6 de julio de 2012

Apoyo al proyecto de reforma sobre Estado laico

Comunicado de prensa del "Movimiento por un Estado Laico en Costa Rica":
"El pasado miércoles 27 de junio 15 diputados y diputadas de diversas fracciones parlamentarias presentaron a la corriente legislativa un proyecto de reforma constitucional para eliminar el carácter confesional del Estado costarricense.

Siendo que la demanda social a favor de la laicidad ha crecido significativamente en los últimos años, valoramos como un notable avance que los diputados y diputadas decidan impulsar dicha reforma y promuevan así este debate dentro del Primer Poder de la República.

En nuestra opinión, estos diputados y diputadas han cumplido con su función como representantes del pueblo, al brindarle la importancia debida al vínculo entre laicidad y democracia.

Entendemos que las reformas constitucionales requieren pasar por un complejo proceso definido reglamentariamente. Esperamos que este trámite pueda ser aprovechado para enriquecer el diálogo ciudadano con respecto a la libertad de conciencia, la libertad de culto, la democracia, los derechos humanos y la vida cívica en un mundo plural.

Consideramos indispensable que todas aquellas personas interesadas en construir un espacio de diálogo acerca del Estado Laico, defiendan el compromiso con las reglas elementales del sano debate: la honestidad, la escucha y la disposición a mirar con criticidad las posturas propias y ajenas.

De igual forma, consideramos que las condiciones actuales son óptimas para que el debido proceso parlamentario, que le corresponde a esta reforma constitucional, se desarrolle sin obstáculos.

Instamos a toda la ciudadanía para que se informe y participe."

2 de julio de 2012

La falacia de la "defensa del matrimonio"

Este artículo apareció en la sección "Página Quince" de La Nación de hoy (ver publicación)

La oposición a las propuestas legislativas que buscan reconocer el valor legal de las uniones civiles de personas del mismo sexo tiende a girar en torno a un argumento central: el de que aprobar dichas uniones constituye una amenaza al matrimonio. El argumento, en realidad, no resiste siquiera a un análisis superficial.

Las uniones civiles solo podrían representar una amenaza al matrimonio tradicional si se tratara de alternativas o escogencias contrapuestas y excluyentes. Eso es obviamente falso, pues tienen "poblaciones meta" -si se me permite la expresión-completamente diferentes. Así pues, dar validez legal a las uniones civiles no hará que las parejas heterosexuales dejen de casarse por la vía tradicional, ni provocará que los matrimonios ya existentes se disuelvan.

Estos falsos temores ya han sido enarbolados en el pasado para oponerse al matrimonio civil, a la legalización del divorcio y al reconocimiento de los efectos de las uniones de hecho (todos los cuales podría decirse que sí son verdaderas opciones contrapuestas al matrimonio tradicional). Sin embargo, lo cierto es que esas tres alternativas llevan ya largos años de existir, sin que el matrimonio tradicional haya desaparecido. Así pues, el alegato de "la defensa del matrimonio" carece de toda seriedad y es claramente falaz.

Desde luego, existen múltiples otros "argumentos" que se usa contra las uniones civiles, a veces explícitamente y otras veces de manera solapada. Por ejemplo, hay quienes piensan que fomentan la homosexualidad, es decir, que provocan que personas que antes eran heterosexuales se "cambien de equipo". Como si la atracción hacia personas del mismo sexo fuera una especie de enfermedad infecto-contagiosa. Alguien escribió, con toda razón, que ese argumento es tan absurdo como creer que andar con personas altas hace que uno crezca. O creer que, en el minuto mismo en que se apruebe una ley así, nuestras esposas inmediatamente volverán a ver a la casa del lado y dirán: "¡Hey, no me había dado cuenta de que la vecina está buena!"

Y por supuesto, está también el alegato de que las uniones civiles van "contra la palabra de Dios". Pero esto evidentemente no es más que el deseo de imponer las creencias personales a la forma en que otras personas deciden vivir sus vidas. Dichosamente, a estas alturas, la mayor parte de la humanidad ha aprendido a utilizar su propio discernimiento para apreciar cuáles partes de la denominada "palabra de Dios" contienen preceptos morales valederos y cuáles, por el contrario, resultan francamente inmorales. Eso es lo que hace que ya no ofrezcamos sacrificios animales a Dios o que consideremos impuras a las mujeres que tienen su período menstrual.

Por mi parte, creo firmemente que las personas estamos en este mundo para ser felices y que el camino hacia esa felicidad lo construye cada quien de la forma que quiera hacerlo, siempre que no dañe injustamente a otros. También creo que aun cuando yo pueda estar en desacuerdo con lo que hagan, lo que otras personas adultas decidan hacer libre y conscientemente con su vida íntima no es de mi incumbencia ni de la de nadie más (especialmente de la Asamblea Legislativa).

