21 de noviembre de 2003

Lo que la Constitución no dice

Artículo publicado en la sección "Página Quince" del diario La Nación (ver publicación original).

En 1999 apareció en estas páginas el resumen de un trabajo más extenso en el que ofrecí las razones jurídicas por las que estimo que el Estado en general y RACSA en particular no ostentan más que un monopolio de facto en el acceso particular y comercial a Internet. Ese trabajo, Libertad de comercio y acceso a la Internet en Costa Rica, está disponible en el sitio www.hess-cr.com, por si interesara.

En el marco del debate sobre el Tratado de Libre Comercio y si se abre o no el sector de telecomunicaciones, parece oportuno retomar algunos de los argumentos de entonces, para reiterar que los obstáculos jurídicos en este campo son en realidad menos formidables de lo que parecen. La clave radica en no leer en la Constitución Política lo que no dice. Y lo que la Constitución no dice es que exista un monopolio estatal absoluto y excluyente en telecomunicaciones.

Sistemas inalámbricos. En efecto, la simple lectura del artículo 121 inciso 14 de la Carta Fundamental, revela -y así se reafirma en las Actas- que lo que el constituyente quiso reservar al dominio público en este campo fueron, únicamente, lo que llamó "los sistemas inalámbricos". El sentido de esa decisión se aclara si reflexionamos sobre la doctrina jurídica de los bienes demaniales y nos formulamos luego una pregunta clave: ¿exactamente por qué querría el constituyente establecer ese carácter demanial respecto del espectro radioeléctrico (que es, en propiedad, el recurso que se pretendió proteger)?

La afectación de cualquier bien al dominio público sólo tiene sentido cuando este es escaso (o sea, que sus posibilidades de aprovechamiento son limitadas) pero de importancia social y, por eso, es necesario fijar un régimen de explotación que asegure su correcta destinación a la utilidad pública o al aprovechamiento general en condiciones de igualdad. Tendría poco o ningún sentido afectar la luz del Sol, por ejemplo, que no es escasa y a la que todos pueden tener acceso sin perjudicar las posibilidades de aprovechamiento de los demás.

El caso del espectro radioeléctrico es distinto porque, en el estado actual de la técnica, sus posibilidades de aprovechamiento son finitas. Las bandas que lo componen deben ser asignadas cuidadosamente para evitar problemas de interferencia y asegurar que puedan ser destinadas eficazmente a un sinnúmero de aplicaciones de importancia, tanto en el terreno público como privado. Por ese motivo es que se trata de un bien de dominio público, hasta el punto de que sea la propia Constitución la que así lo estipula.

Pero las telecomunicaciones pueden ser tanto alámbricas como inalámbricas. Y respecto de las primeras, lo cierto es que la Constitución nada dice. Por ende, no es cierto que exista -en el ámbito constitucional- una reserva absoluta, a favor del Estado, en esta materia.

Asignación específica. Lo que sí existe, pero en el ámbito legal, es una asignación específica de competencias públicas a favor del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) en los campos de la telefonía, la telegrafía, la radiotelegrafía y la radiotelefonía. Además, existe una concesión particular en el caso de RACSA -otorgada conforme a la previsión que en ese sentido establece la misma Constitución-, limitada a la operación de estaciones radiográficas y radiotelefónicas, así como de terminales de télex, para comunicación nacional e internacional.

De particular importancia es que ninguna de estas disposiciones legales determina que las competencias (del ICE) o la concesión particular (de RACSA) sean exclusivas y excluyentes. Por ende, nada impide que la Asamblea Legislativa dicte, por ejemplo, una ley marco que permita a los particulares la explotación de servicios privados de telecomunicaciones, incluso inalámbricos, en adición a los que ofrecen aquellas entidades públicas. La única exigencia constitucional sería que, en el caso de los sistemas inalámbricos, quede claro que la explotación se efectúa con reserva del dominio público (o sea, la titularidad) que sobre el espectro radioeléctrico corresponde en definitiva al Estado.

23 de septiembre de 2003

Sano escepticismo

Artículo publicado en la sección "Página Quince" del diario La Nación (ver publicación original).

