta sortearlos.

Y, como en toda guerra, hay “muertos” por todas partes. Me refiero a los reductores de velocidad, que en este país cualquiera pone dondequiera, sin control o regulación.

Los ponen y ni siquiera tienen la decencia de pintarlos para que se vean. Comprendo que los colocan por protección, pero no puede ser que queden a la libre y muchos de ellos en sitios absurdos. Falta de aceras; embudos causados por puentecitos que llevan décadas de tener solo un carril o por terrenos que nunca se pudo o quiso expropiar para completar la ampliación de la vía. Y un largo etcétera.

Soy yo. Iba a decir que el enemigo es el reloj. No habría problema si no tuviéramos que llegar a tiempo a alguna parte, ¿verdad? La “carrera de las ratas”, lo llaman en otras latitudes. Pero, curiosamente, las peores presas de tránsito se producen los sábados. Además, ya no existen las horas pico. Ahora todas las horas son horas pico.

El enemigo soy yo mismo. Hay que recordar que, como decía alguien, “para los otros conductores, la presa soy yo”.

Y, por supuesto, no estoy exento de caer en muchas de las mismas conductas que les reclamo a los demás conductores. A veces por distracción y a veces por desesperación.

Cada vez que puedo, trato de poner de mi parte y ayudar a los otros, pero no siempre es posible. Lo peor es cuando, por tratar de ayudar, me reclaman los que vienen detrás. Me consideran un traidor y un colaboracionista por cooperar con el enemigo.

Como en todas las guerras, hay momentos de batalla intensos y otros momentos de tedioso compás de espera, cuando estamos irremediablemente pegados en una presa. En estos momentos, cada uno se las arregla como puede: escuchando la radio, maquillándose o revisando Facebook. Me gusta tener programas descargados de Internet en el teléfono (los llamados podcasts ) para estas ocasiones.

Y también, como en toda guerra, hay estrategias y tácticas de combate y de supervivencia, así como uso de tecnología (Waze ayuda mucho, pero en ocasiones se equivoca espectacularmente; la clave está en no pensar en él como si fuera la Biblia y usar la intuición y la experiencia para saber cuándo no hacerle caso).

Lo más triste es saber que esta es una guerra que nunca se termina y en la que, al final de cuentas, nadie gana. ¿Cuántas víctimas cobrará cada día? Seguramente más que algunas de las guerras de verdad.

Por ello, cuando uno finalmente llega a casa, debe agradecer haberlo hecho razonablemente ileso, aunque la presión sanguínea esté por las nubes y la ansiedad nos tenga casi al borde. Es momento para descansar. Después de todo, mañana tendremos que levantarnos, alistarnos y salir a la guerra otra vez.

17 de abril de 2015

¿Habrá que subir la mayoría de edad para manejar?

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En las últimas semanas, las carreteras nacionales han cobrado una cantidad inusual de víctimas, particularmente de jóvenes que conducían con exceso de velocidad y/o en estado de ebriedad o de personas a quienes éstos colisionaron. Esto me ha llevado a reflexionar sobre si convendría aumentar el límite de edad necesario para conducir.

Ciudadanía y mayoría de edad. A partir de la reforma que se introdujo en 1971 al artículo 90 de la Constitución Política, el conjunto de derechos y deberes políticos que denominamos “ciudadanía” se adquiere a los dieciocho años, otorgándonos –entre otras posibilidades– la de votar. Pero el concepto de “mayoría de edad” (que es la edad mínima para adquirir ciertos derechos y contraer determinadas obligaciones en el ámbito civil, comercial, etc., en forma autónoma; es decir, no dependiendo más de los padres –la llamada patria potestad– o de los representantes legales en ausencia de aquéllos) no necesariamente coincide con el de ciudadanía en sentido político, de manera que es posible fijar por ley edades diferentes a los dieciocho años en distintos ámbitos. Por ejemplo, el Código de Trabajo (artículo 89) fija en doce años la edad mínima para laborar.

El establecimiento de un umbral de adultez para ciertos actos o actividades usualmente va ligado al momento en que se considere que la persona adquiere el grado de madurez física y, sobre todo, mental o emocional necesarias tanto para decidir si desea realizarlas o no, como para asumir la responsabilidad por sus decisiones. Es evidente que no todas las personas llegan a ese punto al mismo tiempo, de manera que es inevitable trabajar con aproximaciones.

