"Artículo 42.- Privacidad de las comunicaciones y protección de datos personales
Los operadores de redes públicas y proveedores de servicios de telecomunicaciones disponibles al público, deberán garantizar el secreto de las comunicaciones, el derecho a la intimidad y la protección de los datos de carácter personal de los abonados y usuarios finales, mediante la implementación de los sistemas y las medidas técnicas y administrativas necesarias. Estas medidas de protección serán fijadas reglamentariamente por el Poder Ejecutivo.
(…)"
"Artículo 44.- Comunicaciones no solicitadas
Se prohíbe la utilización de sistemas de llamada automática por voz, fax, correo electrónico o cualquier otro dispositivo con fines de venta directa, salvo la de los abonados que hayan dado su consentimiento previamente.
No obstante, cuando una persona, física o jurídica, obtenga con el consentimiento de sus clientes la dirección de correo electrónico, en el contexto de la venta de un producto o servicio, esa misma persona podrá utilizar esta información para la venta directa de sus productos o servicios con características similares. El suministro de información a los clientes deberá ofrecerse con absoluta claridad y sencillez. En cualquier momento, el cliente podrá pedirle al remitente que suspenda los envíos de información y no podrá cobrársele ningún cargo por ejercer ese derecho.
Se prohíbe, en cualquier caso, la práctica de enviar mensajes electrónicos con fines de venta directa en los que se disimule o se oculte la identidad del remitente, o que no contengan una dirección válida a la que el destinatario pueda enviar una petición de que se ponga fin a tales comunicaciones."
"Artículo 67.- Clases de infracciones
Las infracciones en materia de telecomunicaciones pueden ser muy graves o graves.
a) Son infracciones muy graves:
(…)
15) Utilizar la información de los usuarios finales para fines no autorizados en la ley.
(…)
Son infracciones graves:
(…)
7) Utilizar sistemas de llamada automática por voz, fax o correo electrónico u otros dispositivos en contravención de lo dispuesto en esta Ley."
"ARTÍCULO 68.- Sanciones por infracciones
Las infracciones serán sancionadas de la siguiente manera:
a) Las infracciones muy graves serán sancionadas mediante una multa de entre cero coma cinco por ciento (0,5%) y hasta un uno por ciento (1%) de los ingresos brutos del operador o proveedor obtenidos durante el período fiscal anterior.
b) Las infracciones graves serán sancionadas mediante una multa de entre cero coma cero veinticinco por ciento (0,025%) y hasta un cero coma cinco por ciento (0,5%) de los ingresos brutos del operador o proveedor obtenidos durante el período fiscal anterior.
(…)"
30 de junio de 2008
Publican nueva Ley de Telecomunicaciones
28 de junio de 2008
Cómo conseguir el mejor software gratuito

Estoy suscrito desde hace bastante tiempo a la edición premium del boletín electrónico "Gizmo's Support Alert Newsletter", que prové invaluable consejos informáticos una vez al mes. Recientemente, Gizmo ha inaugurado un wiki que, entre muchas otras cosas útiles, mantiene su utilísima "Best-ever Freeware Utilities List". Recomiendo visitarla periódicamente para informarse acerca de lo mejor en software gratuito.
26 de junio de 2008
Pretenden responsabilizar a bancos de hurtos y fraudes informáticos
De acuerdo con la exposición de motivos, en el año 2007 hubo 635 reclamos por sustracciones bancarias realizadas por medios electrónicos, con pérdidas de aproximadamente ¢800.000.000 tan solo en el caso de los bancos Nacional y de Costa Rica.
Se agrega que "lo que esta iniciativa pretende es que los bancos emprendan todas las acciones necesarias para garantizar seguridad a los clientes en relación con los dineros que estos les confían en depósito. Así las cosas, la carga de la prueba en caso de robo electrónico corresponde a los bancos y no al cliente, toda vez que son precisamente las instituciones financieras las que implementarán y monitorearán los respectivos sistemas de seguridad."
El proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente de Asuntos Económicos.
25 de junio de 2008
La peligrosa idea de Darwin