Gracias a una gentil invitación del decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR), tuve la oportunidad de participar en un reciente seminario organizado por esa casa de estudios sobre el tema de la reforma procesal en Costa Rica. Concretamente, me correspondió exponer acerca del procedimiento judicial electrónico, a la luz de las propuestas que en ese sentido contiene el proyecto de Código Procesal General, coincidiendo en dicha actividad con el profesor alemán Peter Gilles.

Luego de analizar los aspectos teóricos y prácticos relativos al empleo de la tecnología de la información como apoyo a la decisión judicial, se produjo una interesante discusión -a raíz de los comentarios del profesor Gilles- en torno a los pros y contras de la informatización de los procesos. En particular, me movió a la reflexión el llamado de atención que nos formuló el colega europeo, en cuanto a la necesidad de mantener cierto sano escepticismo sobre las ventajas reales que puede traer la tecnología a la administración de justicia. Dos fueron las conclusiones principales a las que se arribó y que interesa rescatar:

Cautela con espejismo. En primer término, se debe tener claro que aun cuando el empleo de tecnología avanzada puede sin duda aproximarnos al ideal de una justicia más pronta, más ágil y transparente, no debemos caer en el espejismo de creer que por ello necesariamente tendremos una justicia mejor. En efecto, hace unos siete años escribí un breve comentario para el semanario El Financiero, titulado "Justicia de calidad: reto para el siglo XXI", en el cual se partía de la premisa de que el gran desafío para la sociedad costarricense en la próxima centuria debía ser pasar de simplemente garantizar un acceso universal a la solución pacífica de controversias por medio de los tribunales, a garantizar una justicia cualitativamente superior.

En lo anterior, la tecnología tiene un claro papel que desempeñar, pero está lejos de agotar la solución. Ni siquiera toda la tecnología del mundo puede ponernos en realidad un solo paso más cerca de una justicia más humana. La razón es obvia: lograr eso está fuera del alcance de las máquinas. Solo el esfuerzo conciente y voluntario de las personas de carne y hueso que componen la administración judicial (jueces, magistrados y personal de apoyo) podría tener ese efecto.

"Usuarios de segunda". En segundo lugar, es importante prever que el fenómeno más general al que llamamos "brecha digital" -la línea divisoria que separa a quienes tienen acceso a la tecnología y disfrutan de sus beneficios, de quienes no la poseen- podría manifestarse en el plano de lo judicial como una barrera entre quienes -por sus ventajas económicas, sociales y culturales- recibirían las ventajas de la informatización de los procesos y aquellos que se verían forzados a continuar acudiendo a la justicia de la manera tradicional, convirtiéndose para todos los efectos en "usuarios de segunda" de los servicios. Esto resultaría en extremo preocupante porque revertiría los enormes esfuerzos de tiempo y energía dedicados durante décadas a lograr que todos tengan acceso a la justicia. En otras palabras, vendría a socavar lo que ha costado tanto conquistar con respecto a democratizar ese acceso.

Nada de lo que he dicho debe ser interpretado como un llamado a renunciar a las ventajas indudables que la informática ofrece para la agilización de los procesos judiciales. Tan solo pretende poner de relieve los peligros asociados. Pensamos que la actual administración superior de nuestro Poder Judicial tiene claro su papel al menos en lo relativo al primero de los desafíos citados y sabrá actuar para enfrentarlos exitosamente. El segundo, desde luego, requiere de un esfuerzo educativo y socioeconómico que nuestro país deberá, precisamente, plantearse como parte de un tratamiento integral para cerrar la brecha digital.

27 de agosto de 2003

Foro científico y tecnológico

Artículo publicado en la sección "Página Quince" del diario La Nación (ver publicación original).

El pasado julio, causó gran revuelo el valiente informe que la ministra de la Condición de la Mujer, Esmeralda Britton, presentó ante la Organización de las Naciones Unidas y en el que -entre otros temas- se refirió, sin pelos en la lengua, al tortuoso camino que ha seguido el desarrollo de una clara y honesta política nacional en educación sexual. Según entiendo, se le cobra haber sostenido que la Iglesia Católica costarricense ha utilizado reiteradamente su influencia para frenar los avances en ese terreno, y ha ejercido una frontal oposición a los temas relativos a la contraconcepción y al uso de profilácticos para reducir la diseminación de enfermedades sexualmente transmisibles, e interviniendo en la definición de los contenidos y métodos de educación para la sexualidad en las escuelas y colegios públicos.

