12 de noviembre de 2011

Poder Judicial establece lineamientos para expediente electrónico civil

"El seguimiento de una serie de normas generales para el uso de los medios electrónicos en la tramitación de procesos en materia civil, la comunicación de actos y la tramitación de piezas procesales, son parte de las acciones que se incorporaron al Reglamento sobre Expediente Electrónico, que aprobó recientemente Corte Plena", informó ayer el Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional del Poder Judicial.
"De esta manera, se establece un marco normativo para la informatización del proceso judicial civil, aspectos puntuales del proceso electrónico y las gestiones de las partes ante el Poder Judicial por medios electrónicos, informáticos, telemáticos o semejantes.

En el reglamento se establece que para que una pieza procesal sea válida, para efectos procesales, se requiere una firma digital o electrónica, mediante la identificación inequívoca del suscriptor, la cual debe darse mediante la firma digital basada en un certificado digital emitido por la Autoridad Certificadora acreditada o mediante el registro como usuario en el Poder Judicial del Sistema de Gestión.

Específicamente sobre el proceso electrónico, se establece en el capítulo II del Reglamento, que '... El traslado de la demanda y la presentación de la contestación, de los recursos y de las peticiones en general, todos en formato digital, en los autos del proceso electrónico, pueden ser hechas directamente por los abogados públicos y privados, sin necesidad de presentación física en el despacho, caso en el cual la tramitación deberá darse de forma expedita, y se suministrará acuse de recibo electrónico. Los originales de los documentos digitalizados deberán ser preservados por la parte que los presentó hasta el fenecimiento del proceso', señala la regulación.

Se detalla que cuando el acto procesal tenga que ser practicado en determinado plazo, por medio de una petición electrónica, serán considerados en tiempo, aquellos que se reciban hasta las 24 horas del último día.

De acuerdo con el Magistrado de la Sala Primera Luis Guillermo Rivas Loáiciga, para este práctica se tomó la experiencia adquirida en la materia contenciosa que se adaptó las especificaciones que requiere la Jurisdicción Civil.

Otros de los temas importantes que se destacan en este Reglamento es la disposición que señala que en aquellos documentos cuya digitalización sea técnicamente inviable debido a su gran volumen o por motivo de ilegibilidad, deben ser presentados al despacho en el plazo de 10 días, contados desde el envío de la petición electrónica que comunica el hecho, 'una vez que se haya presentado el documento o los documentos en el despacho correspondiente y que sea imposible su digitación o el escaneo, será la parte quien deberá custodiarlo', puntualiza la regulación aprobada por Corte Plena.

Se deja claro que las partes e interesados en un proceso, podrán gestionar por medios electrónicos, informático, telemáticos u otros semejantes. '... Para ese efecto, será necesaria la posibilidad de verificar la autenticidad, en la forma que aquí se regula. En todos los casos, el abogado deberá contar con un correo electrónico autorizado, para remitir al despacho respectivo su manifestación de ser auténtica la gestión de la parte. Cada despacho judicial contará con un buzón con capacidad suficiente, que se denominará de "Recepción de Documentos", cuyo seguimiento deberá efectuar el despacho una vez por día', indica el capítulo III de dicha regulación.

Entre otras generalidades, se incluye el tema de la validación de un correo electrónico para su respectivo uso, la cual deberá realizarse desde una dirección previamente verificada por el Departamento de Tecnología de la Información o la entidad designada para tal efecto, la cual deberá estar dentro de la lista oficial de cuentas autorizadas y el correo puede ser de la parte o de su abogado.

De igual manera, también se prevé la garantía de acceso, al establecer que: 'En aquellos casos en que alguna de las partes alegue no tener acceso a la tecnología de grabación o respaldos informáticos por carencia de recursos, desconocimiento, privación de libertad o personas con capacidades diversas, el despacho deberá imprimir la gestión o facilitar a la parte el acceso con recursos institucionales. En todos estos supuestos se garantizará el derecho de las partes a la información'.

Estos son algunos de los lineamientos que contiene el Reglamento sobre Expediente Electrónico del Poder Judicial, recientemente aprobado."