El 1º de julio de 1858 (es decir, hace 150 años), durante un encuentro de la Linnean Society de Londres, se dio lectura a unos breves manuscritos sobre una novedosa teoría científica, la evolución por selección natural, escritos separadamente por un tal Charles Darwin y su colega Alfred Russel Wallace. En el caso de Darwin, se trataba de un fragmento de un manuscrito de 1844, así como de una carta escrita el año anterior. El propósito de la reunión era el de establecer que aun cuando ambos científicos habían arribado por aparte a la misma teoría (por lo que Wallace merece también los honores respectivos), lo cierto es que Darwin lo había hecho primero.
El encuentro -por lo pronto- no tuvo grandes repercusiones, al punto de que, en un informe posterior, Thomas Bell, el Presidente de la Linnean Society afirmó que, en su opinión, ese año había concluido sin que se hubiese dado a conocer ningún descubrimiento científico particularmente importante. La historia demuestra que estaba completamente equivocado.
Transcurrió algo más de un año, hasta que el 24 de noviembre de 1859, Darwin publicó uno de los libros que más profundamente han marcado el pensamiento posterior, tanto en el campo científico como en múltiples otras áreas del quehacer humano. Me refiero, desde luego, a "Acerca del origen de las especies por selección natural", que, por primera vez, expuso el mecanismo biológico en virtud del cual se explica -de modo simple y elegante- la inmensa diversidad que presentan los seres vivos en el mundo. Quizás de modo aun más importante, esta obra transformó completamente nuestra visión de nosotros mismos, dando paso a la idea de que los seres humanos no aparecimos mágica o milagrosamente sobre la Tierra, en nuestra forma actual, sino que somos el resultado del mismo lento proceso evolutivo que, a través de millones de años, ha hecho que especies aparezcan y desaparezcan, vinculándonos con el resto de los seres vivos en un árbol familiar, del cual tan solo ocupamos una rama específica.
Esa es la que pensadores y filósofos han dado en llamar "la peligrosa idea de Darwin". Peligrosa, porque así como había ocurrido también siglos antes en el terreno de la astronomía con las teorías de Copérnico y Galileo, las ideas que Darwin dio a conocer suponían un desafío directo al dogma religioso imperante en la época acerca del origen de la diversidad biológica. Actualmente, la teoría de la evolución por selección natural constituye, sin lugar a dudas, la piedra angular de la biología y uno de los principios más influyentes en otras áreas del conocimiento humano.
El 1 de julio marca, entonces, el inicio de una serie de celebraciones y actividades científicas y culturales que tendrán lugar alrededor del mundo para marcar no solo los 150 años de las mencionadas efemérides, sino también el bicentenario del nacimiento de Charles Darwin, que tendrá lugar el 12 de febrero del año entrante. La página darwin-online.org.uk/2009.html es una de muchas referencias que se puede consultar en Internet para estar al tanto de dichos eventos.
En Costa Rica, espero que el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el Ministerio de Educación, la Academia Nacional de Ciencias, las universidades y otras entidades públicas y privadas se sumen a las festividades, aprovechando la ocasión para contribuir a la divulgación y comprensión popular de "la peligrosa idea", uno de los hitos científicos e intelectuales más importantes de todos los tiempos.
Nota posterior: este artículo provocó un interesante debate en las páginas de La Nación.
21 de junio de 2008
Invaluable TED
- Stephen Hawking, "Asking big questions about the universe"
- Brian Cox, "An inside tour of the world's biggest supercollider"
- Brian Greene, "The universe on a string"
- Alisa Miller, "Why we know less than ever about the world"
- Joshua Klein, "The amazing intelligence of crows"
20 de junio de 2008
Soporte para ODF en Office 2007
- Utilizar el formato ODF para la creación y gestión de toda clase de documentos que requieran ser editados
- Utilizar los formatos ODF y/o PDF para la conservación de documentos finales (es decir, cuyo contenido no vaya a cambiar más).
19 de junio de 2008
Culpan a terapia de oración por muerte de adolescente
Neil Beagley era miembro -al igual que sus padres- de la denominada iglesia "Seguidores de Cristo". El joven sufría de obstrucción del tracto urinario. Un urólogo habría podido tratar con facilidad el problema, simplemente colocándole un catéter. En vez de eso, Beagley (quien bajo la legislación del estado de Oregon ya tenía edad suficiente para decidir si recibir o no tratamiento médico) y sus padres decidieron rezar. Debido a la obstrucción existente, el nivel de úrea en la sangre del adolescente creció hasta el punto de dañarle los riñones y otros órganos vitales. Finalmente, le falló el corazón y murió.
Los padres de su prima -que también pertenecen a la misma iglesia- han sido acusados penalmente. Planean defenderse alegando libertad de culto.
17 de junio de 2008
Información valiosa acerca de Firefox 3
Todos altamente recomendados.
Nuevo proyecto de ley sobre software libre
El texto se puede descargar también desde el sitio web de la Asamblea Legislativa (archivo en formato de Microsoft Word).
Nota del 28/6/2008: en La Nación de hoy, el diputado Salom Echeverría publica el artículo "Libre es mejor", en el que justifica la presentación del proyecto de ley.
14 de junio de 2008
¡Ya viene Firefox 3!

El próximo martes, la versión 3.0 de Mozilla Firefox verá la luz. Se anticipa lograr un record mundial de descargas tan pronto sea liberada la aplicación.
Para participar en este esfuerzo, haga clic aquí.
13 de junio de 2008
Dios y el clásico problema del mal
11 de junio de 2008
Cuarta edición de la LJC
- Presentación
- Notas preliminares
- Primera parte: Ley de la Jurisdicción Constitucional (texto simple)
- Segunda parte: Ley de la Jurisdicción Constitucional anotada, concordada y con jurisprudencia procesal
- Anexo I: Guía práctica para la preparación de recursos de amparo
- Anexo II: Guía práctica para la preparación de acciones de inconstitucionalidad
- Anexo III: Proyecto de reforma al artículo 48 de la Constitución Política
- Anexo IV: Proyecto de reforma al artículo 4 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional
- Anexo V: Índice analítico
9 de junio de 2008
Llamado a colaborar
Su objetivo es ofrecer a los niños y niñas una familia, un hogar estable y una formación sólida para alcanzar una vida autónoma. Adopta un modelo familiar de carácter universal, cuyo contenido está definido por las características sociales y culturales propias de cada país.
Su misión es integrar social y familiarmente a los niños y niñas que les sean confiados de forma eficaz y positiva, impulsando su autonomía y emancipación en igualdad de derechos y obligaciones que el resto de jóvenes, consiguiendo que sean y se sientan ciudadanos válidos para la sociedad.
Usted puede colaborar convirtiéndose en Amigo(a) de Aldeas SOS. Por favor complete el formulario que aparece en el sitio web de esa organización. Gracias de antemano.