16 de enero de 2008

Amenazado el dominio científico de Estados Unidos

De acuerdo con un reportaje aparecido hoy en el New York Times, el dominio científico a nivel mundial de los EE.UU. se encuentra seriamente amenazado a mediano y largo plazo. Entre otras deficiencias, destaca el reporte del National Science Board que muchos estadounidenses desconocen principios científicos básicos de la física y la biología, especialmente los relativos al Big Bang y a la evolución. Asimismo, son incapaces de responder correctamente cuando se les pregunta si la Tierra gira en torno al Sol. “Estas diferencias probablemente indican que muchos estadounidenses mantienen creencias religiosas que los tornan escépticos frente a ideas científicas establecidas, a pesar de que poseen una familiaridad básica con esas ideas” (traducción libre mía).

15 de enero de 2008

"Estafas nigerianas", ahora en español

Imagino que, a estas alturas, casi todo mundo debe saber de las tristemente célebres “estafas nigerianas” (así llamadas aunque, en realidad, no solo proceden -real o simuladamente- desde Nigeria). Lo que para mi era desconocido, hasta hoy, era ver llegar a mi bandeja de entrada mensajes de este tipo que vienen redactados en español (si es que puede tildarse de español lo que, evidentemente, no es más que una de esas pésimas traducciones informatizadas). Así es que decidí compartir con ustedes el primer correo de esta clase que me llega, con el fin de:
  • Alertarlos acerca de esta nueva variante de la maniobra fraudulenta. Y,
  • Que se rían conmigo de la ridícula traducción (¡atención al “buen hígado” de mi colega Agbo!) y del patético intento de reclutarme en el esfuerzo por salvar la buena alma cristiana del oficial Chiffone.

Aquí va, verbatim:

De: badou01 [mailto:badou01@orange.nl]
Enviado el: martes, 15 de enero de 2008 8:06
Asunto: Mis Saludos

Mis Saludos Soy el Sr. NOEL Chiffone, antiguo policía a Isla Mauricio. Durante mi carrera de policía, tuve que efectuar tráficos ilegales en el ámbito de la droga y las armas. actualmente allí, todas mis transferencias bancarias se hacían en mi cuenta bancaria en un país del África el occidental llamada el Benin con ayuda del ex Presidente de la República General ‘MATHIEU KEREKOU’ que a cada transferencia tenía su porcentaje.

A raíz de mi estado crítico debida al cáncer de pulmón, me aconsejado por el padre de mi iglesia después de confesión hacer una caridad con una gran parte de este fondo del que dispongo en este banco Beninoise a diferentes personas en casi todo el país del mundo para que el señor perdone mis pecados.
Por ello me sirvo del neto para contactar el afortunados que se beneficiarán gratuitamente de un cheque de 85.000.00€ (Ochenta y cinco miles Euro) del que formaron parte. En nombre del señor creativo del cielo y la tierra, esta suma les ayudará a regular una buena parte de sus problemas financieros.

Les anuncio que tuve que contactar a un abogado financiero del benigno del nombre de ME AGBO. Este último que tenía un buen hígado tuvo a firmó un contrato de acuerdo de asociación financiero con mi. Les anuncio que a no habrán pagado su salario honorario en anticipo ya que se dijo al numero 05 de la página 03 del contrato que: 05- las tarifas total de los honorarios de curso ascenderán a 650€ y no deben pagarse por el beneficiario después de la recepción del cheque y el intercambio entre los dos bancos.

Les ruego que se ponga en contacto con este abogado del nombre de ME AGBO Roger en BENÍN para reclamar su cheque ya que voy para los EE.UU a partir de esta noche para seguir mis cuidados. En nombre de Dios creativo del cielo y la tierra, les ruego acepten esta subvención que les ofrezco del fondo del c?ur ya que fui aconsejado por el cura de la iglesia ‘CATÓLICA’ de PORT-Luis.
ME AGBO
Mail de mi avocat:cabinetagbo@yahoo.fr
Muy sinceramente”

De antología, ¿verdad? ;-)

25 de diciembre de 2007

El "Manifiesto introvertido"

Artículo publicado en la sección "Página Quince" del diario La Nación (ver publicación original).

En marzo del 2003, Jonathan Rauch se convirtió -seguramente sin querer- en una celebridad menor, cuando el diario “The Atlantic” publicó un artículo suyo titulado “Cuidando de tu introvertido”. En él explica que los introvertidos, a pesar de ser comunes, son, aun así, probablemente el más malentendido y agraviado colectivo del mundo.

Quiero decir, “somos” (porque tal vez sea buena idea seguir el ejemplo de Rauch y "salir del closet" de una buena vez por todas).

Hay que dejar claro desde ya que, contrario al estereotipo común, los introvertidos no somos necesariamente tipos malhumorados ni tímidos, sino que procesamos la información y reaccionamos de modo distinto a los demás. Al no comprender esto, hay un serio peligro de que usted, sin querer, esté volviendo loca o loco a algún introvertido cercano.

Dice Rauch que Sartre -otro destacado introvertido- definía al infierno como otras personas durante el desayuno. Porque los introvertidos a veces huimos de la compañía ajena, que encontramos frecuentemente insufrible. Esto no es antisocial, ni señal de depresión, ni requiere de medicamentos. Es solo que, para nosotros, estar a solas es una forma de recargar las baterías, como dormir o comer.

La gente extrovertida no puede vivir sin una multitud a su alrededor. Como dice el autor con aguda precisión, Deje a un extrovertido solo por dos minutos y lo verá buscar su celular. Los extrovertidos son absolutamente incapaces de entender a los introvertidos, mientras que para éstos es lo más fácil del mundo analizarlos a ellos, porque el extrovertido hace imposible no fijarnos en él o ella a medida que despliega su ruidosa interacción con el resto del mundo. Los extrovertidos, dice Rauch, son tan inescrutables como un cachorrito. Suponen que la compañía ajena, especialmente la de ellos, es siempre bienvenida. No logran explicarse por qué alguien querría estar a solas. La mera idea los ofende.

El problema es que los extrovertidos dominan la política y, por ende, los cargos de elección popular. Como dice el autor, esto es una lástima. Si los introvertidos gobernáramos el mundo, sería sin duda un lugar más calmado, más cuerdo y más pacífico. Los introvertidos observamos y analizamos; los extrovertidos hablan a todo pulmón por teléfono en el cine, con la boca llena de palomitas. Los introvertidos somos conductores confiables; los extrovertidos provocan colisiones de tránsito al tratar de brincar las presas para ponerse de primeros en la fila.

Los extrovertidos también dominan la vida social, lo cual -digo yo- también es una lástima. Nada más vean esos espacios televisivos sobre la vida y milagros de “los faranduleros”. ¿Necesito decir más?

Es cierto que los introvertidos a veces proyectamos un aire de arrogancia. Supongo, dice Rauch, que esto se debe a que somos más inteligentes, más reflexivos, más independientes, más mesurados, más refinados y más sensibles que los extrovertidos. Tendemos a pensar antes de hablar, mientras que ellos piensan hablando, y por eso sus reuniones nunca duran menos de seis horas.

Si para un hombre es duro ser introvertido, Rauch sostiene -y sospecho que con razón- que debe ser doblemente duro para una mujer, que atraerá calificativos de “rara”, “solitaria” o “nerda”.