Hasta adonde conozco, la ministra Britton es una funcionaria de probada seriedad, inteligencia y profesionalismo. Lamentablemente, eso no impidió que se quedara prácticamente sola en la defensa de su posición, mientras algunos de sus compañeros de gobierno corrían a poner distancia entre ese mensaje y la línea oficial ante el regaño de las autoridades eclesiásticas.

Intervención activa. Este antecedente ha hecho resurgir una preocupación que desde hace algunos meses viene dándome vueltas en la cabeza: la urgente necesidad de que la comunidad científica y tecnológica del país encuentre una manera de articular una voz para intervenir activamente en el debate de las políticas públicas relativas a estos campos.

Durante mucho tiempo, científicos y técnicos alrededor del globo mantuvieron una actitud de escepticismo y desinterés en relación con los vaivenes de la política, prefiriendo atrincherarse dentro de sus laboratorios y detrás de las paredes de las universidades con el fin de salvaguardar la pureza de su actividad. Pero grandes acontecimientos históricos, como la Segunda Guerra Mundial, eventualmente los han obligado a asomarse fuera de sus torres de marfil y a asumir posiciones claras con respecto a temas sobre los que no es posible callar, so pena de caer en la complicidad. Para muestra y siguiendo con el ejemplo de la Guerra, se recuerda la enérgica denuncia de Einstein en relación con el exterminio nazi de los judíos europeos.

Deber de actuar. Hoy existe consenso indudable y virtualmente unánime en el sentido de que los profesionales -en todos los campos del saber, incluyendo, desde luego, la ciencia y la tecnología- tenemos un compromiso ético ineludible frente a la sociedad. Para lo que aquí interesa, ese compromiso se traduce en el deber de actuar, con energía y honestidad, para asegurar que la luz del saber y las bondades del progreso alcancen a todos. La libertad, que es derecho fundamental y condición suprema a la que aspira todo ser humano, no está limitada a la independencia física o personal, sino que se realiza, entre otros planos, en la libertad frente al miedo, la ignorancia y la superstición. Y esto solo se logra por medio de un compromiso inclaudicable de promover y difundir el conocimiento.

Tal y como se hace ya en otras latitudes, estimo imprescindible que la comunidad científica y tecnológica nacional construya su propio lobby, ojalá alrededor de sus figuras más prestigiosas, para hacer sentir su aporte en el acontecer nacional. Un foro nacional científico y tecnológico vendría así a actuar fundamentalmente como un asesor objetivo e imparcial de las autoridades públicas (Poder Ejecutivo, Asamblea Legislativa, etc.) cada vez que se trate de adoptar grandes decisiones en esos terrenos. Y serviría también como guía de la opinión ciudadana frente al tratamiento prejuiciado de importantes temas de la agenda nacional. Porque a esa misión nos encomendaba, sin duda, Oliver Wendell Holmes hijo, cuando decía que la mente del intolerante es como la pupila del ojo: cuanta más luz brille sobre ella, más se encoge.

6 de agosto de 2003

La doble ronda presidencial: hacia una alternativa mejor

Exposición efectuada durante el "Seminario de Derecho Constitucional Electoral" TSE-Colegio de Abogados de Costa Rica.

Resumen: En este trabajo se analiza brevemente el sistema de elección presidencial a dos vueltas [1] existente en Costa Rica, así como sus notorias debilidades. Como alternativa, se propone la introducción de un mecanismo denominado "elecciones con resolución instantánea" (ERI), que permitiría minimizar las desventajas de comentario.

La doble ronda presidencial en Costa Rica

El marco regulatorio

Dispone la Constitución Política vigente, en lo que interesa:

"Artículo 133.- La elección de Presidente y Vicepresidente se hará el primer domingo de febrero del año en que debe efectuarse la renovación de estos funcionarios."