Edad para manejar. La vigente Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, Nº 9078, numeral 84, fija en dieciocho años la edad mínima necesaria para poder obtener la licencia de conducir, excepto para las tipo A-1 (bicimotos y motocicletas, para la que se debe tener al menos dieciséis años, cuando lo autorice alguno de los representantes legales), B-2 (veinte años), B-3 y B-4 (veintidós años).

El tema del consumo de licor es distinto, ya que, hasta donde preciso, no hay una norma que explícitamente regule la edad a partir de la cual es permitida la ingesta de alcohol. Lo que existen, más bien, son normas que prohíben la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad, que en este caso habría que entender como de menos de dieciocho años, de conformidad con lo que establece el Código de la Niñez y la Adolescencia.

Quizás sea un problema de percepción, pero a medida que la sociedad costarricense crece y se desarrolla económica y tecnológicamente, pareciera que las circunstancias bajo las cuales las juventudes de hoy maduran emocionalmente son muy distintas a las de hace cincuenta años o más. Las condiciones de vida entonces eran más rigurosas y, consecuentemente, la necesidad de que las personas se incorporaran a la vida adulta a una edad menor era más imperiosa, lo cual iba aunado a una menor expectativa de vida. Ahora, ante la cruda realidad de las muertes en carretera, podría valer la pena cuestionarnos si se justifica o no mantener la edad de mayoría para efectos de conducción de vehículos en los límites actuales. ¿Cambiarla ayudaría a reducir los accidentes y muertes en carretera o no? No tengo la respuesta. Sería de gran utilidad escuchar criterios al respecto de los especialistas.

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Nota posterior:

En respuesta a mi artículo de hoy en La Nación, me enviaron este interesante comentario, que publico con permiso de su autor:

"Don Christian:

muy interesante su artículo y coincido plenamente con su opinión. En forma complementaria, le comento que hace algún tiempo leí un estudio hecho por aseguradoras americanas debido a la gran cantidad de accidentes de tránsito, muchos de ellos mortales y la realidad que muestran sus estudios que indican que la gran mayoría de los accidentes fatales involucran gente joven, particularmente hombres jóvenes.

Entre otras conclusiones comentaban del desarrollo físico del cerebro, en donde las áreas de la corteza cerebral que atan la conciencia de un riesgo con sus consecuencias, son las últimas en madurar y lo hacen luego de los 20 años y están plenamente funcionales a los 22 años en promedio, si mal no recuerdo.

La implicación de esto es que un joven que aún tiene áreas de su corteza, inmaduras, puede claramente percibir que va a 140 kph y pensar que es una velocidad muy alta, pero no conecta claramente ese hecho con la consecuencia potencial de que un choque a esa velocidad implica la muerte, muerte de otros, consecuencias personales para toda la vida, etc. Simplemente no amarra plenamente hechos que sí ve, con consecuencias personales, aunque también perciba lo que significa quedar en una silla de ruedas o perder un miembro, etc.

De ese estudio también salía la sugerencia de que la licencia debería darse luego de una edad que asegure la plena madurez cerebral, orgánicamente hablando.

Saludos.

Arturo Yglesias M."

12 de mayo de 2014

¿Cuándo seremos desarrollados?

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Aunque me produce cierta reticencia admitirlo, debo confesar que hay una pregunta que a veces me planteo: ¿Qué tal si un buen día nos volvemos un país desarrollado, pero nadie se da cuenta de ello?

Después de todo, me cuestiono, ¿exactamente cuáles señales serían las que nos anuncien que hace un momento no éramos desarrollados, pero ahora sí lo somos? ¿Sonarán las sirenas o estallarán bombetas? ¿Cruzaremos alguna línea de meta, rompiendo una cinta o habrá alguien ondeando una bandera de cuadros? ¿Habrá titulares noticiosos que digan algo así como "A las 10:47 a. m. de hoy, oficialmente nos convertimos en un país desarrollado"?

