El texto que regía hasta hoy decía:
"Artículo 64.- El Estado fomentará la creación de cooperativas, como medio de facilitar mejores condiciones de vida a los trabajadores."A partir de ahora establece lo siguiente:
"Artículo 64.- El Estado fomentará la creación de cooperativas como medio para facilitar mejores condiciones de vida de los trabajadores. Asimismo, procurará el desarrollo del so (sic) instrumento de crecimiento económico y social de los trabajadores, tanto en el sector privado como en el sector público.Ignoro si la pifia gramatical del primer párrafo se dio así en la Asamblea Legislativa o si es el resultado de un error de publicación, en cuyo caso sería de esperar que una próxima Fe de Erratas lo clarifique.
Asimismo, reconocerá el derecho de patronos y trabajadores a organizarse libremente en asociaciones solidaristas, con el fin de obtener mejores condiciones de vida y desarrollo económico y social."
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