5 de noviembre de 2019

Solo hay un modo de evitar el sobrendeudamiento

 Este artículo apareció en la Sección Página Quince de La Nación de hoy (ver publicación).

Los reportajes publicados por La Nación acerca del sobrendeudamiento de los costarricenses son alarmantes y han sonado la voz de alerta sobre la necesidad de actuar para encontrarle alivio urgente.

En la primera plana de la edición del 2 de noviembre, dos titulares provocan sentimientos encontrados: esperanza (“Los pasos para crear un ahorro a largo plazo según su edad”) y desaliento (“Compradores se lanzan a la caza de promociones”).

El gobierno propuso planes para combatir el flagelo, pero es evidente que de poco servirán si no se ataca el mal desde la raíz: la escasa o nula educación financiera en el país; problema al cual dediqué un comentario anterior (“Analfabetismo financiero”, La Nación, 29/7/2019).

Los anunciados proyectos incluyen la obligatoriedad de llevar cursos sobre la materia, aunque leí que se pretende la asistencia durante tres años, plazo irrazonablemente excesivo que casi asegura el incumplimiento.

No debería ser necesario llevar lo que vendría a ser prácticamente una carrera universitaria para aprender a administrar los recursos personales. Además, ¿quién los va a impartir? ¿Los bancos? No tengo nada en su contra, pero lo cierto es que estos son los principales beneficiarios de que la gente se endeude hasta el cuello. ¿La Superintendencia General de Entidades Financieras, entonces? Tendría que alquilar el Estadio Nacional para educar a tantos.

Independencia financiera. Es fundamental que las personas entiendan una regla que debería ser de sentido común, si no fuera porque este, como dicen, es el menos común de los sentidos: solo hay un modo de evitar el endeudamiento excesivo, y es gastar menos de lo que se gana. De lo contrario, es imposible ahorrar. Sin ahorro, es imposible invertir. Si no se invierte, no se alcanza la independencia financiera, condición ideal en la que los réditos de las inversiones sobrepasan los gastos regulares.

Por lo general, quien no posee una adecuada formación financiera se apega a un patrón de conducta cuya secuencia es esta: recibe un ingreso; después, gasta sin apego a un presupuesto; luego, procura abonar a las deudas; y, finalmente, si algo sobra, ahorra.

Puesto que usualmente nunca sobra nada, nunca se ahorra. Peor aún, si el dinero no alcanza siquiera para cubrir los gastos, se acude al endeudamiento mediante préstamos, tarjetas de crédito, etc.

Esta mecánica, repetida constantemente, mes tras mes, conduce al fracaso y a mantener a la persona en condiciones de perpetuo estrujamiento económico, con la consiguiente angustia y los males físicos y emocionales derivados.

Inteligencia financiera. Por el contrario, quien, gracias a la educación posee lo que los expertos llaman “inteligencia financiera”, hace las cosas en un orden distinto: primero crea un presupuesto, que incluye siempre una meta de ahorro, por pequeña que sea, sin excepciones ni excusas, así como el pago de deudas hasta donde sea posible. Después, recibe el ingreso, separa el ahorro planificado (a esto se le conoce como “pagarse a uno mismo primero”), abona a las obligaciones existentes y, finalmente, gasta sin exceder los recursos disponibles, y, obviamente, sin agravar su nivel de endeudamiento.

Lo sé, es más fácil decirlo que hacerlo. Sin embargo, la indisciplina conduce a una actitud en la que nunca faltarán justificaciones para no ahorrar (“no me alcanza”, “la situación está muy dura”) y, más bien, gastar (“para eso trabajo”, “me lo merezco”, “solo se vive una vez”).

Dichas razones son solo excusas para eludir lo que se sabe bien que no debe hacerse: consumir más de lo que se recibe. En efecto, se gasta dinero que no se tiene en cosas que frecuentemente no se necesitan y todo para complacer a otros, o para tratar de impresionar dando una falsa apariencia de opulencia. Aquí, les dejo una pista: a nadie le interesa.

Paz interior. Sin importar lo que digan los eternos pesimistas, aunque sea poco, siempre es posible ahorrar (e incluso donar para los más necesitados, tema valioso para un futuro comentario).

En palabras del escritor Ramit Sethi ("I Will Teach You to Be Rich"), para poder gastar extravagantemente en las cosas que amamos, primero hay que recortar inmisericordemente las que no. Cada quien sabe qué es importante y qué no lo es, y debe actuar en consecuencia.

No desaprovechar las oportunidades esperadas (aguinaldo, salario escolar, etc.) o inesperadas (recibir un aumento o pago retroactivo, ganar la lotería, etc.) para ahorrar, en vez de aumentar el consumo.

Lo ideal es crear primero una reserva para emergencias, luego, abonar cantidades mayores para acelerar la cancelación de deudas y, eventualmente, invertir. Requiere disciplina, pero el premio será la paz interior, el bienestar propio y el de los seres queridos. Y, eso, no tiene precio.

29 de julio de 2019

Analfabetismo financiero

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Tuve el agrado de participar en el simposio "Finanzas Personales en Época de Crisis: Implicaciones del Endeudamiento Extremo para el Sistema Financiero", como parte del programa de educación financiera "Hagamos Números", auspiciado por La Nación, entre otras entidades.