Sabrán disculpar mi ingenuidad, porque siendo hijo de un economista y hermano de otros dos quizás debería tener mejor criterio, pero la verdad es que no. Solo sé que, desde niño, he escuchado una serie de frases que siempre me han intrigado. Primero se decía que éramos un "país subdesarrollado", pero, aparentemente, en algún momento ese calificativo se volvió feo, políticamente incorrecto, por lo que ya no se usa más. Después se decía que éramos un "país en vías de desarrollo", pero esa idea implica que existe una meta que otros han alcanzado, pero que después de eso parece que la han ido corriendo cada vez más lejos, de modo que nunca la alcanzamos. Algo así como la paradoja de Aquiles y la tortuga. Actualmente, entiendo que la expresión preferida es "país emergente", pero personalmente no me gusta mucho, porque suena como a que ahora estamos enterrados y me hace sospechar si no habrá otros sentados encima que no tienen mucho interés en que algún día salgamos a la superficie.

Y es que me pregunto: ¿Existe alguna clase de termómetro o balanza que revele cuan desarrollado o no es un país? ¿Algo así como una escala de 1 a 10, donde para ser desarrollado haya que sacar al menos un 8, pero por ahora solo llegamos a 6, así es que estamos reprobados? En la Wikipedia dice que el desarrollo económico es "la capacidad de países o regiones para crear riqueza a fin de promover y mantener la prosperidad o bienestar económico y social de sus habitantes". Eso me suena como a algo que se debería poder medir, ¿verdad?

Existen señales obvias que, al menos a primera vista, intuitivamente confirman que aun nos falta trecho que recorrer. Por ejemplo, me parece obvio que un país desarrollado debería tener una mejor infraestructura vial, mientras que gran parte de la nuestra da pena. También debería haber un mejor transporte público. Las escuelas no deberían enfrentar las carencias de las que han dado cuenta los medios recientemente. Y, de manera muy especial, las personas no deberían tener que enfrentar los vejámenes por los que pasan al tratar de acceder a los servicios de seguridad social.

Pero, por otra parte, noto que los llamados países ricos no están tampoco exentos de penurias. Y, más importante aun, observo que nuestro país posee ciertos indicadores que otros países avanzados desearían tener, como por ejemplo en la esperanza de vida, en la protección del ambiente, en el índice de alfabetización, en la madurez y estabilidad política o en la independencia judicial. Los ticos somos muy dados a la crítica ligera y, con frecuencia, no apreciamos lo que tenemos. Algunos amigos extranjeros con frecuencia me insisten en que, a pesar de que Costa Rica sin duda tiene problemas que requieren atención, la nuestra es, con todo, una sociedad que en lo esencial funciona. Y funciona bien.

Reflexionando al respecto hace unos días, llegué a la conclusión de que, más allá de lo que cada día suena más como a un slogan publicitario, la esencia, lo verdaderamente rescatable del "pura vida" de los costarricenses radica en la idea -compartida, quizás no por todos, pero sí por la mayoría- de que, sea como fuere, en esto estamos todos juntos, hombro con hombro. La idea de que salir adelante es una faena compartida, en la que nadie es mejor o peor o más importante o menos necesario, que los demás. Esa es la médula de lo que nos cohesiona y nos define. Y por eso es que ciertos cánceres sociales, como la corrupción, son tan graves: porque representan una afrenta cruda y directa a esa conciencia de solidaridad social que constituye nuestra suprema cualidad como pueblo y como nación.

Por ello me pregunto si, en definitiva, no tendrán razón esas sociedades que, como en el caso de Bután, no valoran tanto el frío concepto de "Producto Nacional Bruto" y se preocupan más por el de "Felicidad Nacional Bruta", que ciertamente no es cuantificable, pero que se basa en criterios de una importancia verdadera e impostergable, como la promoción de la justicia social, la conservación de los valores culturales, la protección de los recursos naturales y el establecimiento de un buen gobierno. Problemas materiales y morales ciertamente tenemos y deben ser enfrentados con toda energía, pero sin hacernos perder de vista lo verdaderamente relevante.

En tal caso, quizás de pronto nos daríamos cuenta de que los subdesarrollados son otros, mientras que nosotros vamos adelante y con ventaja.
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Nota posterior:

Después de que escribí y envié este artículo al periódico, encontré estas dos referencias interesantes adicionales. Hubiera deseado haberlas visto antes.