10 de noviembre de 2011

Tres nuevos proyectos en Gobierno Digital

Nos informa hoy el Diario Extra que "El Gobierno de la República presentó ayer tres proyectos que se suman a otros tres ya implementados y que ayudarán a los costarricenses a disminuir la tramitología y accesar más fácilmente a los servicios del Estado, al mismo tiempo que se rebajan los costos. Se trata de TecnoEducar, Portal Ciudadano y DNP, plataformas tecnológicas que estarán disponibles pronto."
  • En el caso de DNP se trata de la digitalización de los expedientes y la incorporación de la firma digital en las resoluciones de pago de la Dirección Nacional de Pensiones.
  • El segundo proyecto es el de "Portal Ciudadano", que para la presidenta Laura Chinchilla constituirá "la puerta de entrada a toda la información gubernamental".
  • Finalmente, "El proyecto TecnoEducar propone una alianza entre las instituciones públicas, comunidades y empresa privada, con el fin de dotar a los centros educativos públicos de computadoras, Internet y una estrategia de aprendizaje en el uso y aprovechamiento de las tecnologías de información."
Aunque la noticia no lo aclara, interpreto que el "Portal Ciudadano" sustituye al proyecto actual de "Gobierno Fácil".

9 de noviembre de 2011

El "misterioso" año 2011: ¿magia o Feng Shui? Carl Sagan diría: álgebra

Hoy es el Día de Carl Sagan, astrónomo, exobiólogo y divulgador científico, así como escéptico y pensador crítico por excelencia. Por eso y para celebrar su día como tiene que ser, me viene de maravilla un mensaje de correo electrónico que recibí justamente hoy, ilustración perfecta del "pensamiento mágico" que tan fácilmente impresiona a la gente que no ejercita adecuadamente sus defensas contra la credulidad. El mensaje dice literalmente así:
"Asunto: 111 LEELO Y SORPRENDETE

Este año vamos a experimentar cuatro fechas inusuales:
1-1-11 , 1-11-11 ; 11-1-11; 11-11-11 y eso no es todo, toma los últimos dos dígitos del año en que naciste, ahora súmale la edad que vas a cumplir este año, y el resultado sera 111 para todos!! Este es el año del dinero!!! este octubre del año tendrá 5 domingos, 5 lunes, y 5 sábados.. Esto sucede cada 823 años. Estos años son especialmente conocidos como 'poseedor de dinero'... Dice el proverbio que si envías esto a tus buenos amigos el dinero aparecerá en los próximos 4 días como se explica en chino del feng-shui. Los que no continúen la cadena no lo recibirán. Es un misterio ... pero vale la pena intentarlo . Buena suerte !!! yo recibo al dar."
Si siguen las instrucciones y realizan el cálculo que se indica allí, efectivamente obtendrán siempre un resultado de 111... ¡siempre que tengan 11 o más años de edad! Analicemos en qué consiste el "sorprendente misterio", paso a paso:

1. Sea "x" el año en que nací (que en mi caso fue 1960). Entonces, para obtener el primer "ingrediente" de la misteriosa fórmula (o sea, los últimos dos dígitos de ese año), lo que debo hacer es esta resta:

x - 1900

2. El segundo ingrediente mágico (la edad que cumplo este año 2011), se obtiene así:

2011 - x

3. En consecuencia, cuando la fórmula del mensaje me dice que debo tomar "los últimos dos dígitos del año en que naciste, ahora súmale la edad que vas a cumplir este año", lo que me está pidiendo equivale a calcular:

(x - 1900) + (2011 - x)

4. Si resolvemos la ecuación, se ve con facilidad que las dos "x" se cancelan entre sí, de manera que, sin importar en qué año haya nacido yo (y, por ende, qué edad cumpla este año), la operación siempre va a dar:

-1900 + 2011

que, desde luego, es 111.

¡Ni magia ni Feng Shui, solo simple álgebra! ¿Y por qué dije que esto solo funciona si tengo 11 o más años de edad? ¡Eso se los dejo de tarea!  ;-)

5 de noviembre de 2011

Valioso testimonio contra el concordato

Con la aprobación del autor, reproduzco seguidamente este mensaje de correo que me envió (los hipervínculos fueron añadidos):
"Estimado Sr. Hess:

Permítame felicitarlo por su artículo sobre El Concordato, es un artículo sin desperdicios y lleno de muchas certezas para estos tiempos, Mi nombre es Miguel E. Polanco soy Dominicano y como en Costa Rica, nosotros también tenemos un Concordato con el Vaticano que nace a raíz de un acuerdo que beneficiaba la Imagen del Dictador Rafael Leónidas Trujillo y por ende enriquecía enormemente a la Iglesia, la cual está exenta de todo tipo de impuestos y el Estado Dominicano tiene que subvencionarla de todas sus necesidades.

