14 de abril de 1997

Control legal en Internet

Artículo publicado por el semanario "El Financiero", año 3, no. 107.

Recientemente, la prensa ha informado acerca del fenómeno de la secta suicida norteamericana "Heaven's Gate", así como sobre diversos otros sucesos igualmente lamentables, todos los cuales, según se señala, tienen en común el uso (o abuso) de la red informática Internet.

En nuestro país, los medios locales han denunciado que personas u organizaciones inescrupulosas vienen recurriendo a Internet para promocionar a Costa Rica como un destino del llamado "turismo sexual", que supuestamente lo hacen idóneo para la práctica de diversas formas de prostitución, abusos contra menores y otros desenfrenos.

Manifestaciones como las anteriores han encontrado eco en ciertas corrientes y sectores sociales, que propugnan por la adopción de diversas medidas legislativas para intentar frenar lo que se estima como serias anomalías, a la vez que se castigue a sus autores y cómplices. Esto, en lo que interesa al plano de los operadores jurídicos, conlleva a la formulación de dos interrogantes fundamentales: ¿Se puede regular jurídicamente a esta red informática? Y, en caso afirmativo, ¿se debe hacer?

¿Se puede regular legalmente a Internet?

En resumen: ningún país puede hacerlo por sí sólo. A partir de su incepción a principios de la década de los ochenta, la red Internet ha desbordado los propósitos originales de sus creadores, así como las fronteras dentro de las cuales fue concebida, para convertirse en un medio de alcance universal. Internet carece de una autoridad central reguladora, y técnicamente no le pertenece a nadie en particular. Esta anarquía extrema, que muchos ven como una bendición y otros como maldición, determina el hecho de que cualquier esfuerzo nacional o local resulte inútil para efectos de normar la existencia y funcionamiento de la red.

A partir de lo dicho, resulta claro que las únicas opciones que podrían tener algún éxito en este sentido, serían solamente aquéllas que se diseñe e implemente a nivel internacional. Creo, sin temor a equivocarme, que las dimensiones mundiales de la red, así como el impacto que ha llegado a tener sobre los más diversos aspectos de la vida de decenas si no cientos de millones de personas alrededor del globo, demandan que un esfuerzo normativo en el sentido explicado tendría que provenir, por ejemplo, de una entidad de la jerarquía de la Organización de las Naciones Unidas. Ello debido a que, sin ánimo de dramatizar en exceso, se puede sostener racionalmente que Internet se ha convertido en un patrimonio tecnológico de la humanidad, cuyas eventuales regulaciones deben tener sentido global y diseñarse de manera que no privilegien el control o limiten el acceso que ningún país o sector pueda tener sobre la red.

¿Se debe regular jurídicamente a Internet?

Claramente, las implicaciones de esta cuestión van más allá de su mera plausibilidad técnica y legal. Para responder a la pregunta, es necesario tener presente que Internet es, antes que cualquier otra cosa, un medio de comunicación, y que, desde esta perspectiva, está sujeta a la misma posibilidad de uso o de abuso a que lo está cualquier otro.

Sería vano intentar negar que en Internet hay pornografía infantil, sectas de cuestionables creencias religiosas u organizaciones neonazis. También hay personas ligadas al narcotráfico o al terrorismo internacional, que se aprovechan de los recursos tecnológicos disponibles para sus propósitos. Pero en Internet también está el Vaticano, el museo del Louvre, las obras de Shakespeare y los archivos fotográficas y científicos de la NASA. Lo medular es que la inmensa mayoría de sitios están dedicados a difundir la educación, la ciencia, la solidaridad y los valores más preciados. No existe ningún otro medio en que sea posible encontrar a más personas trabajando y aportando, frecuentemente sin ninguna retribución o ánimo de lucro, para el beneficio de toda la humanidad. Internet es, en este alcance, un reflejo paralelo de lo que son los demás medios tradicionales y el mundo mismo que nos rodea.

Por tanto, en mi criterio, cualquier propósito regulador debería seguir la pauta de que es preferible "dejar hacer y dejar pasar" en todo aquello que la red tiene de bueno y valioso, salvo, quizás, en cuanto a lo que pueda hacerse para tratar de asegurar su continuado crecimiento y el acceso irrestricto a ella. Con esa excepción, las normas serían aquí innecesarias y posiblemente mucho más perjudiciales que ventajosas. Un esfuerzo normativo debería estar entonces restringido a identificar, prevenir y sancionar solamente a aquellas personas y conductas cuyo uso abusivo del medio pone en entredicho los más elevados valores comunes de la humanidad, preceptos entre los cuales destacan la libre difusión del pensamiento, la tutela del ámbito de intimidad de las personas, la protección de la niñez y, en general, la defensa de la vida y de la libertad.