26 de febrero de 2014

Podría no haber segundas rondas electorales

Este artículo apareció publicado en la sección Página Quince de La Nación de hoy (ver publicación)

Hace doce años, luego de la doble elección del 2002, publiqué aquí mismo un comentario titulado "Cómo evitar otra segunda ronda" (LN, 23/5/02), cuyas consideraciones vuelven a adquirir interés en estos momentos.

En aquel momento, resumí los inconvenientes de un sistema electoral como el que actualmente tenemos y que vale la pena rescatar:
  • Cuando una segunda ronda se ve probable, en la primera elección los ciudadanos no necesariamente manifiestan su verdadera preferencia en las urnas -como sería de desear- sino que tienden a emitir el llamado "voto útil". En este escenario, la multiplicidad de opciones partidarias, en vez de enriquecer la democracia, paradójicamente la empobrece, al impulsar a los electores a votar de un modo que aleje el peligro de una segunda vuelta riesgosa; como ocurrió en Francia, cuando una excesiva fragmentación política llevó en el 2002 a un escenario de pesadilla, en el que la extrema derecha neo-nazi avanzó a la segunda ronda en las elecciones que eventualmente ganó Jacques Chirac.
  • La necesidad de una segunda votación genera un gran cansancio y apatía en los ciudadanos, quienes deben afrontar una extensión no deseada del período de proselitismo y propaganda política, desde febrero hasta abril.
  • La dirigencia de los partidos que quedan en la contienda deben reunir energías y financiamiento adicional para la segunda etapa, con los consiguientes apuros.
  • El TSE debe gastar una gran cantidad de dinero del erario público para organizar los nuevos comicios (¢2.300 millones para este año).
  • De cara a la segunda ronda, los partidos se ven tentados -cuando no obligados- a hacer concesiones y componendas para atraer el voto de los seguidores de las agrupaciones que quedaron fuera del proceso.
  • El abstencionismo tiende a crecer en la segunda vuelta, lo cual desemboca en que el candidato triunfador llegue al poder con una menor legitimación democrática (en el 2002, don Abel Pacheco obtuvo apenas un 34,05% del total de electores habilitados).
  • Los ciudadanos que apoyaron a candidatos minoritarios o fuerzas emergentes en la primera vuelta quedan con la sensación de que su voto sirvió de poco o nada.
  • La toma de decisiones políticas y sus correspondientes acciones se posterga, con la consiguiente incertidumbre. Además, el candidato vencedor ve significativamente reducido el plazo para organizar su gobierno, en comparación con el que dispondría cuando la elección se decide en febrero.
Frente a toda esta problemática, señalé que existe cuando menos una alternativa que se aplica en diversos lugares del mundo (Irlanda, Australia, India, entre otros), conocida como "elecciones con resolución inmediata" (ERI) y que esquemáticamente se desarrolla así:

1) Al igual que ocurre ahora, en el sistema ERI cada votante, el día de las elecciones, comienza por marcar en la papeleta su fórmula presidencial predilecta. Pero, a diferencia del sistema vigente, tiene además la opción -pero no la obligación- de señalar a cuál o a cuáles otros candidatos prefiere, en orden de más a menos, para el caso de que su favorito no logre alcanzar el porcentaje mínimo para triunfar. Es decir, asigna un 1 a su candidato predilecto, un 2 a quien considere la segunda mejor opción, 3 a la siguiente y así sucesivamente.

2) Si, efectuado el escrutinio de los votos, un partido logra reunir el porcentaje mínimo establecido como primera opción de los votantes, el proceso concluye y se le declara ganador, igual que bajo el sistema actual.

3) Sin embargo, si ninguno alcanza el umbral fijado (40% en nuestro sistema), se descarta al partido que obtuvo menos votos como primera opción de los electores y sus sufragios se distribuyen entre los demás participantes, atendiendo a lo que cada votante determinó como su segunda alternativa.

4) Si algún candidato obtiene el mínimo necesario, vence y el proceso concluye. De lo contrario, se repetirá el paso anterior tantas veces como sea necesario para resolver la elección.

Es interesante anotar que, con las ERI, el porcentaje mínimo para triunfar perfectamente podría elevarse al 50% y fracción (es decir, a la mayoría absoluta), conduciendo a una elección democrática ideal. El procedimiento de resolución garantiza que habrá siempre un ganador. Además, conviene aclarar que el recuento de votos del paso 3 no se haría en las juntas electorales sino en el TSE, aprovechando que las papeletas ya fueron separadas por partido en las juntas.