Si usted lee nuestro Concordato se dará cuenta que no tiene nada de democrático y es obvio porque tal como usted lo expresa, El Vaticano ni se acerca a la Democracia, nosotros, los Dominicanos vemos con alta estima el nivel de desarrollo Democrático que ha exhibido Costa Rica por muchos años, siendo siempre un punto de comparación a la hora de discutir sobre Democracias Latinoamericanas; Costa Rica no puede darse el lujo de enviar señales desviadas de su ya ganada reputación y es aquí donde me he motivado a enviarle esta comunicación donde le estimulo y apoyo en sus comentarios.

Como Dominicano, fui educado bajo los reglamentos del Concordato aprobado por Trujillo; pero ya uno ha visto que la Jerarquía de nuestra Iglesia Católica y de otras Religiones no aportan los elementos necesarios para el desarrollo democrático de nuestro país; un par de pruebas me basta enviarle, nuestro índice de analfabetismo es elevadísimo y todavía hoy la Ciudadanía está solicitando el 4% del PIB para Educación el cual está consignado en la Ley, pero nuestros gobernantes no lo cumplen y nuestra Iglesia no dice ni media palabra y moralmente es responsable del desarrollo de cada pueblo, según el Concordato.

Anexo le pongo la dirección electrónica donde aparece nuestro Concordato: aprobado por el Dictador Trujillo para el capítulo República Dominicana, espero le sea de ayuda para futuras investigaciones.

Le saluda,

Ing. Miguel E. Polanco"
---

Nota: cuando le solicité a don Miguel su permiso para reproducir aquí este mensaje, me brindó una respuesta que también habla por sí sola: "Si, por supuesto y le autorizo a colocar mi nombre; he creído siempre que la Verdad siempre es como el agua subterránea, algún día sube a la superficie." :-)

2 de noviembre de 2011

Declaran Semana Nacional de los Derechos Humanos

En La Gaceta N° 210 de hoy aparece publicada la ley N° 8998 del 26 de setiembre del 2011, que declara la "Semana Nacional de los Derechos Humanos". De acuerdo con la norma, ésta tendrá lugar en la segunda semana del mes de diciembre de cada año y su objetivo es "otorgar un espacio para la reflexión y para observar con una mirada crítica los avances logrados también para tomar conciencia de lo que aún queda por hacer, en el orden de la promoción y eficaz protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales por parte del Estado costarricense, tal y como lo establecen los principios, convenios, tratados internacionales y demás instrumentos del derecho internacional de los derechos humanos".

PYMES turísticas adoptarán software libre

"Pequeñas y medianas empresas costarricenses (Pymes) del sector turismo se verán beneficiadas con el uso del software libre y programas de código abierto.

El proyecto es una iniciativa conjunta del Ministerio de Industria y Comercio (MEIC), el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la Universidad Nacional (UNA) y pretende facilitar y promover el accceso a las nuevas tecnologías de la información y comunicación (TICS) para las Pymes."

En La Prensa Libre de hoy.

Validación más rápida de correos para recibir notificaciones judiciales

Transcribo una comunicación distribuida esta mañana por el Depto. de Prensa y Comunicación del Poder Judicial:
"El Poder Judicial tiene un nuevo sistema que permite validar en un minuto su cuenta de correo electrónico, para que pueda recibir notificaciones de cualquier proceso judicial y hasta con trámites de proveeduría.

Los interesados sólo tienen que ingresar a la página www.poder-judicial.go.cr, en guía del usuario encontrarán el link validación correo para notificaciones, donde llenarán la información que le solicitan como por ejemplo el número de cédula y su dirección de correo. El mismo sistema le indicará los pasos a seguir hasta lograr su validación, una vez terminada esta etapa debe comunicar personalmente al despacho de su interés que sea notificado mediante correo electrónico.

Carmen Quesada Chacón, Jefa de la Sección de Sistemas de la Información, del Departamento de Tecnología de la Información dijo que con la nueva herramienta se logra agilizar la validación de correos electrónicos de manera más segura, ya que hay conexión directa con el Registro Civil, el cual permite corroborar datos personales.

Por su parte, Alberto Rojas Naranjo, encargado del proyecto mencionó que con el proceso anterior se duraba al menos tres días para validar las cuentas, ahora la persona puede durar un minuto realizando el proceso a través de Internet.