Debo decir que al mundo de las finanzas personales llegué más por necesidad que por voluntad. Siempre pensé que la materia sería demasiado árida y poco atrayente, lo cual no deja de ser extraño, siendo hijo de un economista y hermano de dos. Sin embargo, a medida que he dedicado tiempo a estudiarla, he descubierto, con sorpresa, que en realidad es sumamente interesante; diría que hasta fascinante. Y, más significativo aún, cada vez con más insistencia me viene a la mente la pregunta por qué nadie nos la enseñó desde pequeños.

Pavoroso endeudamiento. Los conferencistas en la actividad mencionada abundaron en cuadros y estadísticas sobre el alarmante endeudamiento que angustia a gran parte de la población, incluidos no solo los sectores de ingresos más bajos, sino también muchas personas del estrato medio y, sorprendentemente, del alto.

Lo anterior sugiere que la mala gestión de la economía personal y familiar no depende necesariamente de cuánto dinero ingresa a los hogares, sino, más bien, de la errónea actitud de las personas en lo relativo a la administración de sus recursos —sean pocos o muchos— porque se dejan llevar por el consumismo irresponsable que nos tienta a diario y conduce a tantos a gastar en un estilo de vida que procura aparentar ante otros una riqueza inexistente, sin percatarse de que aquellos a quienes pretenden impresionar posiblemente están igual o peor de endeudados.

El inversionista Warren Buffet lo resumió magistralmente: “Lo que mantiene ricos a los ricos es que tratan su dinero como si fueran pobres; y lo que mantiene pobres a los pobres es que tratan su dinero como si fueran ricos”.

Esperanzadoramente, van surgiendo poco a poco algunos programas para combatir este auténtico analfabetismo financiero. Por ejemplo, la representante del Ministerio de Economía, Industria y Comercio explicó que esa cartera impulsa una iniciativa de este tipo, desde la óptica de la defensa del consumidor. Pero en el momento en que ella exponía al respecto, en mi cabeza resonaba la pregunta: ¿Dónde está el Ministerio de Educación Pública? Porque debería ser evidente que, en muchos casos, para formar a personas adultas en esta disciplina ya es muy tarde.

Cuándo empezar. Ahora bien, estoy convencido de que la educación financiera en realidad debería iniciarse en el propio hogar, mucho antes incluso del momento en que un niño reciba por primera vez una mesada.

Jill Schlesinger, experta estadounidense en planificación financiera, menciona en su reciente libro "The Dumb Things Smart People Do with Their Money: Thirteen Ways to Right Your Financial Wrongs" ("Las cosas tontas que la gente inteligente hace con su dinero: trece maneras para corregir sus errores financieros"), que las investigaciones demuestran que los menores comienzan a formar hábitos financieros alrededor de los siete años.

Ella recomienda comenzar antes, entre los tres y los cinco años, mostrándoles los distintos tipos de monedas y billetes, así como explicándoles la diferencia entre las cosas que son gratuitas (como salir a jugar con sus amigos) y las que cuestan dinero (como un cono de helado).

Más adelante, se les debe explicar que para obtener ingresos es necesario esforzarse y que, para adquirir ciertas cosas, se necesita, además de tiempo y paciencia, postergar el afán de gratificación instantánea que la publicidad, las redes sociales e incluso alguna de la gente de su entorno pretende inculcarles.

Podemos estar de acuerdo o en desacuerdo con estas recomendaciones puntuales, pero está claro que existe un problema: ¿Cómo enseñar a los hijos lo que deben saber acerca del dinero si muchos padres de familia tampoco entienden correctamente cómo es el asunto y no practican hábitos sanos al respecto?

Materia obligatoria. Por esto, me parece igualmente apremiante que los centros de enseñanza, públicos y privados, conviertan la educación financiera en una materia tan obligatoria como las ciencias o la historia.

A mi juicio, un joven debería salir del colegio sabiendo cómo crear y ajustarse a un presupuesto, qué es y cómo funciona una cuenta bancaria, cómo manejar correctamente una tarjeta de crédito para evitar el endeudamiento innecesario, etcétera.

Y, por sobre todo, la repercusión de vivir conforme a sus ingresos, así como la relevancia de comenzar a ahorrar e invertir lo antes posible para mejorar su calidad de vida futura. Es urgente acabar con el analfabetismo financiero.

18 de enero de 2019

El lamentable estado de la profesión jurídica

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El reportaje publicado en La Nación del pasado 11 de enero es contundente: el 90 % de los graduados en Derecho perdió el más reciente examen de incorporación al Colegio de Abogados. Del desastroso resultado no se salvaron ni siquiera los egresados de la Universidad de Costa Rica –tradicional baluarte académico de la profesión jurídica– que no lograron alcanzar ni un 50 % de aprobación. Además, la mayoría de los candidatos ya habían hecho al menos una vez la prueba anteriormente, es decir, eran repitientes.