En aquellos procesos en que no se alcance la mayoría y se deba aplicar un mecanismo como la ERI, la definición del resultado ciertamente tardaría un poco más; a lo sumo unos pocos días. Pero esa demora sería obviamente menor que los dos meses que toma efectuar una segunda ronda conforme al sistema tradicional y la breve espera bien vale la pena para evitar los inconvenientes señalados arriba.

La modificación del sistema actual requeriría de una reforma del artículo 138 de la Constitución Política, así como de los subsiguientes ajustes a nivel legal. Ese proceso evidentemente no sería fácil ni breve, pero pienso que el país tarde o temprano deberá dedicar la necesaria voluntad política a hacerlo. Cuanto antes, mejor. Los beneficios que se obtendría lo ameritan.


(Nota: sobre este tema, también puede verse mi artículo "La doble ronda presidencial: hacia una alternativa mejor".)

20 de septiembre de 2013

El infierno de los neutrales

Este artículo apareció en la sección Página Quince de La Nación de hoy (ver publicación)

“Los confines más oscuros del infierno están reservados para aquéllos que eligen mantenerse neutrales en tiempos de crisis moral”.

Hacia el final de su reciente novela, “Inferno”, el escritor Dan Brown nos recuerda una de las más ominosas advertencias de “La Divina Comedia”, de Dante Alighieri, contenida en la frase citada arriba. En ella, el célebre autor florentino dirige sus dardos contra quienes, en momentos y situaciones en que fuere moralmente imperativo tomar partido, inexcusablemente se abstengan de hacerlo. Es decir, se trata de aquéllos que, en vez de decidirse y proceder de acuerdo con sus convicciones y lo que se espera o exige de ellos en el momento, optan más bien por la vía fácil de la inacción, que en estos casos significa pusilanimidad o, más claro aún, cobardía. La gravedad de esa actitud –que a primera vista pareciera puramente pasiva– radica en que en ella en realidad va implícita una conducta activa, la traición: traición a los principios, traición a uno mismo, traición al otro, traición a la humanidad, etc.

“El tejido social de todo pueblo está construido a partir de lazos de solidaridad. Sin estos, aquel se rasga: no hay paz con hambre; no hay paz sin solidaridad social”, señalé desde estas mismas páginas hace unos años (La Nación, 8/1/2009). Quien se declara neutral, cuando se precisa tomar partido, con su omisión rasga el tejido social, socavando las bases de la convivencia en comunidad, pues le falla a quienes tendrían derecho a esperar de él o ella su inequívoco apoyo. Desmond Tutu sintetizó así, con absoluta claridad, cuál es el quid de la cuestión: “Quien se declara neutral ante situaciones de injusticia, en realidad ha elegido el bando del opresor”.

De la sobrecogedora frase de Dante se deduce que es peor ser neutral, que elegir de buena fe una causa que posteriormente demuestre ser equivocada. Quienes hayan obrado de esta última forma al menos se hacen acreedores de alguna medida de simpatía y misericordia, derivada de la comprensión de que todos somos falibles y tenemos derecho a equivocarnos.

Es preciso aclarar que la neutralidad no es per se negativa o indeseable. O, lo que es lo mismo, que hay circunstancias en las cuales resulta justificada, específicamente cuando abstenerse no comporte rehuir una responsabilidad moral. Son los casos en que no estamos ante flaqueza sino imparcialidad, que es algo completamente distinto. Por ejemplo, un padre o madre que se mantiene neutral frente a sus hijos, evitando actitudes de favoritismo injusto. La clase de neutralidad que mereció el desprecio de Dante es más bien aquella que implica abjurar del deber de elegir bando cuando sea humanamente imposible cerrar los ojos y dejar de hacerlo, por temor o conveniencia personal. Bajo estos supuestos, pudiendo elegir lo correcto (repito, indistintamente de que más adelante se adquiera la convicción de que la decisión, no intencionalmente, fue errónea), se escoge más bien no elegir, sin ninguna razón justificable para ello. Popularmente se describe a una persona así como “paños tibios”, expresión que lleva un evidente tono despectivo.