"Artículo 138.- El Presidente y los Vicepresidentes serán elegidos simultáneamente y por una mayoría de votos que exceda del cuarenta por ciento del número total de sufragios válidamente emitidos.

(...)

Si ninguna de las nóminas alcanzare la indicada mayoría, se practicará una segunda elección popular el primer domingo de abril del mismo año entre las dos nóminas que hubieren recibido más votos, quedando elegidos los que figuren en la que obtenga el mayor número de sufragios.

(...)"

Las dos normas transcritas corresponden al texto original de la Constitución Política de 1949 y no han sido reformadas a la fecha.

A la luz de estas disposiciones, afirmamos que, en primer término, en Costa Rica existe un sistema electoral de elección presidencial al que la doctrina denomina de principio mixto:

"[La determinación de la proporción de votos (emitidos directamente por los ciudadanos o por sus electores) que se consideran 'suficientes' para formar un gobierno] apunta a establecer un umbral electoral de legitimidad que garantice la autoridad del presidente electo. Históricamente, tres principios han regulado la definición de este umbral: la regla de competencia (el candidato con un mayor número de votos es el legítimo ganador), la regla de mayoría (el candidato con más del 50% de los votos es el legítimo ganador), y el principio mixto, por el cual el candidato más votado adquiere la presidencia siempre y cuando cumpla con un requerimiento mínimo (v.g., 40%) o mantenga cierta distancia de su competidor (v.g., 10%)." [2]

Ahora bien,

"Con el establecimiento de un umbral rígido surge un (...) problema: qué hacer cuando ningún candidato alcanza el mínimo legitimador. La respuesta histórica ha sido la organización de una segunda vuelta electoral restringiendo el número de participantes de acuerdo con la regla de competencia (solamente pasan a la segunda fase los dos o tres candidatos más votados). La realización de una segunda vuelta reabre la cuestión de establecer si ésta debe ser directa o indirecta, y (si hay más de dos candidatos) del nuevo umbral legitimador." [3]

La discusión en torno al sistema de doble ronda para la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República en Costa Rica, plasmado en el transcrito ordinal 138 de la Carta Fundamental, apenas ocupó a la Asamblea Nacional Constituyente de 1949 breves pasajes de los días 27 de mayo, 7 y 8 de junio de aquel año, según consta en las actas N° 77, 84 y 85 de las indicadas fechas.

Desde el inicio de la discusión, los constituyentes tenían muy presente -en palabras del diputado Juan Rafael Arias Bonilla- “los grandes trastornos que ocasiona una segunda elección (...). De ahí que se deba hacer todo lo indispensable para alejar [esa] posibilidad ...” [4] A pesar de ello, se desechó la propuesta inicial de facilitar la elección por medio de reducir el porcentaje de votos necesario (40% de los sufragios), para no poner en peligro la legitimación democrática de los gobernantes, considerando preferible realizar las segundas elecciones, mecanismo de resolución que existía desde la reforma efectuada en 1926 a la Constitución Política de 1871. [5]

Como si de alguna manera pudiera vislumbrar lo que sucedería en el país más de medio siglo después, el mencionado constituyente Arias Bonilla estimó entonces que “cuando solo existían dos candidatos, no había ningún problema, pero la situación se complica cuando son más de dos los candidatos”, al aumentar la probabilidad de tener que acudir a una segunda ronda eleccionaria. [6]

En definitiva, el texto del párrafo tercero del actual artículo 138 surgió de una moción presentada el 7 de junio por los diputados Juan Trejos Quirós y Ricardo Esquivel Fernández, que no se discutió sino hasta el día siguiente. [7] Del debate que registran las actas de la Constituyente, llama la atención que el mecanismo de doble ronda, en sí considerado, no generó ninguna clase de controversia. A lo más que llegaron a enfrascarse en aquel entonces los representantes populares fue en una reyerta acerca de si los candidatos a Vicepresidentes debían pertenecer o no al mismo partido político de los nominados a la Presidencia. Es decir, la Asamblea nunca llegó a considerar un mecanismo de resolución que no fuese repetir las elecciones en una fecha posterior, para el caso de que no se alcanzara la mayoría necesaria para triunfar en la primera vuelta.

