Gracias a una gentil invitación del decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR), tuve la oportunidad de participar en un reciente seminario organizado por esa casa de estudios sobre el tema de la reforma procesal en Costa Rica. Concretamente, me correspondió exponer acerca del procedimiento judicial electrónico, a la luz de las propuestas que en ese sentido contiene el proyecto de Código Procesal General, coincidiendo en dicha actividad con el profesor alemán Peter Gilles.
Luego de analizar los aspectos teóricos y prácticos relativos al empleo de la tecnología de la información como apoyo a la decisión judicial, se produjo una interesante discusión -a raíz de los comentarios del profesor Gilles- en torno a los pros y contras de la informatización de los procesos. En particular, me movió a la reflexión el llamado de atención que nos formuló el colega europeo, en cuanto a la necesidad de mantener cierto sano escepticismo sobre las ventajas reales que puede traer la tecnología a la administración de justicia. Dos fueron las conclusiones principales a las que se arribó y que interesa rescatar:
Cautela con espejismo. En primer término, se debe tener claro que aun cuando el empleo de tecnología avanzada puede sin duda aproximarnos al ideal de una justicia más pronta, más ágil y transparente, no debemos caer en el espejismo de creer que por ello necesariamente tendremos una justicia mejor. En efecto, hace unos siete años escribí un breve comentario para el semanario El Financiero, titulado "Justicia de calidad: reto para el siglo XXI", en el cual se partía de la premisa de que el gran desafío para la sociedad costarricense en la próxima centuria debía ser pasar de simplemente garantizar un acceso universal a la solución pacífica de controversias por medio de los tribunales, a garantizar una justicia cualitativamente superior.
En lo anterior, la tecnología tiene un claro papel que desempeñar, pero está lejos de agotar la solución. Ni siquiera toda la tecnología del mundo puede ponernos en realidad un solo paso más cerca de una justicia más humana. La razón es obvia: lograr eso está fuera del alcance de las máquinas. Solo el esfuerzo conciente y voluntario de las personas de carne y hueso que componen la administración judicial (jueces, magistrados y personal de apoyo) podría tener ese efecto.
"Usuarios de segunda". En segundo lugar, es importante prever que el fenómeno más general al que llamamos "brecha digital" -la línea divisoria que separa a quienes tienen acceso a la tecnología y disfrutan de sus beneficios, de quienes no la poseen- podría manifestarse en el plano de lo judicial como una barrera entre quienes -por sus ventajas económicas, sociales y culturales- recibirían las ventajas de la informatización de los procesos y aquellos que se verían forzados a continuar acudiendo a la justicia de la manera tradicional, convirtiéndose para todos los efectos en "usuarios de segunda" de los servicios. Esto resultaría en extremo preocupante porque revertiría los enormes esfuerzos de tiempo y energía dedicados durante décadas a lograr que todos tengan acceso a la justicia. En otras palabras, vendría a socavar lo que ha costado tanto conquistar con respecto a democratizar ese acceso.
Nada de lo que he dicho debe ser interpretado como un llamado a renunciar a las ventajas indudables que la informática ofrece para la agilización de los procesos judiciales. Tan solo pretende poner de relieve los peligros asociados. Pensamos que la actual administración superior de nuestro Poder Judicial tiene claro su papel al menos en lo relativo al primero de los desafíos citados y sabrá actuar para enfrentarlos exitosamente. El segundo, desde luego, requiere de un esfuerzo educativo y socioeconómico que nuestro país deberá, precisamente, plantearse como parte de un tratamiento integral para cerrar la brecha digital.
No hay comentarios:
Publicar un comentario