Los extrovertidos no saben el tormento que ocasionan. A veces nos asfixia su cháchara 98% desprovista de contenido y nos preguntamos si siquiera se escuchan a si mismos. El problema es que decirlo se consideraría grosero, porque, naturalmente, las reglas de etiqueta han sido escritas por los extrovertidos. Quizás algún día sea posible decir Soy introvertido. De veras creo que sos una gran persona. Pero, por favor, callate.

Y por eso concluye Rauch recomendando que la próxima vez que vea a un introvertido sumido en sus pensamientos, no le pregunte si le pasa algo malo. De seguro estará ideando algo que hará al mundo mejor.

De hecho, mejor no diga nada.

1 de diciembre de 2007

Libertad religiosa para todos por igual

Artículo publicado en la sección "Página Quince" del diario La Nación (ver publicación original).

Un artículo mío del 18/9/07 desató una cadena de comentarios de quienes afirman o niegan la existencia de Dios, cuyo previsible resultado es que ninguno de los bandos convence al otro. Confío, aun así, que lo que voy a decir sea de completa satisfacción para todos.

Lo bonito de la libertad (religiosa y de expresión) es, justamente, que haya espacios para debatir sobre el tema, aunque el resultado sea quedar de acuerdo en seguir en desacuerdo. Lo que muchos no perciben es que disfrutar esa posibilidad no ha sido constante a través de la historia. Ha habido -y hay- lugares y épocas en que discutir sobre si Dios existe puede poner en peligro la vida o la libertad. En pleno siglo XXI, hay países donde quienes escriben para defender a su Dios (¡y ni hablar de los que escriben para lo contrario!) se ven perseguidos y agredidos por autoridades políticas o por fanáticos. En consecuencia, los dos bandos (creyentes y escépticos), al menos deberían coincidir sobre la importancia de preservar y profundizar el derecho de discutir libremente a favor de su punto de vista.

¿De quién debemos defender la libertad de creer o no creer? Por un lado, del Estado; y, por otro, de los demás.

En cuanto al Estado, no debe haber duda del peligro de que el poder político utilice sus recursos (materiales o jurídicos) para influir sobre el derecho de las personas a decidir libremente sus convicciones religiosas. Basta con mirar a los regímenes teocráticos de ayer y de hoy, o a los que han hecho más bien de la antirreligiosidad su programa de gobierno, para apreciar la importancia de mantener separados Estado y religión. En un régimen de libertad, decidir sobre las propias creencias debe ser un derecho soberano de cada persona, sin ingerencia de la autoridad.

En cuanto a los demás es similar: nadie debe sufrir presión (de familia, amigos, vecinos, compañeros, etc.) para adoptar o cambiar sus convicciones. El derecho de practicar o no un credo religioso termina donde empieza el de los demás a hacer lo mismo. Aquí la intervención del Estado sí se justifica, sin terciar a favor o en contra de alguna posición, para proteger la posibilidad de que cada uno de tomar su decisión y luego practicarla sin estorbo.

¿Qué impide que esto, a pesar de lo razonable que suene, sea plena realidad en Costa Rica? Para comenzar, el artículo 75 de la Constitución, que asigna al Estado una confesión y lo autoriza a aplicar recursos públicos para favorecerla. Si usted es católico, seguro no querría que sus impuestos favorezcan -digamos- el culto de Buda. Pues eso mismo sienten quienes no son católicos -que, según algunos, podrían constituir casi la mayoría de la población- por el hecho de que el texto actual dispone ese favorecimiento expreso.

Por eso, creo que todos podemos coincidir en que la mejor manera de que se respete nuestra elección, sea la que sea, es que se respete la de todos por igual, sin favorecer o desfavorecer a nadie, sujeto -eso sí- a que la posición elegida respete los derechos humanos básicos (o sea, nadie podría tener derecho a practicar un culto que defienda la trata de personas, el genocidio, etcétera).

En vez del absurdo y anacrónico texto actual, me parece que la Constitución podría decir así:

“Artículo 75.- Toda persona es libre de profesar un credo religioso compatible con los derechos humanos, o bien de no profesar ninguno. El Estado velará por el respeto de esa elección, así como de la libertad de practicar actos de culto individualmente o en grupo, conforme a la ley, siempre que se respete el orden público y los derechos de terceros.

El Estado, sus instituciones y los funcionarios públicos -cuando actúen en calidad de tales- no podrán emitir actos o normas, destinar ninguna clase de recursos, manifestarse públicamente o realizar otras conductas que impliquen tomar partido a favor de un credo religioso en particular.”

¿No suena eso perfectamente razonable?

Notas posteriores:

  • En La Nación del 29/12/2007 aparece una respuesta a este artículo, suscrita por el Lic. Jorge A. Fallas Moreno. Véase, además, mi artículo "Nada tan lastimero", en este mismo sitio.
  • 28/9/2008: Luego de meditar y de recibir comentarios sobre la redacción propuesta, le he introducido algunos ajustes que la enriquecen y acercan a los compromisos internacionales adquiridos por el país en el terreno de los derechos humanos. Queda, pues,como sigue:

    "Artículo 75.- Toda persona es libre de adoptar y profesar un credo religioso que sea respetuoso de los derechos humanos; o bien de no adoptar ninguno. El Estado velará por el respeto de esa elección, así como de la libertad de las personas de realizar actividades de culto y de enseñanza, individualmente o en grupo, todo conforme a la ley y siempre que se respeten el orden público y los derechos de terceros.

    El Estado, sus instituciones y los funcionarios públicos -cuando actúen en calidad de tales- no podrán realizar actos, dictar normas, efectuar nombramientos, destinar ninguna clase de recursos, manifestarse públicamente o desplegar otras conductas que tiendan a favorecer o desfavorecer a algún credo religioso, que se fundamenten explícitamente en un credo religioso o que conculquen las libertades a que se refiere el párrafo anterior."

    (Gracias a Hugo Mora por las sugerencias gramaticales que ayudan a clarificar el sentido de la propuesta.)

1 de noviembre de 2007

Inventario de normativa costarricense sobre derecho informático

[Este artículo pasó a convertirse en una sección independiente de mi blog. Puede accederlo desde el enlace que encontrará en la parte superior de la página, o bien haciendo clic aquí.]

12 de octubre de 2007

Naty solo cambió de casa

Artículo publicado en la sección "Página Quince" del diario La Nación (ver publicación original).

En la madrugada del 7 de octubre, un hombre al que perseguían las autoridades se saltó una señal de alto y, además de herir a otros dos, mató a tres jóvenes, incluyendo a Natalia, hija de mis amigos Alejandro Trejos y Ana María Sánchez.

Naty, que conocí desde el día en que nació, era prácticamente una niña aun. Rebosante de energía, cursaba sus primeros estudios universitarios, hermosa etapa de la vida en la que, por coincidencia, fue también aquella en la que su padre, “el Flaco” y yo nos conocimos hace casi treinta años.

