En La Gaceta N° 94 del día de hoy aparece el "Reglamento sobre Medidas de Protección de la Privacidad de las Comunicaciones", decreto ejecutivo N° 35205-MINAET del 16 de abril del 2009. Fue dictado en aplicación de lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley General de Telecomunicaciones N° 8642, que establece la obligación de los operadores y proveedores, de conformidad con el artículo 24 de la Constitución Pública, de garantizar el derecho a la intimidad, a la libertad y al secreto de las comunicaciones, así como proteger la confidencialidad de la información que obtengan de sus clientes, o de otros operadores, con ocasión de la suscripción de los servicios; salvo que aquellos autoricen la cesión de la información a otros entes públicos o privados de manera expresa.
Contiene regulaciones sobre privacidad de los datos personales y comunicaciones no solicitadas, entre otros aspectos.
Lo agregué de inmediato a mi "Inventario de normativa costarricense sobre Derecho Informático".
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