Hace seis años escribí aquí mismo ("Matrimonio y Estado", LN del 30/5/2006) y ahora repito: "Está muy bien que los cultos religiosos doten a las uniones matrimoniales de las características y requisitos que deseen. Está bien, incluso, que aspiren a reservar la palabra 'matrimonio' solo para esos vínculos, puesto que ese es su origen histórico. Pero más allá de la semántica, nada obliga a que el Estado deba brindar tutela jurídica solo a aquellas formas que una religión cualquiera estime como aceptables."

Dotar a las uniones civiles de efectos legales que permitan a estas personas encontrar su felicidad personal, con pleno respaldo jurídico para lo que juntos o juntas vayan construyendo a través de los años, es una cuestión de elemental justicia social. Los costarricenses tenemos la oportunidad de hacer historia, aquí y ahora, avanzando en la construcción de una sociedad más justa e inclusiva. Todo lo que se requiere es empatía y valor.

26 de junio de 2012

Presentarán nueva iniciativa para un Estado laico en Costa Rica


"Diputados del Partido Acción Ciudadana, Movimiento Libertario, PUSC y Frente Amplio, se unieron para revivir la discusión que busca convertir a Costa Rica en un Estado Laico, es decir, que no tenga religión oficial. La propuesta busca modificar el artículo 75 de la Constitución Política para eliminar el carácter oficial de la religión católica en Costa Rica." (fuente: Radio Reloj).

El acto de presentación del proyecto tendrá lugar mañana, miércoles 27 de junio, a las 10:00 a.m.


15 de junio de 2012

Reglamentan La Gaceta digital

En La Gaceta N° 113 del pasado 12 de junio en curso, aparece publicado el decreto ejecutivo Nº 37159-G del 14 de mayo del 2012, que adiciona un Capítulo III, denominado "La Gaceta Digital", al Reglamento de ese diario oficial, decreto ejecutivo N° 26651-G de 19 de diciembre de 1997. En la normativa se reafirma la validez legal y equivalencia funcional del diario electrónico al físico, conforme a la ley N° 8454.

5 de junio de 2012

SUGEF habilita expediente crediticio en línea

"La Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) anunció este martes la habilitación del 'Reporte crediticio al ciudadano', que consiste en un sitio en Internet en donde las personas físicas (no empresas) tiene la posibilidad de consultar su información crediticia en las entidades del sistema financiero nacional."

Para acceder al sitio, ubicado en https://cic.sugef.fi.cr/cic_ciudadano, se requiere poseer un certificado de firma digital. Así se informa hoy en el sitio web de El Financiero.

30 de mayo de 2012

Poder Judicial publica compendio sobre procesos electrónicos

Boletín del Departamento de Prensa y Comunicación del Poder Judicial:
"Facilitar el conocimiento sobre el uso de la tecnología de información como herramienta en los procesos judiciales, es el principal objetivo del compendio 'Procesos Electrónicos.'

El Lic. Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Magistrado de la Sala Primera y promotor del compendio dijo que el documento reúne todas las normas, reglas, directrices y jurisprudencia que se ha dictado dentro del Poder Judicial, para autorizar y regular el uso de las tecnologías en la recolección de pruebas de forma digital, dictar sentencias oralmente, lograr celeridad y permitir de esa forma una mayor calidad de justicia, la cual nos exigen los costarricenses.

El documento posee 158 páginas y se ha dividido en cuatro grandes grupos: Normativa, Jurisprudencia, Ensayos y Derecho Comparado.

Dentro de la Normativa podrán encontrar, por ejemplo, la Ley de Certificados y Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, la cual viene a ratificar lo realizado tiempo atrás por el Poder Judicial, cuando inició la transformación de procesos, pasando del papel a lo electrónico, basados en lo regulado en el Art. 6 de Bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Posteriormente se respaldó lo indicado en ese artículo mediante lineamientos que fueron incorporados dentro de la Ley de Notificaciones y en el Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Jurisdicción Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, todo esto llevó a que recientemente se aprobara el 'Reglamento sobre Expediente Electrónico ante el Poder Judicial' .

En lo que respecta a la Jurisprudencia, se presentan resoluciones completas o bien extractos de éstas, en donde se han tratado asuntos relacionados con las tecnologías de información, el acceso a Internet, así como cuestionamientos en cuanto al uso de la tecnología de información como herramienta en los procesos judiciales.

En el apartado de Ensayos, se cuenta con artículos elaborados por Magistrados de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, Luis Guillermo Rivas Loáiciga y Román Solís Zelaya, punto de vista normativo, temas como el 'Acceso a la Información de los Registros Judiciales' y el 'Uso de la Videoconferencia en Procesos Judiciales'.

En el último apartado denominado 'Derecho Comparado' podrá encontrar diferentes normativas internacionales, relacionadas con estos temas, como por ejemplo legislación y jurisprudencia promulgada en diferentes países iberoamericanos.

El compendio esta disponible en la página principal del Poder Judicial: www.poder-judicial.go.cr. Se espera que muy pronto este listo una segunda edición con otras normas sobre el mismo tema."

18 de mayo de 2012

Médicos, dentistas y abogados deben dar factura electrónica

"Los médicos, dentistas, abogados y demás profesionales liberales deben ir pensando en cambiar su sistema de facturación, pues este mismo año la Dirección General de Tributación haría obligatorio el uso de la factura electrónica."