No puedo imaginar el dolor que atraviesa en estos momentos a la familia y amigos de Naty, pero imagino que debe ser algo similar a lo que experimenté aquel lejano día en que escuché que mi padre había muerto. Veinticuatro años después, recuerdo vívidamente esa mezcla de sentimientos: negación, clausura e impotencia. Negación, porque al principio lo invade a uno la tenue esperanza de que lo que le acaban de anunciar quizás no sea cierto; que hubo un error; que la persona fallecida en realidad es otra. Clausura, porque cuando se comprende que la desgracia sí ocurrió realmente, se siente como si una pesada puerta se cerrara sobre un capítulo de la vida, de modo que todo lo que la persona querida fue y todo lo que uno habló o no habló, o hizo o no hizo con ella, se ha tornado en definitivo e irreversible. E impotencia, porque no hay nada que se pueda hacer para volver atrás en el tiempo y cambiar lo sucedido. La sentencia es inapelable.

La reacción inicial de muchos ha sido, como en otras ocasiones, pedir el endurecimiento de los controles y sanciones legales. Y no es que no haya que mejorar la normativa de tránsito, pero es que siempre he sentido que esa medida es tan solo marginalmente eficaz: cuando alguien infringe la ley, lo usual no es que se siente a leer primero La Gaceta para ver si el rigor de la pena hace que valga la pena o no asumir el riesgo de que lo pesquen y lo juzguen. Y, por supuesto, cuando lo hacen, ya es tarde.

Con su agudeza usual, quien dio primero en el clavo fue justamente el Flaco. Durante el funeral y en sus declaraciones posteriores, señaló que la cuestión no es simplemente la de una violación a las leyes de tránsito. El verdadero problema está en el grado de desprecio por los demás que caracteriza a la forma en que nos vemos unos a otros. No es un tema de semáforos inteligentes, sino de falta de inteligencia en las personas. La crisis no es tanto vial como moral. Si ese joven conductor, luego de haber golpeado primero a dos oficiales de policía, hubiese prestado oídos a la voz interior que le exigía detenerse inmediatamente, afrontar lo sucedido y no agravar su culpa huyendo, Naty y sus amigos estarían vivos. ¡Duele pensar que algo tan simple lo habría cambiado todo!

Y por eso escribo estas líneas. Para aportar aunque sea un grano de arena y machacar sobre ese mensaje que el Flaco busca transmitirnos, en toda su urgente vehemencia. Si quieren reformar la Ley de Tránsito y establecer penas draconianas, porque eso nos brindará algún sentimiento de control, pues, adelante. Quizás salve algunas vidas, no digo que no; y eso, desde luego, sería muy bueno. Pero, en cierto modo, será como poner pañitos fríos sobre la frente del enfermo. La infección real yace bajo la superficie. La verdadera enfermedad se tiene que combatir en las familias, en los centros educativos, en los templos, en los lugares de trabajo; no solo desde la Asamblea Legislativa.

Flaco y Ana: Naty en realidad no se ha ido. Tan solo se cambió de casa. Ahora está en su corazón y en sus recuerdos, donde la van a encontrar siempre viva, hermosa, joven y alegre.

18 de septiembre de 2007

Los cuatro jinetes del Antiapocalipsis

Artículo publicado en la sección "Página Quince" del diario La Nación (ver publicación original).

El paso del siglo XX al XXI ha evidenciado un fenómeno notable: mientras que en los países europeos más desarrollados, el índice de religiosidad de la población muestra una tendencia a la baja, en otras naciones ricas -especialmente en Estados Unidos- la curva se presenta a la inversa. En ese país, la influencia de la llamada “derecha religiosa” es cada vez más notoria en los círculos de gobierno, pero el avance del proceso electoral muestra también a los candidatos demócratas, tradicionalmente más liberales, dispuestos a esgrimir el factor religioso como elemento proselitista. Esto ha traído una erosión del muro divisor entre Estado e Iglesia, erigido por los fundadores (impulsados por el pensamiento de Paine, Jefferson y Madison), al punto de que la definición de muchas de las políticas públicas en ese país se ven influenciadas por el criterio de los principales líderes religiosos y por el credo manifiesto de muchos políticos, comenzando por el propio Presidente Bush.

Pero toda acción genera una reacción en sentido opuesto. Algunos estudios indican que al menos un 10% de la población estadounidense se considera aconfesional, cuando no abiertamente atea. Y muchas de esas personas no parecen estar dispuestas a seguir de brazos cruzados ante lo que sucede.

El impacto de este movimiento se ha manifestado de diversos modos. Uno de sus hitos se produjo en el 2005, cuando un grupo de padres de familia llevó a los tribunales a la junta de educación de Dover, Pennsylvania, debido a su insistencia de que el llamado “diseño inteligente” fuese enseñado en las escuelas como una alternativa científica a la teoría darwiniana de la evolución. El fallo dictado en diciembre de ese año declaró que, efectivamente, dicha doctrina no constituye más que una versión camuflada del creacionismo bíblico y que, por ende, su enseñanza en las escuelas públicas viola la separación constitucional entre Estado e Iglesia.

Últimamente, la reacción se ha hecho sentir más bien en las librerías. Cuatro autores en particular han visto convertidos sus más recientes libros en sorpresivos “best sellers”. En ellos, libran un ataque frontal contra el extremismo religioso, evidenciado tanto en EE.UU. como en otras regiones del mundo, particularmente por las tres grandes religiones abrahamánicas: el Judaísmo, el Cristianismo y el Islam. Pero tampoco exoneran de responsabilidad, en menor grado claro, a quienes -a pesar de sus creencias más moderadas- también propician la noción de que una fe irracional e intolerante puede justificar ciertas lamentables acciones.

Sam Harris publicó el año pasado su Carta a una nación cristiana, un libro corto pero directo a la yugular. Christopher Hitchens le siguió con Dios no es grande: cómo la religión lo contamina todo, obra cuyo título no deja lugar a dudas. Por su parte, el físico Victor Stenger publicó a inicios de este año el libro Dios: la hipótesis fallida; cómo la ciencia demuestra que Dios no existe.

Pero, sin duda, el peso pesado del cuarteto lo constituye The God Delusion” (“El engaño de Dios”), del biólogo de la universidad inglesa de Oxford, Richard Dawkins. Publicado en el 2006, ascendió rápidamente en la lista de libros del New York Times y ocupó la portada de la revista TIME. En la actualidad ocupa el primer lugar de la categoría de religión en Amazon.com, superando (junto con la obra de Hitchens) incluso al libro “Jesús de Nazareth”, del mismísimo Papa Benedicto XVI.

Desconozco si alguno de estos libros está disponible en el país o en idioma español. Sin embargo, me parece sugerente una de las ideas plasmadas por Dawkins: que no existe mérito alguno para otorgar a las organizaciones religiosas un estatus social o jurídico privilegiado. En momentos en que nuestra Asamblea Legislativa discute un proyecto para exonerar de impuestos a todas esas entidades, quizás resulte oportuno darle pensamiento a las razones que ofrecen los citados autores.

9 de agosto de 2007

Steven Weinberg: lectura recomendada

"A Designer Universe?" es un artículo escrito por el Premio Nobel de Física, Steven Weinberg. Se refiere al tema de si el aparente orden que muestra el universo es indicador o no de la intervención de alguna clase de "diseñador" sobrenatural, llámese "Dios", "Gran Arquitecto" o como sea.

Frases memorables:

  • "Con o sin religion, la gente buena puede obrar bien y la gente mala puede obrar mal. Pero para que gente buena obre mal, para eso se requiere la religión."
  • "Uno de los más grandes logros de la ciencia ha sido, si no el tornar imposible que la gente inteligente sea religiosa, al menos hacer posible no ser religiosos. No debemos retroceder de esta conquista."