La doble ronda del año 2002

La discusión brevemente surgida en 1949 no volvió a adquirir interés práctico sino hasta 53 años después, cuando, por primera vez en la historia constitucional electoral del país, ninguna de las papeletas que proponían candidaturas a la Presidencia y Vicepresidencias de la República alcanzó el 40% de los sufragios válidamente emitidos.

El 3 de febrero de ese año, acudimos a las urnas 1.569.418 costarricenses, quienes depositamos un total de 1.529.845 votos válidos, registrándose un abstencionismo del 31,16% a nivel nacional. La proporción mayoritaria de los votos válidos correspondió al Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), que obtuvo 590.277 sufragios en todo el país, para un 38,58% del total. [8]

A pesar de que la necesidad de ir a una segunda vuelta estaba clara, surgió alguna incertidumbre inicial acerca de si el Tribunal Supremo de Elecciones estaba obligado o no a convocarla expresamente, ya que ese mismo órgano pareció sostener inicialmente la tesis de que el llamado a las segundas elecciones estaba implícito en la convocatoria a las primeras. [9] No obstante, el 15 de febrero siguiente vino la resolución N° 217-E-2002, por medio de la cual el TSE realizó dicha declaratoria explícita.

El domingo 7 de abril siguiente se efectuó la segunda ronda. En esta oportunidad, comparecimos 1.372.943 costarricenses a las juntas electorales, depositando 1.339.480 votos válidos y creciendo el abstencionismo al 39,78%. En definitiva, el actual Presidente y los Vicepresidentes de la República fueron electos con el voto de un 34,05% del total de electores habilitados. [10]

Análisis crítico

Chang Mota, refiriéndose a los sistemas electorales de mayoría absoluta, señala:

"Este sistema generalmente exige una segunda vuelta, lo cual permite reagrupar las fuerzas políticas y el retiro de aquellos candidatos que no tienen ninguna opción. (...) Desde el punto de vista administrativo, este sistema requiere mucho más recursos, por cuanto se debe realizar una nueva elección varias semanas después de la primera." [11]

En efecto, un sistema electoral a dos vueltas, como el que tenemos en Costa Rica y que por primera vez se llevó a la práctica en sus dos fases a propósito de las últimas elecciones presidenciales, posee una serie de debilidades que ya hemos destacado separadamente. [12] En concreto, son las siguientes:

  • La participación de varios candidatos en la primera fase -hecho que, en definitiva, es lo que conduce al fraccionamiento del voto y a la necesidad de los segundos comicios- es percibida como algo que debilita, en vez de fortalecer, a la democracia, al atomizarla. En especial, la tercera fuerza electoral es generalmente vista como un simple aguafiestas, que obliga a la definición en segunda ronda.
  • La necesidad de una segunda votación genera un gran cansancio y apatía en los ciudadanos, quienes deben afrontar una extensión indeseada del período de proselitismo y propaganda política.
  • La dirigencia de los partidos que quedan en la contienda deben reunir energías y financiamiento adicional para la segunda etapa.
  • El TSE debe presupuestar y gastar una gran cantidad de dinero del erario público para organizar los nuevos comicios.
  • El abstencionismo tiende a crecer en la segunda vuelta, lo cual desemboca en que el candidato triunfador llegue al poder con una menor legitimación democrática. [13]
  • Los ciudadanos que apoyan a candidatos minoritarios o fuerzas emergentes en la primera vuelta quedan con la sensación de que su voto sirve de poco o nada.