Causas múltiples. Las razones de tan deplorable resultado parecieran ser varias: unos lo atribuyen a aspectos psicológicos; otros consideran que el examen es memorístico y no refleja las condiciones reales del ejercicio de la abogacía. Ciertamente, el problema merece un análisis reposado y objetivo. Sin embargo, está claro que algo anda muy mal en la formación de los futuros operadores del derecho y, en lo personal, esos resultados no me sorprenden en lo más mínimo.

He ejercido la abogacía por más de 30 años, tanto en el sector público como en el privado. Durante la última década, tuve el privilegio de desempeñarme como juez hasta mi retiro y fue justamente desde esta trinchera que fui testigo presencial del palpable decaimiento de la forma como muchos abogados efectúan su trabajo, particularmente, los de más reciente incorporación. Puedo resumir los síntomas del problema en al menos tres categorías generales.

Ortografía y gramática. El profesional en derecho debe plasmar su labor fundamentalmente por escrito. Si bien durante los últimos años ha habido una migración hacia la oralidad (al menos en lo judicial), el bulto de las actividades de los abogados y notarios sigue manifestándose en forma documental. Y, en ese sentido, la experiencia diaria no deja mentir: una alarmante proporción de profesionales –no obstante haber pasado por muchos años de educación escolar, colegial y universitaria– simple y sencillamente no saben escribir correctamente.

Para ser justos, la problemática no es exclusiva de los graduados en derecho, pero en el caso de estos últimos resulta especialmente preocupante porque lo menos que debe hacer un especialista en esta materia es expresar con claridad los alegatos y reclamos de sus patrocinados.

Si ni siquiera son capaces de distinguir entre “halla” y “haya” o de emplear los signos gramaticales en forma apropiada (por mencionar solo dos ejemplos típicos), con frecuencia se torna difícil, cuando no casi imposible, entender el sentido de sus escritos y esto, evidentemente, va en detrimento de los intereses de las personas que les han confiado sus problemas legales.

Incapacidad argumentativa. Un problema aún más sensible es que muchos no poseen la capacidad de exponer, de forma ordenada, clara y concreta, cuál es la cuestión de fondo que someten a conocimiento y decisión judicial.

Aun cuando en nuestra profesión rige de forma general la máxima iura novit curia (conforme a la cual el juez conoce el derecho y las partes solo deben someter a su conocimiento los hechos), también se aplica el llamado principio dispositivo, que, en síntesis, y a pesar de algunas atenuaciones actuales, limita las potestades de decisión del juzgador a aquellas cuestiones concretas que las partes hayan sometido al debate.

Esta regla va de la mano con el principio de congruencia, conforme al cual la debida correspondencia entre lo solicitado por el actor en la demanda y lo resuelto por el órgano jurisdiccional en sentencia se constituye en una obligación procesal de acatamiento ineludible para los jueces en la resolución de las demandas formuladas.

Es así que, al analizar el fondo del asunto planteado, únicamente se revisan las alegaciones en que se sustenta la demanda. Todo lo anterior quiere decir, en términos simples, que, para que prospere un reclamo judicial, los abogados deben ser capaces de articular de forma completa y precisa sus argumentos y pretensiones, pues, de lo contrario, es imposible atenderlos positivamente; el juez o el tribunal no debe ni puede suplir oficiosamente las carencias de las partes al respecto.

Por ello, tristemente, a veces es inevitable rechazar incluso una demanda en la cual se percibe que su promovente podría tener razón en sus alegaciones, pero el abogado simplemente no supo presentar correctamente el problema planteado y qué era exactamente lo que pretendía al respecto.

Desconocimiento jurídico. Increíblemente, ciertos profesionales exhiben una ignorancia supina en el manejo de conceptos jurídicos básicos. Basta con un solo ejemplo al respecto: en el derecho público costarricense, todo jurista sabe –o debería saber– que el Estado y las entidades descentralizadas son personas jurídicas distintas, cada una con su respectivo ámbito de competencias y responsabilidades. No obstante, no mucho antes de mi retiro, me correspondió examinar un proceso en que el abogado del actor pretendía demandar al Estado por el despido del cual había sido víctima un funcionario del ICE.

Sorprendidos, los integrantes del tribunal pedimos a la parte que aclarara contra quién dirigía su reclamo, a lo cual el abogado en cuestión respondió, increpándonos por desconocer, según él, “el elemental principio del Estado como patrono único” e insistiendo en que la demanda iba dirigida contra este y no contra el ICE.

Irremediablemente, hubo que declarar sin lugar el asunto, pero al mismo tiempo se dispuso poner el caso en conocimiento de la Fiscalía del Colegio de Abogados, pues era evidente que el trabajador en cuestión se encontraba en estado de indefensión por causa de la ignorancia del profesional al que había confiado su caso, y quien seguramente le había cobrado los honorarios correspondientes.

En conclusión, el estado de la profesión jurídica en nuestro país es, hoy por hoy, preocupante. La justicia es un derecho fundamental de todos los ciudadanos. Pero no es posible aspirar a alcanzar plenamente ese ideal cuando muchos profesionales, que se supone deben hacerlo realidad para sus clientes, tienen una deficiente formación, la cual es atribuible, en algunos casos, a su propia desidia y, en otros, a la inadecuada calidad de los centros de estudios en cuyas manos pusieron su instrucción.