1 de agosto de 2007

El ascenso del wiki

Artículo publicado en la sección "Página Quince" del diario La Nación (ver publicación original).

Según Samuel Johnson, hay básicamente dos formas de concebir el conocimiento: puedo saber o puedo saber dónde buscar. No es de extrañar, entonces, el interés que cada vez más organizaciones modernas muestran por implementar una clase especial de repositorios de conocimiento, que en el argot informático se conocen como wikis.

En resumen, un wiki (que, en lenguaje hawaiano significa "rápido") es un sitio web que puede ser editado por varios usuarios, trabajando de forma colaborativa. A diferencia de una intranet tradicional, cuya construcción y mantenimiento suele ser responsabilidad de unos pocos técnicos, los usuarios de un wiki pueden crear, editar, borrar o modificar el contenido de todas las páginas, de manera interactiva, fácil y rápida, empleando una notación sencilla para dar formato, crear enlaces, etc.

Hoy por hoy, el más conocido y palmario ejemplo del poder de los wikis es la famosa Wikipedia, una enorme enciclopedia a cuyo contenido cualquiera puede aportar (y, por cierto, de cuyos contenidos me serví en parte para escribir esta nota). Según algunas estadísticas recientes, la Wikipedia se manifiesta actualmente en 229 ediciones distintas, en diversos idiomas, con más de 3,8 millones de artículos. Cada día que transcurre, da un paso más hacia realizar el sueño de los enciclopedistas decimonónicos, convirtiéndose en la suma del conocimiento humano.

Herramienta invaluable. La mayoría de las organizaciones, desde luego, tendrán pretensiones más modestas pero no por eso menos relevantes a la hora de introducir un wiki. Un problema frecuente en toda empresa o institución es que la rotación de personal hace que la gente que sale se lleve consigo una parte del know how y experiencia acumulados. Por su parte, las personas que llegan enfrentan problemas de inducción, al no disponer de fuentes de información actualizadas que aceleren y faciliten su entrenamiento. Un wiki, en este sentido, puede convertirse en una herramienta invaluable de preservación del conocimiento colectivo, un activo invaluable para cualquier organización.

Otros posibles usos de la herramienta incluyen el control de proyectos en curso, el registro de propuestas surgidas de una "lluvias de ideas", la organización de reuniones, la generación de documentos de trabajo, la creación de páginas de ayuda y servicio al cliente, etc. Por ejemplo, Nokia –la conocida empresa fabricante de teléfonos celulares– estima que por lo menos el 20% de sus empleados usan páginas wiki para actualizar calendarios de trabajo, estatus de proyectos, edición de documentos y otros trabajos internos. En realidad, el límite lo define la imaginación de cada equipo de trabajo que tiene acceso a la herramienta. Su valor clave consiste, precisamente, en dar participación a todos en la producción del conocimiento, en vez de limitarse a consumirlo pasivamente. La mayor parte de las veces, esto deriva en información de alta calidad, con la consiguiente satisfacción que experimentan quienes saben que han aportado, aunque sea un poco, al fondo común de conocimiento.

Cambios y ediciones. El provechoso empleo de un wiki podría exigir implementar ciertas medidas de control que eviten la corrupción deliberada o accidental de la información. Por fortuna, la mayor parte del software disponible permite llevar un control de cambios y ediciones, así como deshacer fácilmente cambios no deseados.

Existen soluciones wiki apropiadas para cada necesidad y presupuesto, incluyendo alternativas tanto propietarias como de software libre, comerciales y gratuitas. Sitios web tales como WikiMatrix facilitan el proceso de encontrar una opción adecuada a los requerimientos. De modo que es comparativamente fácil para las organizaciones de todos los tamaños subirse al vagón de los wikis.

Las posibilidades que ofrece el conocimiento compartido son inimaginables. Es de esperar que, en el próximo quinquenio, más de la mitad de las empresas e instituciones acudan al poder del wiki como depósito de su memoria colectiva.

30 de julio de 2007

Por la neutralidad tecnológica y el derecho de acceso a la información pública

Por qué Costa Rica no debe votar a favor de la norma DIS 29500 'Office Open XML'

Este artículo apareció en la revista electrónica del proyecto Democracia Digital (ver publicación original).

Resumen

El próximo 2 de setiembre del 2007 concluirá el período señalado para que los países del mundo representados en la ISO (Organización Internacional para la Estandarización) emitan su voto sobre la adopción de la especificación DIS 29500 "Office Open XML", como nuevo estándar internacional. Este artículo ofrece un resumen de los argumentos técnicos, pero especialmente jurídicos, que demuestran por qué nuestro país debería votar en contra de dicha propuesta.

Palabras clave: Office Open XML, OOXML, Microsoft, ISO, OpenDocument, ODF, acceso universal a la información pública, neutralidad tecnológica, estándares abiertos, formatos abiertos, INTECO.

Índice de contenido

Introducción

El próximo 2 de setiembre del 2007 vencerá el plazo de cinco meses fijado por el Comité de Tecnología de la Información (JTC) de la ISO/IEC para que los países representados en esa organización voten acerca de la aprobación o improbación de un estándar internacional actualmente conocido como DIS 29500 "Office Open XML", creado, promovido y propuesto por la empresa Microsoft Corporation. [1]

Este documento pretende exponer, en breve, las razones por las que se estima que Costa Rica (por medio de INTECO [2]) debería adoptar una posición contraria a la aprobación del referido estándar. Dichas razones pueden resumirse en: a) que la norma propuesta es contraria al principio de neutralidad tecnológica, pues pretende imponer -por vía de norma ISO- un formato para la creación, intercambio y conservación de documentos electrónicos generados por paquetes de software de oficina, que no es verdaderamente abierto e interoperable; y, b) que, al violar la neutralidad tecnológica, conduce a impedir o al menos a disminuir significativamente las posibilidades de acceso a la información en general y a la información pública en particular, amenazando los derechos fundamentales de los costarricenses.

Además, como se verá, la adopción de la norma resulta enteramente innecesaria, puesto que ya existe otro estándar abierto, el ISO/IEC 26300:2006 (OpenDocument, u ODF), que satisface los requerimientos de creación, intercambio y conservación de documentos electrónicos, sin las mencionadas restricciones. En este sentido, la existencia de dos normas competidoras confundiría a los usuarios y probablemente incrementaría los costos totales de gestión de la información documental.

Planteamiento del problema

El derecho de acceso universal a la información pública [3]

Es prácticamente un cliché que, en la sociedad del conocimiento, la información es poder. Quien tiene acceso y control de la información (y en particular de la información que es de interés público) tiene poder; es decir, tiene la posibilidad de ejercer una influencia determinante no solo en la definición de las políticas públicas, sino también en su crítica y en su valoración constante y eventualmente en los cambios que pueda ser necesario introducir en ellas.

Por otra parte, es igualmente sabido que en una sociedad democrática, el poder debe residir en la voluntad mayoritaria, es decir, en la ciudadanía como tal. Por ende, partiendo de los enunciados anteriores podemos arribar a la conclusión de que la manera acerca de cómo se ejerce el poder, la información relativa al poder y a las políticas públicas, tiene que resultar accesible de la manera más ágil para la mayor cantidad de ciudadanos que sea posible. Es decir, se tiene que garantizar el acceso universal a la información pública y ese acceso debe ser considerado como un derecho fundamental.