Hasta el momento, un total de 4.188 personas completaron el trámite y utilizan actualmente el servicio.

Es importante mencionar que es indispensable que la persona comunique al despacho de interés, que le sea notificado mediante correo electrónico y de su dirección especifica.

Esta herramienta inició a principios de agosto gracias al Departamento de Tecnología de la Información y hasta el momento los resultados han sido muy favorables. "

27 de octubre de 2011

Si no logra actualizar el iOS de su iPhone 4 del ICE...

Desde que adquirí mi actual iPhone 4 del ICE (kölbi), no había logrado actualizarle el iOS usando mi laptop Toshiba, que es mi PC principal (con Windows Vista), con la que hago todos los respaldos y sincronizaciones. Cada vez que lo intentaba, al final de una larga descarga, recibía un mensaje justo en el momento en que iTunes intentaba verificar el software con Apple, indicando que había ocurrido un "error desconocido".

Hasta ahora, había logrado sortear el problema copiando el archivo descargado a mi netbook HP y realizando la actualización por ese medio, hasta que llegó la actualización del iOS 5. En este caso, iTunes me indicó que debía aplicar la actualización usando la misma máquina con la que realizaba todos los respaldos y sincronizaciones (o sea, la Toshiba), puesto que de lo contrario perdería todas las aplicaciones descargadas y otra información. Lo intenté y, una vez más, obtuve el mensaje de "error desconocido 3194". Eso me obligó a investigar a fondo el problema. Luego de mucho indagar y de quebrarme la cabeza, encontré la respuesta y la comparto aquí por si fuera de utilidad:

Sucede que, antes de que el ICE introdujera el iPhone de manera oficial, yo había tenido un iPhone 3GS adquirido fuera de Costa Rica y, por ende, había tenido que desbloquearlo para poderlo usar. Y resultó que el proceso de desbloqueo era el causante involuntario de mi problema actual. Me explico:

Los sistemas operativos Windows utilizan un archivo especial, llamado "hosts" (situado, en mi caso, en la carpeta C:\Windows\System32\drivers\etc\). Este es un pequeño archivo de texto, cuya labor es mantener un índice de concordancias entre direcciones de Internet (o sea, URLs) y direcciones IP. Windows revisa ese archivo cada vez que necesita obtener una dirección IP para un sitio en particular de Internet. Si la encuentra allí, la usa; si no, debe ir a tratar de obtenerla en algún servidor DNS. La idea detrás de este mecanismo es lograr una navegación más rápida en la red, ya que consultar a un servidor DNS es más lento que buscar dentro de un archivo local. Tengo entendido que otros sistemas operativos utilizan mecanismos similares.

Pues bien, al desbloquear mi iPhone 3GS, el archivo "hosts" había sido modificado, de manera tal que a la dirección "gs.apple.com" le había sido asignada una dirección IP específica, a saber: 74.208.10.249, que corresponde con el proyecto Cydia. Es decir, existía una línea que indicaba:

74.208.10.249 gs.apple.com

Y, desde luego, así había quedado a pesar de que después dejé de poseer ese teléfono y de necesitar el desbloqueo. Como fruto de lo anterior, cuando iTunes intentaba verificar las descargas de actualizaciones del iOS para mi iPhone 4, el cambio mencionado en "hosts" hacía que la operación fracasara y, por tanto, que se abortara el upgrade. Me costó bastante descubrir el problema.

Para resolver la dificultad, edité el archivo "hosts" para suprimir la línea en cuestión y, ¡bingo!, iOS 5 correctamente actualizado. :-)

22 de octubre de 2011

Programa sobre el concordato próximo martes en el canal de la UCR

He sido gentilmente invitado a participar, el próximo martes 25 de octubre, en el programa "Irreverencias", auspiciado por la Agenda Política de Mujeres, para conversar sobre el tema del concordato entre Costa Rica y el Estado de la Ciudad del Vaticano.

El programa se transmite a las 8:00 p. m. por el Canal 15 de la UCR (canal 5 de AMNET, canal 58 de CableTica y canal 15 de Cable Visión). Se repite el domingo siguiente, a las 7 p.m. ¡Cordialmente invitados(as)!

18 de octubre de 2011

Ley de habeas data agregada a índice de normas

Debido a que estuve fuera del país y a otros enredos diversos, había omitido agregar la nueva "Ley de protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales", N° 8968 del 7 de julio del 2011, a mi índice de normativa costarricense sobre derecho informático. Ya resolví la omisión.