Pienso que el problema amerita un examen profundo, por lo cual se debe escuchar la opinión de todas las partes involucradas y tomar de inmediato las medidas necesarias.

7 de noviembre de 2018

Software de productividad recomendado

En orden alfabético:
  • Evernote: almacenamiento de notas, documentos, imágenes, etc.
  • LastPass: gestión segura de contraseñas y demás información sensible.
  • StrongVPN: protección contra ciberdelincuentes.
  • YNAB: administración de finanzas personales.

30 de septiembre de 2018

Tiempos de ajuste económico

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Son tiempos de ajuste económico, y no solamente para el gobierno, sino para todos. La realidad exige actuar en forma planificada e inteligente; tomar decisiones que protejan las finanzas personales y familiares.

Con ese espíritu, leí recientemente un libro corto, práctico y claro, titulado "You Need A Budget") ("Usted necesita un presupuesto"), donde el autor, el estadounidense Jesse Mecham, expone una metodología de administración financiera personal desarrollada por él, conocida como YNAB (por las siglas en inglés del título). Seguidamente haré una breve síntesis de este sistema, sin perjuicio de recomendar la lectura del libro completo, que está escrito para el público en general, empleando un lenguaje llano y acudiendo con frecuencia a experiencias de vida del propio autor.

El método YNAB está basado en cuatro reglas básicos, que procuraré exponer de forma adaptada al medio costarricense.

La primera se puede enunciar así: “Asígnele un trabajo a cada colón”. En esencia, este mandato implica preparar un presupuesto en el que todo –e, insisto, todo– su dinero disponible esté asignado a propósitos claros y específicos. Ello requiere efectuar un ejercicio concienzudo de definición de prioridades y distribución de montos.

El primer paso consiste en revisar sus estados de cuenta bancarios y otras reservas para precisar el monto exacto de dinero a su alcance. Luego, debe preparar una lista de gastos, comenzando por sus obligaciones impostergables (pago de servicios públicos, gastos de vivienda y alimentación, amortización de deudas, etc.), asignándoles las sumas que requieran.

Seguidamente, hay que prever el financiamiento de lo que Mecham llama “expensas reales” (que explicaré junto con la segunda regla). Después vendrán las metas a mediano y largo plazo (p.ej., compra de un vehículo, un viaje, etc.) y, finalmente, los gastos correspondientes a lo que podríamos denominar “estilo de vida” (salidas a comer, al cine y así por el estilo).

Este ejercicio se debe efectuar hasta que no quede un solo céntimo que no tenga un destino y, luego, hay que repetirlo cada vez que se reciban nuevos ingresos. De este modo, será posible orientar las decisiones de consumo futuro sobre el conocimiento de la disponibilidad real de recursos y evitar los gastos impulsivos e irresponsables.

Otros compromisos. La segunda regla es “anticipe sus expensas reales”. Este principio parte de tener claro que nuestros gastos –y, por ende, las asignaciones presupuestarias que debemos hacer– van más allá de aquellos que afrontamos quincena a quincena o mes a mes, para incluir también otros compromisos para los cuales debemos ir preparándonos con antelación. Por ejemplo, quienes posean un vehículo, deberán anticipar el ineludible pago de seguros y derechos de circulación a fin de año; los propietarios de inmuebles deben tener en cuenta los respectivos impuestos y servicios municipales, en forma trimestral; y así sucesivamente.

La idea es que, para todas estas erogaciones, se separe un monto regular, de manera que cuando llegue el momento de pagarlas se cuente con la suma completa. Lo mismo aplica para otras circunstancias imprevistas para las cuales se recomienda ir alimentando, hasta donde sea posible, una reserva de contingencia que permita minimizar el impacto de posibles sorpresas futuras.

En tercer lugar, “ajuste el rumbo”. El presupuesto no es un objeto estático e inflexible, debe enmendarse a medida que la cambiante realidad nos lo exija. Hacer modificaciones en el presupuesto no significa que uno se haya equivocado previamente, sino que tenemos la capacidad de adaptarnos a los desafíos que la vida siempre nos trae. Al igual que ocurre con la selección natural biológica, la supervivencia financiera depende de nuestra habilidad de adaptarnos al entorno y rectificar el curso en el momento necesario.

Ingresos adicionales. Finalmente, la cuarta regla es “añeje su dinero”. El método YNAB pregona la necesidad de romper el ciclo de “vivir de quincena en quincena” gastando el dinero a medida que se recibe o, peor aún, disponiendo anticipadamente de sumas que todavía no se han percibido, endeudándose por medio de préstamos o del uso de tarjetas de crédito.

De esta manera, la idea es poner en práctica toda oportunidad que se tenga para generar ingresos adicionales (p.ej., vender cosas innecesarias), así como aprovechar recursos extraordinarios (el aguinaldo, el salario escolar, quizás hasta algún premio de lotería) y reducir gastos para reforzar el presupuesto de modo que, idealmente, hacer los pagos del mes con dineros recibidos al menos un mes antes. De esta manera, en vez de tener un puñado de facturas esperando que llegue el dinero para pagarlas, se tenga un puñado de dinero esperando que lleguen las facturas.