Nuestros constituyentes de 1949, mucho antes del advenimiento de la sociedad de la información y casi de modo clarividente previeron en el artículo 30 de la Constitución Política que “se garantiza el acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público”. Ya el constituyente del 49 tuvo claro que quería para la población un acceso fluido, continuo, transparente, a la información que se maneja en los departamentos administrativos.

No menos claro, en el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos, es lo dispuesto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos ("Pacto de San José de Costa Rica"), que dispone en su artículo 13.1:

"Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de elección."

Cuando hay acceso a la información pública -oportuno, fluido, veraz, completo- podemos garantizar varias cosas que son importantes en una democracia:

  • Control del ejercicio del poder. Es decir, se tiene una ciudadanía vigilante de la gestión pública.
  • Mejorar la ética en la función pública. Cuando la ciudadanía está pendiente de las acciones de sus gobernantes, para éstos es mucho más difícil incurrir en infracciones al comportamiento ético en la función pública.
  • Transparencia y rendición de cuentas.
  • Participación ciudadana.

Lo que hemos dicho hasta aquí se refleja en varias de las normas que más recientemente han sido promulgadas para garantizar estos diversos aspectos. Por ejemplo, el artículo 7 de la "Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública" [4] dice: Libre acceso a la información. Es de interés público la información relacionada con el ingreso, la presupuestación, la custodia, la fiscalización, la administración, la inversión y el gasto de los fondos públicos, así como la información necesaria para asegurar la efectividad de la presente ley, en relación con hechos y conductas de los funcionarios públicos.

Todo esto se hace posible entonces, cuando garantizamos a los ciudadanos acceso oportuno a la información sobre las políticas públicas. Por el contrario, cuando se suprime o limita el escrutinio general de esas políticas, se comete una peligrosa irresponsabilidad por parte de los gobernantes, porque al hacerlo se impide que el debate abierto saque a la luz las vulnerabilidades o problemas que puedan presentar. En ese caso también, lo que se hace es debilitar la posibilidad del control ciudadano y la de exigir a los gobernantes cuentas por sus acciones. Y también se les impide en última instancia a los medios de comunicación ejercer lo que una sociedad democrática debería ser su primera y más importante función, que es alertar a la ciudadanía sobre los problemas que puedan derivar de la aplicación de determinadas políticas públicas.

La TI puede potenciar -y también limitar- el acceso a la información pública

En la moderna sociedad de la información, los medios tecnológicos en general y la Internet en particular se convierten en vehículos por excelencia para potenciar exponencialmente el acceso a la información pública. Esto supone, desde luego, que desde los propios círculos del poder exista la disciplina incondicionada de poner esa información a disposición de todos por medio de la red, práctica que constituye un pilar del concepto de gobierno digital. [5]

Para que un acceso como el que venimos considerando sea posible, es necesario respetar ciertos principios rectores, entre los cuales se encuentran los de transparencia, autodeterminación informativa y accesibilidad. [6]

Pero, además, es indispensable que no existan injustificadas barreras tecnológico-jurídicas a la posibilidad de acceder a los datos y documentos públicos. Es decir, se debe respetar la neutralidad tecnológica, en virtud de la cual los gobiernos deben garantizar que la creación y conservación de los datos y documentos de interés público se realicen de modo tal que no privilegie a ningún tipo de tecnología en particular. Por ende, existirá una barrera tecnológico-jurídica y, con ello, una infracción a la neutralidad tecnológica, cuando, para lograr el acceso deseado, el ciudadano interesado deba contar necesaria, pero injustificadamente [7], con una determinada plataforma tecnológica de hardware y/o de software, o bien con otras condiciones técnicas asociadas (tales como un cierto ancho de banda).

En nuestro país, la Sala Constitucional ha sido absolutamente clara en cuanto a que tales determinaciones constituyen un quebranto injustificado del derecho fundamental de acceso a la información pública. En efecto:

"... la utilización -por parte de las administraciones públicas y organizaciones privadas destinadas a realizar funciones públicas-, de formatos electrónicos (...) que son propios de empresas con fines lucrativos, que bloquean el libre acceso a la información y cuya utilización depende de las condiciones que las empresas propietarias de tales ediciones electrónicas decidan imponer a sus usuarios; resulta contraria del derecho a la información que establece el artículo 30 de la Constitución Política; [las entidades públicas] deben utilizar (...) un formato abierto, que garantice el acceso universal a la información y remedie además la accesibilidad de toda información pública de las personas con discapacidad desde el ingreso a la página electrónica sin necesidad de requisitos adicionales; haciendo posible convertir los textos en los formatos electrónicos y almacenar los datos mediante la utilización de los software que decidan y según sus necesidades." (Sentencia número 2006-08995 de las 11:28 horas del 23 de junio del 2006; lo indicado entre paréntesis cuadrados no es del original).

La solución: los estándares abiertos en general y ODF en particular

Formatos y estándares abiertos versus formatos propietarios

De acuerdo con la Wikipedia, Estándar abierto es una especificación disponible públicamente para lograr una tarea específica. Al permitir a todos el obtener e implementar el estándar, pueden incrementar y permitir la compatibilidad e interoperabilidad entre distintos componentes de hardware y software, ya que cualquiera con el conocimiento técnico necesario y recursos puede construir productos que trabajen con productos de otros vendedores, los cuales compartan en su diseño base el estándar... [8]

En mi opinión, dicho concepto requiere de dos precisiones:

  • Un "formato" y un "estándar" no son lo mismo. Un estándar es una especificación que regula la realización de ciertos procesos o la fabricación de componentes para garantizar la interoperabilidad. [9] Puede haber estándares de facto y estándares de iure. La existencia de los segundos -que son los que aquí interesan- supone que una instancia dotada del poder de hacerlo (como la ISO) les haya dotado de ese estatus. Por lo tanto, en la existencia de un estándar (formal) interviene un componente normativo, que se expresa en el reconocimiento de su calidad de tal por parte de una instancia competente. En palabras de la ISO, un estándar es, precisamente, [Un] documento, establecido por consenso y aprobado por un organismo reconocido que establece, a efectos de un uso común y repetitivo, normas, directrices o pautas destinadas a actividades o sus resultados, cuyo objetivo es lograr el nivel óptimo de ordenamiento en un contexto determinado. [10] Un determinado formato puede, pues, ostentar o no la calidad de estándar.
  • Lo fundamental de un formato abierto no radica solamente en que sea públicamente accesible, puesto que uno propietario también podría serlo; como, por ejemplo, cuando sus características hayan sido divulgadas como parte de un proceso de patentamiento. Antes bien, esa publicidad también debe ir aparejada a la inexistencia de barreras legales a la implementación irrestricta de la especificación en toda clase de productos compatibles. [11]

Desde esta óptica, entonces, los formatos propietarios son aquéllos que estén basados en una especificación cuyas posibilidades de implementación están bajo el control exclusivo y excluyente de determinados sujetos, indiferentemente de que la especificación esté disponible públicamente o no. Dicho control podría derivar de la aplicación del régimen jurídico de los secretos comerciales o "información no divulgada" (cuando sus características no sean conocidas públicamente, en todo o al menos en una porción crítica). Pero, especialmente en el mundo comercial, lo más frecuente es que la protección provenga de un esquema de derecho de autor o de patente de invención.