Lo que no necesariamente está claro para algunos es que, frente a una crisis moral, quedarse callado o escudarse en un falso sentido de la obediencia debida para no actuar, viene siendo tan indefensible como adoptar una medrosa neutralidad. La cuestión es la misma: negarse a tomar partido y no hacer lo que se debe. En Nuremberg, generales nazis descubrieron que la obediencia no vale como excusa frente a los crímenes de lesa humanidad.

Ahora bien, contrario a lo que se podría creer, las crisis morales no son necesariamente circunstancias inusuales o elusivas y, por eso, en realidad son múltiples los momentos en que debemos actuar y muchas las formas por las que podemos hacerlo. Por ejemplo, el docente que lucha contra el cansancio, la frustración y los recursos limitados, sin rendirse, lo hace porque sabe que la ignorancia es una crisis moral. El personal médico y de enfermería que lo da todo por sus pacientes, lo hace bajo la convicción de que el sufrimiento es una crisis moral. Las y los trabajadores sociales y voluntarios que salen a las calles a dar un poco de alimento y aliento a los desposeídos no son neutrales, porque los mueve el espíritu de luchar contra el abandono, que es una crisis moral.

Quienes tenemos el alto honor de ser jueces y juezas también tomamos nuestro lugar en la trinchera, porque la injusticia es una crisis moral. Hacerlo está muy lejos de ser cosa fácil, porque para nosotros, la imparcialidad no implica que no tengamos que terminar tomando partido en cada caso que resolvemos, a favor de quien tenga la razón y el derecho de su lado. Ello exige la valentía necesaria para dictar sentencias que puedan resultar impopulares o lesionar poderosos intereses. Pero también exige grandes dosis de madurez y autocontención, para no abusar del poder que tenemos e invadir terrenos en los que no debamos incursionar. Es un delicado balance que representa una gran responsabilidad, pero que al mismo tiempo dota de una enorme nobleza a nuestro magisterio.

A las puertas de un nuevo proceso electoral en nuestro país, cabría preguntarse en qué medida optar por el abstencionismo –es decir, elegir no participar en la definición de los rumbos nacionales– pueda ser o no una forma de inexcusable neutralidad. Martin Luther King, a quien se recuerda con especial intensidad en estas fechas, dijo: “La historia tendrá que registrar que la mayor tragedia de este período de transición social no fue el estridente clamor de los malos, sino en el inconcebible silencio de los buenos”. Dejo la tarea de reflexionar al respecto a quienes pueden desarrollar el tema con mayor propiedad que yo.

24 de julio de 2013

Réquiem por Lacsa y TACA

Mi niñez se desarrolló en la época en la que los viajes en avión eran una cosa misteriosa y glamorosa. Cuando alguien cercano salía o regresaba al país, ir al aeropuerto a despedir o recibir a esa persona se convertía en un paseo maravilloso y mágico, que siempre incluía asomarse precariamente del balcón del entonces Aeropuerto El Coco, a la espera de que el ser querido -usualmente mi papá- apareciera para gritar a todo galillo los saludos de rigor.

Ya desde entonces, uno (que solo podía viajar con la imaginación) escuchaba que Lacsa, la aerolínea nacional, tenía un excelente servicio. Esto siempre iba de la mano con la afirmación de que era la única línea que servía licores gratis, de modo que las historias de viajes al exterior que uno -con cara de asombro- oía de amigos y parientes siempre comenzaban y terminaban con los coctailitos de rigor en el avión.

Aun más impresionante y causa de profunda envidia, era saber que los accionistas de Lacsa disfrutaban de un viaje gratis al año. ¡Qué maravilla, poder viajar sin que el avión le costara a uno un cinco! En mi calenturienta imaginación infantil no cabía tener algún día una posibilidad igual o similar.

Con el tiempo, aun niño, llegué a conocer a dos señores que tenían el que debía ser el trabajo más maravilloso de todos: eran pilotos de Lacsa. Imagínense... les pagaban por manejar aviones. ¡Yo lo habría hecho de gratis, si me hubieran dejado! Mi entusiasmo y atracción por todo lo que tuviera que ver con la aviación crecía. Lo máximo fue cuando Lacsa pasó de los famosos BAC-111 a los Boeing 727, que eran -y para mi siguen siendo- de los aviones más hermosos de todos los tiempos. No es de sorprender que me pasara horas con lápiz y papel, haciendo dibujos de aquellas elegantes naves. O devorando libros y revistas sobre el tema.