Siguiendo en forma consistente y disciplinada estos cuatro mandamientos, el método YNAB promete ayudar a ordenar las finanzas, generar ahorro y, en última instancia, aliviar el estrés asociado a la inevitable necesidad de afrontar las obligaciones económicas que todos tenemos.

Ponerlos en práctica no será necesariamente fácil, pero ciertamente será menos difícil que afrontar esas necesidades por vías más dolorosas, como ahogarse en préstamos o afrontar elevados pagos de tarjetas. ¡Buena suerte!

31 de mayo de 2018

La nueva regulación europea sobre datos personales

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Cumplido un período de vacancia de dos años luego de su promulgación en el 2016, el 25 de mayo pasado entró en vigencia la nueva “Regulación General sobre Protección de Datos” 2016/679 (“GDPR”, por sus siglas en inglés), que rige para toda la Unión Europea (UE) y el Área Económica Europea. La GDPR, como su nombre lo indica, es una regulación y no una directiva, lo que implica que no require que los países integrantes de la UE la ratifiquen internamente, sino que es directamente vinculante. De hecho, viene a reemplazar la obsoleta Directiva de Protección de Datos que regía desde 1995. La génesis de este nuevo ordenamiento se dio en enero del 2012, cuando la Comisión Europea acordó poner en marcha un plan para una reforma global de la protección de datos en el Viejo Continente, con el propósito expreso de adecuar a Europa a la era digital.

Autodeterminación informativa. A grandes rasgos, la GDPR es una normativa sobre protección de datos personales y privacidad para todos los ciudadanos y residentes de la UE. Además, regula la exportación de dichos datos fuera de esa área. Su objetivo primario es devolver a las personas el control sobre su información personal (es decir, a garantizar el derecho fundamental a la llamada “autodeterminación informativa”), así como simplificar el entorno regulatorio para las organizaciones y empresas internacionales, ofreciendo un marco unificado a lo largo y ancho de la UE, apropiado y actualizado de frente a los desafíos que plantea la actual sociedad de la información.

En efecto, no es ningún secreto que, en lo fundamental, casi todos los aspectos de nuestra vida diaria actualmente involucran la generación, recopilación, almacenamiento y tratamiento (“minería”) de datos personales. Los gobiernos, bancos, empresas y, en general, casi todos los servicios que empleamos nos exigen suministrar nuestro nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico, datos financieros y de otros tipos, algunos de carácter sensible. Y, hasta ahora al menos (a pesar de que el tema no es novedoso, ni mucho menos), es poco o nulo el control que podemos tener sobre cómo y para qué se utiliza nuestra información.

Ya más específicamente, la GDPR contiene una serie de requerimientos relativos al procesamiento de información personalmente identificable. A partir de ahora, todos los procesos empresariales que utilicen datos personales deben estar diseñados e implementados presuponiendo una protección máxima de la intimidad, empleando técnicas de despersonalización, de manera que ninguna información pueda ser revelada externamente sin el consentimiento explícito de su titular (quien puede revocar esa autorización en cualquier momento) y que no pueda ser empleada para identificar a un individuo sin acudir a datos adicionales, almacenados separadamente.

Obligaciones impuestas. Todas las entidades que procesen datos personales deben revelar claramente qué información recopilan y cómo lo hacen, así como durante cuánto tiempo la retienen y si la comparten o no con terceros. Por su parte, las personas tienen derecho a obtener una copia de los datos en un formato común y, bajo ciertas circunstancias previstas en la normativa, pueden solicitar que su información sea suprimida, ejerciendo el llamado “derecho al olvido”. Otra importante novedad es que, ahora, tanto las autoridades públicas como las empresas cuya actividad fundamental sea el procesamiento de datos personales (como, por ejemplo, la creación de perfiles crediticios, información médica, etc.) están obligadas a tener lo que se denomina un Oficial de Protección de Datos (DPO, en inglés), quien es responsable de asegurar el cumplimiento de las nuevas disposiciones, incluyendo las acciones que se debe adoptar en caso de filtración de datos, tales como una oportuna notificación del hecho a las personas afectadas.

Solo están exceptuados de los alcances de la nueva regulación algunos supuestos puntuales, como las actividades de recolección y tratamiento de datos por motivos de seguridad nacional, policía o justicia, así como el análisis estadístico o científico o en supuestos como el procesamiento de información personal por personas físicas con motivos puramente domésticos.

Como adelantábamos, la GDPR aplica a todas las organizaciones que recopilen o procesen datos personales dentro de la UE o bien cuando dicha información se refiera a un ciudadano o residente de esa zona. Por ende, en determinados casos, afecta también a entidades o empresas ajenas a la UE, si los datos personales recopilados o procesados pertenecen o se refieren a personas situadas dentro de ella. Evidentemente, esto incluye a empresas tecnológicas internacionales muy grandes, incluyendo a las propietarias de redes sociales tales como Facebook, Twitter, Instagram, etc.

Sanciones. El incumplimiento de la GDPR puede someter a la organización responsable a una gama de posibles consecuencias y sanciones previstas, que van desde advertencias escritas en caso de la primera infracción o quebranto involuntario, hasta la realización de auditorías y la imposición de multas. Estas últimas pueden ser muy grandes, en el orden de los diez a veinte millones de euros o bien hasta un 4% de los ingresos anuales mundiales del último año financiero. Por eso, no es de sorprender que, en los últimos días, nuestros buzones de correo electrónico se hayan visto inundados de mensajes provenientes de proveedores de productos y servicios tecnológicos, declarando su cumplimiento de la GDPR.