A partir de lo dicho hasta aquí, se puede apreciar el por qué los formatos propietarios resultan incompatibles con la garantía del acceso universal a la información pública. En efecto, si la información es generada y conservada bajo un formato propietario, la posibilidad de tener acceso a ella -a pesar de su carácter público- dependerá de que quien desee hacerlo esté legalmente habilitado para acceder al formato en el que aquélla descansa, lo cual ordinariamente supondrá contar con la respectiva licencia de software. Es como conservar la información dentro de un cajón cerrado con llave, pero donde la llave le pertenece a otra persona.

Por ende, crear y conservar información pública en formatos electrónicos propietarios presenta tres claros inconvenientes [12]:

  • Torna la información inaccesible para quien no pueda o no quiera adquirir la licencia del software propietario requerido. [13]
  • Condiciona el acceso futuro a los datos a la continuada disponibilidad del software. [14] Y,
  • Privilegia injustificadamente a un determinado proveedor, respecto del cual se puede llegar a establecer una relación de dependencia tecnológica con características monopolísticas.

El estándar OpenDocument (ODF)

Las administraciones públicas contemporáneas producen información a diario y en grandes cantidades. Mucha de ella está almacenada en soportes físicos, predominantemente de papel. Pero una cantidad creciente es confiada a registros electrónicos, en forma de datos puros y documentos de diversa especie. Muchos de estos últimos son creados empleando herramientas informáticas que caen dentro de la categoría genérica del "software de oficina" o "software de ofimática", que incluye los procesadores de texto, las hojas de cálculo y el software de presentaciones, entre otros.

Desde la óptica de lo que aquí nos interesa, la cuestión medular radica en la elección del formato en el cual producir y almacenar esa información. Durante muchos años, este problema tuvo una solución sencilla y que a nadie inquietaba mayor cosa: simplemente se usaba el formato predeterminado del software de oficina que estuviese en boga en ese momento, que normalmente era algún paquete comercial que creaba archivos en formatos binarios propietarios.

No obstante, la presente década ha visto surgir un fuerte cuestionamiento de esa práctica, a la luz de las preocupaciones ya expresadas en cuanto al acceso a la información pública y al rechazo de las tendencias monopolísticas de algunas empresas comerciales desarrolladoras de software. Cada vez más está claro que aquella tendencia pone en peligro la posibilidad de las generaciones, presentes y futuras, de acceder a los datos públicos. Ninguna sociedad puede considerar aceptable que el acceso actual y futuro a esta clase de información dependa de una plataforma determinada de hardware o de software cuya permanente disponibilidad no esté garantizada. Para visualizar mejor el riesgo, imaginemos por un instante que ese ubicuo soporte al que conocemos como "papel" fuese un formato comercial patentado, propiedad de una empresa dada, que en un momento dado pudiera pretender el pago de regalías o el ejercicio de ciertos derechos legales que le permitiesen controlar el acceso a la información impresa...

De cara a esta problemática, en 1993 se fundó la Organización para el Avance de los Estándares para la Información Estructurada (OASIS por sus siglas en inglés), un consorcio internacional sin fines de lucro que impulsa estándares de e-comercio. Como producto del trabajo de esta asociación, en el 2005 se aprobó una especificación denominada "Open Document Format for Office Applications (OpenDocument), version 1.0" (ODF), que busca definir un formato abierto e interoperable para los documentos generados por software de oficina. La especificación fue sometida a consideración de los principales entes de estandarización del mundo en la materia: la ISO y la Comisión Electrotécnica Internacional (IEC). Luego de seguir el proceso correspondiente, ODF se convirtió finalmente en el estándar ISO/IEC 26300 en noviembre del 2006. [15]

Desde luego, desde mucho antes de esto ya existían especificaciones abiertas apropiadas para la distribución de información pública, tales como HTML [16] y XML [17]. Sin embargo, hasta ahora no existía ningún lineamiento abierto para lograr un estándar en el formato interno de los archivos generados por paquetes de software de oficina. La promesa de ODF es, justamente, llenar ese vacío. [18]

Por desgracia, el advenimiento del estándar ODF no resultó todo lo pacífico que se hubiera deseado. Como parte de su estrategia de desarrollo de la versión 2007 del paquete de software de oficina Microsoft Office, la empresa Microsoft Corporation -a pesar de formar parte del consorcio OASIS- despertó la polémica al anunciar su intención de introducir en esa versión un formato alternativo, denominado "Office Open XML" (OOXML), como efectivamente sucedió.

Microsoft sometió la especificación OOXML a la organización Ecma International para su aprobación como estándar europeo, que efectivamente lo adoptó bajo su número 376, en diciembre del 2006 [19]. Logrado lo anterior, Microsoft -por medio de la Ecma- lo presentó también a la ISO, en donde se tramita como propuesta número DIS 29500. Actualmente, se encuentra abierto un período de votación por parte de los países representados ante la ISO para que expresen su punto de vista afirmativo o negativo respecto de la propuesta. La decisión definitiva podría ser adoptada antes del final del año. [20]

¿Es OOXML un formato abierto que pueda calificar como estándar? [21]

El tema es de carácter altamente técnico, por lo que nos remitimos a los múltiples estudios realizados al respecto. [22] Dichos análisis demuestran, entre otros factores:

  • Que la especificación de OOXML no es completamente pública; es decir, hay componentes de ella cuya funcionalidad solo es conocida por Microsoft. Esto implica que las aplicaciones creadas por terceros podrían no acceder y desplegar en forma completa y correcta los documentos creados bajo este formato. Bajo los términos de lo explicado anteriormente, esto significa que dicha empresa aplica restricciones a la libre implementación del formato por parte de productos no creados por ella, lo cual lo descalifica automáticamente como un formato abierto.
  • Que esa ausencia de transparencia brinda una ventaja competitiva a Microsoft en la implementación del formato OOXML, lo cual predispone a la creación de relaciones de dependencia tecnológica o al fortalecimiento de las ya existentes. Esto es evidentemente lesivo de la garantía de acceso universal a la información pública, por las razones explicadas arriba.
  • Que parte de la funcionalidad de OOXML se apoya sobre extensiones propietarias de Microsoft (tales como el llamado "Vector Markup Language" o VML), que en el pasado ya han sido evaluadas y rechazadas como estándar por los organismos competentes [23]. También se hace uso de algoritmos criptográficos que constituyen secretos comerciales de dicha empresa. Dichos componentes son utilizados en vez de los correspondientes estándares abiertos internacionales.
  • Que OOXML no es verdaderamente interoperable, ya que su correcto funcionamiento está fuertemente atado al paquete Microsoft Office 2007 y al sistema operativo Microsoft Windows, así como a aplicaciones de esa empresa como el navegador Internet Explorer. Esto coloca en situación de desventaja evidente a otras plataformas (tanto comerciales -por ejemplo, Macintosh- como libres -por ejemplo, Linux-).

