El hecho de que la Imprenta Nacional difundiera tan sólo un reducido número de ejemplares de la ley de Presupuesto Ordinario de la República para 1998, motivó hace pocos días la interposición de un recurso de amparo ante la Sala Constitucional, dirigido contra el Poder Ejecutivo. Esa demanda, sin duda, está imbuida de la frustración que frecuentemente sienten los operadores del derecho y todas las personas físicas y jurídicas que requieren de un acceso ágil y confiable al contenido de los diarios oficiales, ante las no pocas ocasiones en que -por vía de los llamados "Alcances"- la Imprenta se excusa de no incluir ciertos textos, más o menos extensos, en la edición regular de La Gaceta.
Cuesta en verdad imaginar una fuente más clara de inseguridad jurídica. A mi juicio, la sorpresa, más bien, es que alguien no planteara una acción similar antes.
Hay que recordar que, conforme al artículo 129 de la Constitución Política, la publicación marca el momento en que la ley cobra vigencia, salvo que ella indique otra cosa. Y desde ese momento en adelante, la regla es que nadie puede alegar ignorancia de la norma debidamente publicada. ¿Cuántos ejemplares de La Gaceta es necesario imprimir entonces para considerar suficientemente difundida la ley? La Sala lo dirá en su momento.
Probablemente existan muchas y muy buenas razones para que la Imprenta Nacional actúe de este modo. Es obvio que el deber de publicar un documento tan voluminoso como lo es el Presupuesto Nacional plantea grandes retos, entre los cuales el financiero no es el menor. ¿Qué se puede hacer para solventar en alguna medida el problema y contribuir significativamente, de paso, a la meta de asegurar un acceso realmente universal a la legislación escrita?
Hace algunos años, dirigí a la entonces Ministra de Gobernación, Maureen Clarke, y a la Junta Administradora de la Imprenta Nacional, una misiva en la que proponía que los diarios oficiales (La Gaceta y el Boletín Judicial) fuesen puestos a disposición del público en una edición electrónica que complementara a la impresa. Incluso expuse resumidamente cuál podría ser el mecanismo para lograr esa difusión. Hasta adonde conozco, la iniciativa no tuvo más que una cortés y breve acogida. Pero ahora, la noticia de la interposición del citado recurso de amparo me conduce a replantear el por qué y el cómo de aquella idea.
Imaginemos, para comenzar, el enorme ahorro que representaría para las arcas del Estado tener un mecanismo de publicación que no requiera de tinta, papel y el tiraje consiguiente. Cuyo costo de distribución sea una mínima parte del actual y que -no obstante- provea una garantía de acceso más ágil y confiable que los medios de transporte usuales (porque hay que recordar que los diarios oficiales no deben circular solamente dentro del país sino también en el exterior, particularmente en las oficinas públicas y privadas que promueven los intereses diplomáticos y comerciales del país en el extranjero). Cuyo almacenamiento y conservación sean sencillos, baratos y por medios de más larga vida útil que las hojas actuales.
Imaginemos ahora el impacto benéfico sobre nuestra maltrecha ecología e infraestructura, al disminuir sustancialmente la tala para fabricar papel y la necesidad de tener vehículos circulando para distribuir las publicaciones a tiempo.
¿Y, además, por qué no contar con un mecanismo que permita obtener cualquier edición de los diarios oficiales que se necesite, ya sea la de hoy, la de hace un mes o la de hace cinco años o más?
Cuando menos dos métodos vienen de inmediato a la mente para lograr esos fines; métodos que pueden coexistir entre si y con las ediciones regulares impresas:
- El acceso telemático mediante módem, o -mejor aún- vía Internet, a un servidor de archivos o base de datos. Dotado de una interface apropiada, los usuarios podrían realizar búsquedas de diversas clases y descargar a sus computadoras los documentos pertinentes.
- La preparación y distribución periódica de discos compactos (CD-ROMs), con el equivalente informático de las actuales Colecciones de Leyes y Decretos.
La tecnología para implementar cualquiera de esas soluciones está ampliamente difundida y probada. Una edición electrónica de los diarios oficiales podría, además, complementar el importante trabajo del Sistema Nacional de Legislación Vigente (SINALEVI), a cargo de la Procuraduría General de la República. Lo que se requiere es, entonces, la voluntad (política) para llevar adelante esta iniciativa. A partir el envío de la mencionada carta a la Ministra de Gobernación y a la Imprenta, hubiera querido que este Gobierno concluyera dejando estas ideas en marcha. Resta esperar que el próximo las retome e impulse. Pienso que las ventajas y beneficios están claramente a la vista.
Al menos así no habría que acudir a la Sala Constitucional para llenar nuestra necesidad -y deber- de conocer la ley.
Nota posterior: La Gaceta, versión electrónica, ya existe en la actualidad.
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