La pregunta que finalmente cabe hacernos es si las empresas y organizaciones costarricenses que tienen negocios o realizan actividades con contrapartes europeas serán conscientes o no de los alcances e implicaciones de la GDPR. Es probable que esas últimas ya las hayan advertido oportunamente al efecto, pero si este no fuera el caso, sirvan estas líneas como una primera llamada de atención para que analicen el tema lo más pronto posible. Como lo indiqué, la nueva regulación ya entró en vigencia. Y en guerra avisada, no muere soldado.

30 de abril de 2018

Confianza en el futuro

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Vivir en comunidad, cualquiera que ésta sea, implica ser parte de un tejido o entramado social –un pacto, si se quiere– que nos une con todas las demás personas que integran esa misma comunidad, ligando nuestras suertes. Significa, como se dice comúnmente, estar todos juntos en el mismo barco. Si el barco se hunde, nos hundimos todos. Y para que el barco avance, debemos remar todos juntos.

Crear confianza. Yuval Noah Harari, en su elogiado libro del 2014, “Sapiens: Una breve historia de la humanidad”, explica con claridad que para que los primeros humanos pudieran trascender sus núcleos puramente consanguíneos (familiares) y dar paso a las primeras comunidades tribales –y, posteriormente, a formas más complejas de organización social– fue necesario que surgiera algún mecanismo que permitiera superar el temor instintivo a los extraños (“los otros”) y hacer posible la cooperación mutua, sin la cual es imposible emprender los proyectos o actividades de mediana y gran escala que definen lo que hoy conocemos como civilización. Es decir, fue necesario crear confianza.

Esa idea fundamental, tan cierta hace miles de años, sigue siendo plenamente válida hoy: las comunidades humanas, para resultar viables y posibilitar un progreso que no es posible alcanzar individual o aisladamente, necesitan estar fundadas sobre bases sólidas de confianza mutua –de buena fe, de solidaridad– lo cual implica hacer algo profundamente anti intuitivo, como lo es dejar de lado o al menos relajar nuestra instintiva suspicacia de los demás. Y ello, a como lo entiendo, exige albergar dos clases de sentimientos distintos respecto de nuestras relaciones con los demás: confianza en el presente y confianza en el futuro.

Tener confianza en el presente significa poseer el convencimiento de que las acciones que emprendemos hoy en conjunto con nuestros semejantes van a tener como resultado la satisfacción de nuestras necesidades y anhelos más inmediatos (vivienda, abrigo, comida, tranquilidad, etc.). Y tener confianza en el futuro implica manifestar la esperanza de que esas acciones además van a ir construyendo un mejor mañana para todos y para nuestros descendientes. Sin estas dos convicciones, la convivencia en sociedad tiene poco o ningún sentido.

Bases de la confianza. Pero la confianza mutua no se construye sobre la nada. Históricamente, explica Harari, se ha erigido sobre diversas bases, de mayor o menor solidez. Entre ellas se pueden encontrar, por ejemplo: la religión, el género, la etnia, la ideología y la nacionalidad. Todas éstas, a mi juicio, constituyen bases falsas y endebles. Ciertamente, rasgos como los mencionados son capaces de crear lazos de identidad entre quienes los compartan, pero también producen y perpetúan la desconfianza e incluso el odio hacia quienes no lo hagan. En efecto, todos llevan siempre implícito erigir un muro (imaginario o incluso literal) entre “nosotros” –todos los que compartimos el elemento común– y “ellos”: los infieles, el género opuesto, los desviados, los impuros, los equivocados y los extranjeros. Por ello, lo deseable –aunque, por desgracia, mucho más difícil– es buscar puntos de encuentro verdaderamente universales y construir sobre ellos los fundamentos de la vida en comunidad; factores que estén inspirados en ideales de tolerancia, compasión y entendimiento, como pretenden serlo los que se reúnen bajo el concepto de los derechos humanos.

A lo largo de la historia, los seres humanos hemos construido instituciones que persiguen cimentar tanto la confianza en el presente como la confianza en el futuro: organizaciones religiosas, estructuras de gobierno, reglas de trato social, normas jurídicas y más. Correlativamente, hemos perseguido y castigado a quienes ataquen o contradigan esos institutos, pues tales acciones conspiran directamente contra el pacto social, debilitándolo o en casos extremos incluso rompiéndolo. Ya fuere mediante el ostracismo (literal o virtual, a través de diversas manifestaciones de desprecio social) o bien mediante la imposición de otras penalidades (como la prisión), ninguna comunidad puede simplemente ignorar a las personas y a las conductas que socaven sus cimientos. Se sigue de lo anterior que, si esas bases son de los tipos que antes calificamos de falsos, las consecuencias de la represión pueden ser funestas: inquisición, discriminación, genocidio, xenofobia y un largo y doloroso etcétera.