Conclusiones

De los argumentos expuestos, se desprende, en síntesis:

  • El acceso universal a la información pública es un derecho fundamental, tutelado en la Constitución, los convenios internacionales de derechos humanos y reafirmado por la jurisprudencia de la Sala Constitucional.
  • La ausencia injustificada de neutralidad tecnológica en las fuentes informatizadas de acceso a la información pública constituye una infracción al mencionado derecho fundamental. Es, por ende, jurídicamente inaceptable.
  • El estándar ISO/IEC 26300:2006 (conocido como OpenDocument u ODF) es un formato abierto que satisface ampliamente la exigencia de neutralidad tecnológica en el acceso a la información pública almacenada en archivos generados por software de oficina. En consecuencia, convendría que el gobierno costarricense lo adopte formalmente e incentive su uso generalizado en todas las dependencias públicas.
  • El formato OOXML no es tecnológicamente neutro y, por el contrario, propicia relaciones de dependencia que impiden o disminuyen significativamente la garantía de acceso a la información pública de la que deben gozar todas las personas. Por ende, Costa Rica no debe votar favorablemente su adopción como estándar ISO. En efecto: Aun cuando todo desarrollador tiene derecho a tomar sus propias decisiones de diseño y fijar sus propias prioridades, un estándar ISO debe poseer características (...) tales que todos los desarrolladores puedan ejercitar esos mismos derechos también. Las arbitrarias restricciones de OOXML, que funcionan extremadamente bien con los productos Microsoft, pero no con otros, determinan que la especificación DIS 29500 "Office Open XML" sea inelegible para su aprobación como estándar internacional [24].

Recomendaciones

Se recomienda a todas las personas y organizaciones interesadas, hacer llegar sus comentarios sobre este tema a INTECO, a más tardar el 31 de agosto del año en curso. Medios de contacto: teléfono 283- 4522, fax 283-4831, correo electrónico info@inteco.or.cr, apartado postal 10004-1000 San José, Costa Rica. Dirección física: En San Pedro de Montes de Oca, de Muñoz & Nanne, 400 metros norte, contiguo al Laboratorio de Materiales de la Universidad de Costa Rica.

Además, se puede firmar la petición en línea contra la adopción de OOXML, que se encuentra en www.noooxml.org/petition-es.

Notas

  1. Fuente: en.wikipedia.org/wiki/Office_Open_XML#Standardization (visitada el 25/7/2007).
  2. Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica. Véase www.inteco.or.cr
  3. Esta parte se basa en: HESS ARAYA, Christian. "Neutralidad tecnológica y acceso universal a la información pública". Transcripción de la charla impartida el 21 de setiembre del 2005 en la Universidad de Costa Rica, en el marco del Programa Sociedad de la Información y el Conocimiento (PROSIC).
  4. Ley número 8422 del 6 de octubre del 2004.
  5. Esta parte proviene de HESS ARAYA, Christian. "ODF: un nuevo estándar para el gobierno digital". En Democracia Digital del 12 de junio del 2006.
  6. HESS ARAYA, Christian. "Los principios rectores del acceso universal a la información pública". En la Revista Electrónica de Derecho e Informática "Alfa-Redi", de diciembre del 2004.
  7. Es decir, sin que exista un fundamento razonable para la exigencia.
  8. Véase es.wikipedia.org/wiki/Est%C3%A1ndar_abierto (visitada el 24/7/2007).
  9. Véase es.wikipedia.org/wiki/Est%C3%A1ndar (visitada el 24/7/2007).
  10. Guía ISO/IEC 2:2004, definición 3.2.
  11. Un ejemplo instructivo es el del formato "Portable document" (PDF) creado por la empresa Adobe Systems. Si bien dicha compañía es titular de los derechos legales correspondientes, se le considera un formato abierto no solo porque la especificación técnica es conocida, sino además porque Adobe no establece restricciones jurídicas a su implementación por medio de aplicaciones de software creadas por terceros. Al respecto, véanse www.adobe.es/products/acrobat/adobepdf.html y es.wikipedia.org/wiki/Portable_Document_Format. [NOTA POSTERIOR DEL AUTOR: En diciembre del 2007, PDF obtuvo la condición ISO/DIS 32000.]
  12. HESS ARAYA, "ODF...". Op. cit.
  13. El caso real más extremo que conozco de este supuesto ocurrió en el año 2005, cuando en la ciudad estadounidense de Nueva Orleans, recién golpeada por el huracán Katrina, muchos ciudadanos estuvieron imposibilitados de acceder a la información de las agencias que atendían la emergencia debido a que ésta solo era accesible desde cierta plataforma tecnológica comercial.
  14. Mil cosas podrían conspirar contra ello en el futuro: el software se hace obsoleto y deja de recibir soporte del fabricante, la licencia expira, la empresa desarrolladora desaparece, etc.
  15. HESS ARAYA, "ODF...". Op. cit.
  16. Hypertext Markup Language.
  17. Extensible Markup Language.
  18. De hecho, ODF está basado en XML. O, como es más riguroso decir, ODF es una aplicación XML.
  19. Véase www.ecma-international.org/publications/standards/Ecma-376.htm
  20. Fuente: en.wikipedia.org/wiki/Office_Open_XML#Standardization
  21. Esta parte se basa en ODF ALLIANCE, "The Technical Case Against DIS 29500/OOXML". Disponible electrónicamente en www.odfalliance.org.
  22. Al respecto, véase, por ejemplo: en.wikipedia.org/wiki/Office_Open_XML#Criticism (visitada el 25/7/2007).
  23. Que, en el caso de VML, fue la World-Wide Web Consortium (W3C), la entidad que define los estándares en materia de la WWW de Internet.
  24. ODF ALLIANCE, op. cit.

Adiciones y comentarios posteriores

Las notas y observaciones siguientes han sido añadidas a este artículo con posterioridad a su publicación.

  • 3/8/2007: El hecho de que alguna organización tenga una inversión importante en licencias de Microsoft Office y/o en documentos creados con ese paquete no es excusa para no migrar a ODF: el proyecto OpenXML/ODF Translator Add-ins for Office suministra gratuitamente los convertidores necesarios.
  • 9/8/2007: El 6 de agosto del 2007 recibí el siguiente comentario, que -en aras de mantener un intercambio honesto sobre el tema- procedo a publicar tal cual, con la anuencia del remitente y bajo el afán de que las y los visitantes puedan formar su propio criterio al respecto:

    “Hola Christian, aquí nuevamente contactándote ya que, como interesaba conocer tu punto de vista relacionado a la próxima votación relacionado a ECMA Open XML como estándar ante la ISO accedí tu página web para ver si habías publicado algo.

    Como ya sabes los dos compartimos el hecho que hemos laborado (tu aun laboras) en el sector justicia de nuestros respectivo países y por lo tanto conocemos la importancia de proveerle libre e irrestricto acceso a los documentos públicos. Yo iría aun más lejos e incluiría el libre acceso de los datos, no solo los documentos. Hago esta distinción ya que las entidades del estado acumulan, usan y generan gran cantidad de datos los cuales deben estar disponibles para uso del ciudadano común siempre guardando los debidos controles relacionados al derecho de intimidad.

    Eso a un lado quisiera comentar algunos aspectos de tu exposición que opino están confusos o quizás fueron escritos sin tener el completo conocimiento o trasfondo histórico y por ende me tomo la libertad, sin ánimo de ofender, de aclarar los mismos.