Decían que, sin importar qué clase de clima hubiera, los vuelos de Lacsa nunca dejaban de aterrizar al llegar a Costa Rica. Al principio yo creía que eso se debía a que los pilotos de esa aerolínea eran un tanto temerarios o bien porque eran como los futbolistas de ahora, que dicen que hay que hacer respetar la cancha propia. Así pues, cuando un poquito de lluvia provocaba que las otras líneas huyeran hacia destinos más seguros, los intrépidos pilotos de Lacsa siempre llegaban a casa sanos y salvos. Años más tarde, alguien me explicó que lo que pasaba era que ellos tenían ciertos trucos para aterrizar aquí. Por ejemplo, decían que, aun cuando la visibilidad fuera muy mala, los pilotos nacionales sabían que una vez que alcanzaban a ver el gran rótulo de la empresa Pipasa en su plantel de La Garita, era simple cuestión de alinear la nave con la primera "P" para encontrar la pista del Juan Santamaría poco más adelante. ¿Verdad o mito urbano? No lo sé, pero a mis oídos infantiles todo eso solo servía para acrecentar las leyendas en torno a la aerolínea nacional.

Años más tarde, ya adulto, pude comprobar que, en efecto, la atención a bordo de los vuelos de Lacsa era excelente; mejor que la de otras empresas de países más poderosos. Aparte de eso, al subir al avión para regresar al país luego de unos días afuera, el solo hecho de volver a oír el acento tico del personal cuando daban la bienvenida abordo o hablaban entre sí lo hacía a uno sentirse en casa de nuevo, como si estuviera entre amigos.

Una vez, durante un viaje a Perú, los parlantes de la cabina se activaron para el acostumbrado saludo del comandante. Para sorpresa de muchos, una voz femenina, clara y fuerte, comenzó diciendo, "Les habla su capitana". Algunos pasajeros pusieron cara de consternación, bajo la influencia de ese machista "Mujer al volante, peligro constante". Sin embargo, los demás lo tomamos con toda calma y naturalidad: después de todo, dado lo riguroso de las normas de seguridad de la industria aérea, el hecho de que la dama estuviera al mando solo era posible si previamente había afrontado y superado todas las pruebas del caso, demostrando que era igual o más competente que los pilotos varones.

Aunque me dio pesar cuando Lacsa pasó a control de TACA, el hecho de que esta última fuese una empresa centroamericana de algún modo hacía el cambio más digerible. Y, en efecto, hay que reconocerle a TACA que no desmejorara los estándares de servicio ni la calidez del trato a los pasajeros. También hay que decir que el programa de lealtad "Distancia" -luego re-bautizado como "LifeMiles", aunque nunca entendí qué necesidad había de un nombre en inglés- siempre ha sido atractivo y beneficioso.

Ahora, TACA ha pasado, a su vez, a control de la colombiana Avianca. Esta última, en una discutible decisión, ha decidido que aquella marca desaparezca, de manera que ya no queda asomo del sabor centroamericano y mucho menos tico que tan grato sentimiento inspiraba. Solo el tiempo dirá si los resultados son buenos o no, aunque lo cierto es que la sensación de que esta es "nuestra" línea aérea se ha alejado un poco más.

Así es que no queda más que decir adiós a Lacsa. Y adiós a TACA. Y gracias por todo.

18 de abril de 2013

Publicado proyecto de ley sobre FIV

En el Alcance N° 70 a La Gaceta N° 74 del día de hoy (archivo PDF, 992 KB), aparece publicado el proyecto de "Ley de fecundación in vitro y transferencia de embriones humanos", expediente legislativo Nº 18.738, de iniciativa del Poder Ejecutivo.

Se indica que el proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente de Asuntos Sociales.

13 de febrero de 2013

Bancos avanzan en implementación de firma digital

"Con Firma Digital, los clientes de todos los bancos tendrían un único dispositivo de seguridad, que cuenta con toda la validez de una ley específica para la seguridad de todos los usuarios y que se puede implementar no solo para transacciones, sino para otros trámites."

"Solución a fraudes electrónicos", en La República de hoy.