En La Prensa Libre de hoy.

17 de mayo de 2012

OIJ implementa firma digital masivamente

Del comunicado de prensa distribuido esta tarde:
"Amparados en la Ley 8454 de 'Certificados, firmas digitales y documentos electrónicos', recientemente el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) adquirió 368 certificados para el uso de la firma digital en documentos legales. Actualmente las jefaturas de las diferentes secciones, unidades, departamentos y oficinas, así como la totalidad de los peritos de los diferentes campos, cuentan con esta valiosa herramienta, que asegura la autenticidad de los documentos legales, dirigidos a cualquier instancia en nuestro país de manera electrónica.

La firma digital permite además que los trámites realizados por los servidores y servidoras del OIJ sean más rápidos y eficientes, ya que por ejemplo, los peritos al terminar un dictamen, en cualquier campo como patología, huellas, delitos informáticos y otros, lo remiten inmediatamente vía electrónica con la firma digital incorporada y el documento estaría llegando al destinatario en segundos, lo cual evita la pérdida de tiempo, como lo es el del sistema de correo convencional, que se ha utilizado hasta el momento, en el cual, un documento tarda días en llegar.

Por otro lado, un investigador no deberá trasladarse desde una delegación regional a otra zona lejana, para realizar los trámites sino, que, con la firma digital lo podrá hacer vía electrónica, como por ejemplo las solicitudes de allanamiento, o reporte a los jueces de capturas realizadas, entre otros. Estos trámites tendrán la autenticidad, confiabilidad y seguridad que brinda este sistema de firma.

Según el Lic. Jorge Rojas Vargas, Director General del OIJ, '... la adquisición de estos certificados para el uso de la firma digital, es parte de la línea de modernización en tecnología de la policía judicial, lo cual nos pone al más alto nivel de las instituciones públicas. Y todo esto también es parte de la lucha por realizar nuestra labor de una manera más eficiente para combatir la criminalidad...'

El Director manifestó que '... con sólo un clic, un documento llega a una autoridad judicial, en cualquier lugar del país, de manera segura en un tiempo record. Nos olvidamos de la espera de días para que un correo postal llegue hasta el destinatario, lo cual atrasaba la administración de justicia. Actualmente hay trámites que tardan muchos días, por el tiempo que se invierte en que los documentos lleguen a su destino...'

Ley 8454

Según el artículo 9 de la Ley de Certificados, firmas digitales y documentos electrónicos, 8454, 'Los documentos y las comunicaciones suscritos mediante firma digital, tendrán el mismo valor y la eficacia probatoria de su equivalente firmado en manuscrito. En cualquier norma jurídica que se exija la presencia de una firma, se reconocerá de igual manera tanto la digital como la manuscrita...'

Como reza en la página web del Banco Central de Costa Rica, '... Con fundamento en esta ley el Banco Central de Costa Rica constituyó una Autoridad Certificadora para la emisión de certificados de firma digital para personas físicas (CA SINPE - Persona Física) que pertenece a la Jerarquía Nacional de Certificadores Registrados y está autorizada por la Dirección de Certificadores de Firma Digital del Ministerio de Ciencia y Tecnología (MICIT) que es el ente responsable de la administración y supervisión del sistema de certificación digital...'

Esta entidad bancaria ha definido la firma digital como un '... conjunto de datos asociados a un documento electrónico, que permite identificar al firmante
(autoría), verificar la integridad del mensaje y vincular jurídicamente al actor con el documento...'

Es así como la firma digital se convierte en el OIJ en una herramienta eficaz y segura para la eficiente tramitación en las investigaciones."

26 de abril de 2012

Crean "Día nacional contra la homofobia, la lesbofobia y la transfobia"

Según decreto ejecutivo N° 37071-S del 9 de marzo del 2012, publicado en el Alcance N° 53 a La Gaceta N° 81 de hoy (documento PDF, 360 kb), se declara el día 17 de mayo de cada año como el "Día Nacional contra la homofobia, la lesbofobia y la transfobia". Asimismo se instruye a las instituciones públicas para que difundan ampliamente los objetivos de esta conmemoración, así como facilitar, promover y apoyar las acciones orientadas a la erradicación de la homofobia, la lesbofobia y la transfobia.

De esta forma se sustituye y complementa el "Día Nacional contra la homofobia" que había sido previamente creado mediante decreto ejecutivo N° 34399-S, del 12 de febrero del 2008.

18 de abril de 2012

Cobro de timbre fiscal se digitaliza

Hoy aparece publicado, en La Gaceta N° 75, el decreto ejecutivo Nº 37054-H de 24 de febrero del 2012, por medio del cual se autoriza al Banco Central de Costa Rica para que establezca el cobro del Timbre Fiscal por sistemas digitales que inmaterializan los timbres o estampillas, como una medida opcional para los administrados, sin perjuicio de que se continúe ejecutando el cobro por los sistemas tradicionales.