    En respuesta a solicitudes de nuestros clientes y socios de negocio, desde el diseño de Office 2000 ya Microsoft había comenzado a trabajar con la migración de su formato de almacenamiento de binario a XML aunque no tuvo mucha acogida debido a que aun en el año 2000 no muchas entidades y personas conocían de las ventajas y potencial de XML. Para el lanzamiento de Office 2003 ya el formato de almacenamiento Microsoft Office XML 2003 era más robusto e incluía mayor funcionalidad pero no era el formato en que por defecto se almacenaban los documentos en Microsoft Office. Para ello aun el formato por defecto era el formato binario cerrado y propietario de Microsoft.

    A la par con lo anteriormente expuesto, Sun Microsystems, creador y dueño del código y propiedad intelectual del programa Star Office y competidor de Microsoft Office organizan una comunidad de desarrolladores y dona el código de Star Office a la recién creada OpenOffice.org para crear así lo que hoy conocemos como Open Office.

    Es en estos momentos que el debate entre software libre y software propietario se encuentra en su mayor intensidad y surge realmente por primera vez el dialogo sobre los formatos propietarios vs. los formatos abiertos con respecto al almacenamiento de documentos. Por iniciativa de algunos gobiernos primordialmente los Europeos, comienzan los procesos de someter los formatos a entidades dedicadas a la estandarización de tecnologías. OpenOffice.org escoge a OASIS y Microsoft escoge a ECMA.

    El estándar sometido a OASIS y luego conocido como ODF tuvo un proceso más fácil y por ende rápido de documentar y como ya conocemos es sometido a la ISO donde es aceptado por los países votantes como estándar. En cambio el formato conocido inicialmente como Microsoft Office XML y posteriormente como ECMA Open XML, requería de mayor tiempo para documentar y normalizar debido a que había que tomar en consideración la fidelidad de los miles de millones de documentos existentes alrededor del mundo. La funcionalidad de OpenOffice es meramente un sub-conjunto de las funcionalidades posibles mediante Office 2003 (y ahora 2007) y todas las versiones anteriores, por ende la complejidad en documentar las funcionalidades culmina con la creación de un documento técnico de 6000 páginas.

    Cabe señalar que el comité técnico que trabajó con la estandarización (ECMA TC-45) contaba con la participación de representantes de empresas competidoras de Microsoft como Apple y Novell pero participaron ante el interés que tienen en apoyar a sus clientes. Lamentablemente IBM y Sun Microsystems, aunque invitados a participar, optaron por no hacerlo. La participación en el TC-45 estaba abierto a cualquier empresa o entidad interesada.

    Una vez el comité ejecutivo de ECMA acepta el trabajo realizado por el TC-45, el formato adquiere el nombre de ECMA Open XML. Es aquí donde me toca aclarar algunos conceptos que opino están equivocados en su escrito. De ese momento en adelante el estándar es controlado y manejado por ECMA y su comité técnico, no por Microsoft. Microsoft se convierte en un solo miembro más del grupo de trabajo con un solo voto en la toma de decisiones. El TC-45 está compuesto por Apple, Canon, Intel, NextPage, Novell, Pioneer, Statoil ASA, Toshiba y la Biblioteca del Congreso de los Estados Unidos de América.

    Ante la crítica de muchos proponentes del software Libre y críticos del proceso de estandarización, Microsoft originalmente lanza el Office Open XML bajo el esquema de licenciamiento llamado 'gratuito y perpetuo' (free and perpetual license) lo que básicamente permitía su uso por terceros (individuos o corporaciones) sin costo y luego ampliando lo anterior con una 'promesa a no demandar' (covenant not to sue). Esta noticia fue recibida con agrado por varios críticos de Microsoft entre ellos Lawrence Rosen. Actualmente este licenciamiento se encuentra ante la consideración de la OSI.

    Interesantemente ECMA Open XML permite el uso de un subconjunto de su formato de forma legal o sea no hay que adoptar el 100% del estándar para mantenerse dentro del 'formato'. Basándonos en lo anterior, esta es la razón por la cual existen referencias a tecnologías propietarias de Microsoft y aun más, referencias o otros estándares. Debo recalcar, la razón primaria por la cual Microsoft 'no simplemente adoptó' otro estándar era la necesidad de apoyar los documentos anteriormente creados con una plataforma de mayor funcionalidad. El permitir que sus clientes tengan acceso a todos sus documentos sin importar con que versión anterior de su producto fueron creados y sin perder funcionalidad era imperante. Es por esta razón que Microsoft decide entregar su formato conocido inicialmente como Microsoft Office XML 2003 a ECMA para iniciar el proceso de estandarización y por ende se inicia un proceso donde actualmente hay dos estándares compitiendo en el mercado.

    Esto me trae a otro punto en que debo diferir y es en su comentario de que no hacen falta dos estándares y que con tener ODF es suficiente. La existencia de múltiples estándares se ha visto en innumerables ocasiones en el pasado y actualmente continúa. Puedo citar por ejemplo:

    • HD-DVD vs. Blue Ray
    • Betamax vs. VHS
    • TCP/IP vs. Token-Ring

    Lo que determinó la sobrevivencia de uno sobre el otro fue su aceptación en el mercado, no la intervención del gobierno. La intervención por parte del gobierno en determinar la preferencia de un estándar sobre el otro ha sido muy bien documentado, sobre todo cuando la preferencia ha ido en contra del formato ECMA Open XML siendo el caso más notorio el estado de Massachusetts en los Estados Unidos de América. Mucho se escribió sobre la selección de ODF como estándar en la redacción de documentos pero recientemente fue aceptado además el ECMA Open XML como alternativa permitiendo que el usuario final escoja el formato que desee utilizar. Esto luego que los encargado de establecer los parámetros sobre el uso de tecnología en el estado determinaran que las garantías previstas por Microsoft y el proceso de estandarización de ECMA le bastaran para aclarar las dudas originales que tenían sobre Open XML y la disponibilidad de traductores entre formatos.

    Usted comenta además que el uso de ECMA Open XML esta estrictamente atado al uso del paquete Microsoft Office 2003-2007. Nuevamente debo diferir ya que un documento que cumpla con el formato ECMA Open XML puede ser creado desde cualquier editor de texto o programa generador de texto e interpretado por Office o cualquiera de los demás sistemas que actualmente pueden leer y escribir en ese formato. Algunos de estos programas son Corel WordPerfect (de hecho puede interpretar tanto ECMA Open XML como ODF), Office para Mac y la versión de Novell Open Office (mediante un 'plug-in') entre otros. Adicionalmente se encuentran varios utilidades creadas en código abierto por Linspire, Novell, etc. que funcionan como interpretadores y/o traductores entre ODF y ECMA Open XML. De hecho en Sourceforge puede conseguir un traductor entre ODF y ECMA Open XML (http://sourceforge.net/projects/odf-converter/) y las librerías para usar ECMA Open XML en Java - http://sourceforge.net/projects/openxml4j/

    En resumen, es mucho lo que podemos debatir y entiendo y respeto sus ideas sobre este tema. Como comencé escribiendo, respeto los derechos de nosotros los ciudadanos a poder acceder la información pública de una manera libre e independiente de plataformas tecnológicas pero igualmente debo defender la neutralidad tecnológica sin intervenciones de índole ideológicas.

    Un saludo,

    Roberto Adelardi
    Industry Specialist - Public Sector
    Microsoft Caribbean Central America