Lo anterior no quiere decir que no deba sancionarse tales acciones: si los fundamentos de la convivencia son los correctos, entonces será de esperar que las acciones que se considere reprochables y las penalidades que se imponga por su trasgresión también lo serán. Por ejemplo, la corrupción figura en todos los ordenamientos modernos como ejemplo de conducta que lesiona gravemente la confianza pública.

Jornada electoral. En Costa Rica, recién acaba de concluir una jornada electoral intensa, pero limpia y cuyos resultados están fuera de duda, independientemente de que éstos sean o no los que cada quien esperaba. El solo hecho de haber concurrido masivamente la ciudadanía a las urnas representa una clara manifestación de confianza en el presente; esto es, en nuestra institucionalidad democrática. Pero también traduce una indudable confianza en el futuro, pues representa nuestra fe de que las autoridades electas –tanto ejecutivas como legislativas– pondrán su empeño en la construcción de un mejor mañana para todos. Esperemos que dichas autoridades sepan comprender esta responsabilidad y se desempeñen a la altura de la confianza que hemos depositado en ellas y ellos. Y, si no, como reza el juramento constitucional, que la Patria se los demande.

30 de diciembre de 2017

El gran poder de la humilde lista

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Hace varios años, durante un viaje de trabajo, llegué a la ciudad de Buenos Aires la víspera del inicio de un evento académico, tan solo para descubrir, al vaciar la maleta en el hotel, que había olvidado empacar ropa interior... Y puesto que en esos tiempos las tiendas no abrían los domingos, baste con decir que tuve que recurrir a una “solución creativa” para sortear el problema mientras lograba comprar algo. Ese día me dije que no volvería a pasar nunca más por semejante congoja, para lo cual decidí que iba a preparar y guardar una lista de las cosas que no querría volver a olvidar en otros paseos o viajes futuros.

Así comenzó mi afición por los checklists o “listas de control”. La de preparativos de viaje que comencé aquella vez y que al inicio contenía solo unas cuantas cosas básicas, ha ido creciendo y hoy es prácticamente un tratado de todo lo que podría necesitar o querer hacer antes, durante y después de cualquier tipo de recorrido, dentro o fuera del país. La mantengo en una aplicación digital, así es que cada vez que voy a salir, creo una copia específica para ese viaje y a partir de allí comienzo metódicamente a realizar e ir tachando cada una de las acciones necesarias, para así asegurarme de no olvidar nada y que todo salga bien de principio a fin.

Podrían ustedes estar pensando que todo esto raya en lo obsesivo y hasta cierto punto tendrían razón, porque el incidente de la ropa interior suena como algo menor o cómico y seguramente lo es. Pero imaginen por un momento un escenario muy distinto, en el que lo que quedó olvidado fue, por ejemplo, un medicamento imprescindible y que no sea posible adquirir en el lugar de destino o bien algún documento del cual dependía el negocio que era el objetivo del viaje. En esos casos, la cosa deja de ser graciosa y puede convertirse en muy, muy seria.

Crear una lista de control pareciera, a primera vista, algo que uno no necesitaría hacer con frecuencia. Pero la verdad es que están en todas partes y se utilizan para las tareas más básicas, como preparar un platillo de cocina o ir de compras al supermercado, hasta para las más complejas, como completar una fusión corporativa o lanzar un satélite al espacio. Son una herramienta de eficiencia, productividad y seguridad tan importante que se ha escrito numerosos libros y manuales sobre sus virtudes. Entre ellos y por citar solo uno, destaca “The Checklist Manifesto” (“El efecto checklist”), por el médico estadounidense Atul Gawande (primera edición 2009).

Las listas de control procuran, en esencia, ayudar a evitar los errores que son propios de nuestra humana falibilidad. Nuestros cerebros, por asombrosos que sean, no son capaces de garantizar que, ante un problema determinado, podamos recordar y realizar todas las acciones necesarias para enfrentarlo y resolverlo de la manera más efectiva, porque estamos inevitablemente expuestos a olvidos y omisiones que pueden traer graves consecuencias. La energía mental no es un recurso ilimitado. La necesidad de estar tomando constantes decisiones puede llevar a experimentar lo que se conoce como “fatiga de decisión”, sobre todo al final del día. Las listas de control ayudan a hacer más eficiente el uso de esa energía, ahorrando tiempo en la toma de decisiones repetitivas o bajo condiciones de presión o estrés; por ejemplo, cuando está por vencer un plazo o se presenta alguna emergencia.

Una lista de control es una enumeración completa de los elementos o insumos necesarios para tratar de asegurar un resultado determinado. Cuando esos elementos aparezcan ordenados y deban ser cumplidos secuencialmente, la lista se convierte en un “protocolo” o –como también se les conoce en el mundo organizacional– un “procedimiento operativo estándar”. Piensen en los chequeos que realizan los pilotos de un avión antes de despegar o en los que realizan los equipos médicos antes y después de una cirugía, de los que podrían depender la vida del paciente.

Pero, además, una lista es un repositorio de conocimiento adquirido (“know-how”). En este sentido, mi lista de viajes y paseos ha ido creciendo a medida que sucesivas experiencias me han llevado a irla aumentando y refinando. En las diversas organizaciones, facilitan el aprendizaje de las personas de nuevo ingreso y aseguran que no se pierda el conocimiento de las que se van.

Ya sea en papel y lápiz o bien por medio de las muchas aplicaciones que existen para computadora o dispositivos móviles, la práctica de ir creando y mejorando listas personales sin duda le puede ayudar a aumentar la eficiencia de las diversas tareas del quehacer diario. Recomiendo altamente cultivar este hábito.

Muy feliz y productivo año nuevo 2018.

5 de agosto de 2017

Aprobado convenio europeo contra la ciberdelincuencia

Este artículo apareció en la sección "Página Quince" de La Nación de hoy (ver publicación).

En el Alcance Nº 161 a La Gaceta Nº 125 del pasado 3 de julio, aparece publicada la ley Nº 9452 del 26 de mayo del 2017, por medio de la cual se aprueba la adhesión de Costa Rica al “Convenio Europeo sobre Ciberdelincuencia” (en lo sucesivo “CEC”), hecho en Budapest el 23 de noviembre del 2001. El texto rige a partir de su publicación.

El proyecto de ley tenía varios años en trámite en la Asamblea Legislativa. Tal y como lo expuse en su momento en estas mismas páginas (La Nación, 10/9/12), el CEC es el primer tratado multinacional diseñado para combatir el creciente problema de los delitos informáticos; especialmente en los campos de la propiedad intelectual, los fraudes electrónicos, la pornografía infantil y las violaciones a la seguridad de las redes.

Su principal objetivo es aplicar una política penal común encaminada a la protección de la sociedad contra la ciberdelincuencia, mediante la adopción de una legislación adecuada y el fomento de la cooperación internacional.

Entró originalmente en vigor el 1 de julio del 2004, cuando se alcanzó el mínimo de cinco Estados-parte necesarios para ese propósito y desde entonces quedó abierto a la adhesión de los Estados no europeos que sean invitados a suscribirlo.

Fue así como el Comité de Ministros, en el curso de la reunión de delegados del 31 de enero de 2007, invitó a Costa Rica a integrarse, proceso que –como se puede ver– tardó diez años en completarse. Es justo mencionar, sin embargo, que fue en el 2004, durante el gobierno del presidente Abel Pacheco, que por primera vez se expresó oficialmente el interés de nuestro país de lograr la adhesión.

Comparecencia. El 20 de junio del 2013, durante el trámite de la ley recién promulgada, tuve el privilegio de comparecer ante la Comisión Permanente de Relaciones Internacionales de la Asamblea Legislativa para referirme al CEC.

En esa oportunidad expliqué a las señoras y señores diputados que el Convenio solamente comprende una serie de estándares mínimos para los Estados-parte, a modo de guía para legislar; es decir, cada país miembro puede decidir si desea aplicar políticas más severas o adoptar una legislación más amplia en relación con la materia que la que establece el convenio. Pero, dije entonces, el CEC no es una “ley-tipo” o modelo y no es autoaplicativo, de manera que, una vez aprobado, se debe entrar en un proceso cuidadoso de armonización de la legislación interna para implementarlo plenamente en nuestro ordenamiento jurídico. A este efecto, recomendé la unificación del tratamiento de los delitos informáticos en un único cuerpo normativo (a saber, el Código Penal), para evitar la dispersión que se viene dando en diferentes textos, tales como el Código Tributario y la Ley General de Aduanas.

En otras palabras, la aprobación del tratado por parte de nuestro país no es el punto final del proceso, sino el inicio de una nueva etapa de ajustes.

En adición al convenio en sí, la ley 9452 contiene tres cláusulas interpretativas que hace Costa Rica respecto del CEC. En la primera, relativa a los delitos contra la propiedad intelectual, se hace la salvedad de que no será punible el uso que se haga de obras literarias o artísticas por medios digitales, cuando ello sea sin fines de lucro y para propósitos de enseñanza.

En la segunda, se excluye la posibilidad de extraditar a costarricenses hacia otros países, por la comisión de delitos informáticos.

Punto de contacto. Finalmente, en la tercera, referente a la obligación que tiene cada Estado miembro de designar un “punto de contacto” que pueda prestar asistencia inmediata a los demás en la realización de investigaciones o recolección de pruebas en esta materia, nuestro país designó genéricamente “al Poder Judicial”.

Esto supone la necesidad de que las autoridades judiciales nacionales determinen, a su vez, cuál de sus dependencias asumirá esta delicada función, para la cual, conforme al CEC, se debe contar con la preparación técnica y el equipo necesario, así como una disponibilidad de 24 horas al día, los siete días de la semana.

El ingreso de Costa Rica al CEC, como se puede ver, representa un importante avance normativo pero que, a la vez, exige de acciones concretas adicionales para asegurar la plena observancia de los compromisos que contiene.

3 de julio de 2017

Entra en vigencia Convenio sobre la ciberdelincuencia

En el Alcance Nº 161 (documento PDF) a La Gaceta Nº 125 del día de hoy, aparece publicada la ley Nº 9452 del 26 de mayo del 2017, por medio de la cual se aprueba la adhesión de Costa Rica al "Convenio sobre la ciberdelincuencia", hecho en Budapest el 23 de noviembre del 2001. Rige a partir de su publicación.