Pensamos que un reposado examen de los resultados electorales de la jornada 2002 (a los que, naturalmente, se debe agregar los ya mencionados costos en términos de dinero, tiempo y energías) parecieran validar estas apreciaciones. De toda suerte, en palabras de Pérez-Liñán:

"... la experiencia (latinoamericana) de los últimos 23 años sugiere que el sistema de doble vuelta electoral ha resultado, en una mayor parte de los casos, o bien innecesario o bien peligroso. En aquellos casos en los que el presidente podría ser electo por mayoría simple sin alterar el resultado final, la realización de una segunda elección (con el costo adicional que ello implica) aparece como innecesaria. Por otro lado, en aquellas circunstancias en las que el electorado está dispuesto a utilizar la segunda vuelta para formar una 'mayoría negativa', la utilización de este procedimiento se ha mostrado inconveniente, potencialmente peligroso para la gobernabilidad democrática a menos que exista un sistema de partidos históricamente institucionalizado y capaz de encapsular el conflicto político." [14]

La alternativa: elecciones con resolución instantánea

A la vista de la problemática del sistema de doble ronda presidencial, existe una alternativa que se viene aplicando ya en diversos lugares del mundo (y se explora en otros) para evitar el elevado gasto de dinero, tiempo y energías que presenta aquél. Este mecanismo alterno es llamado elecciones con resolución inmediata (en adelante "ERI") y al que en otras latitudes se denomina "instant runoff voting". Se trata de una variante del sistema de voto preferencial, del cual se distingue por el hecho de que las ERI son aplicables a comicios con un único ganador, como lo son las elecciones presidenciales, mientras que la técnica más general de voto preferencial corresponde más bien a casos donde hay múltiples ganadores, como las elecciones de diputados o regidores municipales.

La técnica ERI fue propuesta por primera por W. R. Ware, profesor del Massachusetts Institute of Technology (MIT), en 1870.

Las ERI ya se utilizan, por ejemplo, en las elecciones presidenciales de Irlanda y en las de alcalde de la capital inglesa, Londres. También se emplean con todo éxito en Malta y -desde 1918- en Australia, para elegir a los integrantes de la Cámara de Representantes. [15] La Asociación Americana de Ciencias Políticas lo emplea para designar a su Presidente.

En síntesis, las ERI constituyen un mecanismo para resolver (inmediatamente, como su nombre lo indica) un proceso electoral cuya primera -y, bajo este sistema, única- ronda no logra producir un resultado suficiente para adjudicar la victoria por un porcentaje mayor al constitucionalmente previsto.

Una votación ERI se conduce del modo siguiente: [16]

  1. Al igual que en la actualidad, cada elector comienza por marcar en la papeleta su nomina presidencial favorita. Pero, a diferencia del sistema vigente, tiene además la opción (pero no la obligación) de señalar a cuál o a cuáles otros candidatos prefiere, en orden de más a menos, para el caso de que su favorito no logre alcanzar el porcentaje mínimo para triunfar. Es decir, luego de asignar un 1 a su candidato predilecto, puede otorgar un 2 a quien considere la segunda mejor opción, 3 a la siguiente y así sucesivamente.
  2. Si, efectuado el escrutinio de los votos, un partido logra reunir el porcentaje mínimo del 40% como primera opción de los votantes, el proceso concluye y se le declara ganador, igual que sucedería bajo el sistema actual.
  3. Sin embargo, supongamos que nadie alcanza inicialmente el 40%. En este caso, se descartará al partido que obtuvo menos votos como primera opción de los electores y sus sufragios se distribuirán entre los demás participantes, atendiendo a lo que cada votante determinó como su segunda alternativa.
  4. Si algún candidato obtiene el mínimo necesario, vence y el proceso concluye. De lo contrario, se repetirá el paso 3 anterior tantas veces como sea necesario para resolver la elección.

Es interesante anotar que, con las ERI, el porcentaje mínimo para triunfar perfectamente podría elevarse al 50% y fracción (es decir, a la mayoría absoluta), conduciendo a una elección democrática ideal. El procedimiento de resolución garantiza que habrá siempre un ganador.

Para una mejor ilustración, examinemos algunas preguntas y respuestas básicas sobre el sistema ERI:

PREGUNTA: ¿No son las ERI demasiado complicadas para los votantes?

RESPUESTA: Por el contrario. Los votantes seleccionan su candidato preferido en la papeleta, como lo han hecho siempre. La diferencia en las ERI es que, si lo desean, pueden indicar además, en orden descendente, a cuál o cuáles candidatos preferirían apoyar en caso de que el primero no logre alcanzar el porcentaje requerido para ganar las elecciones.

P: ¿Es necesario ordenar numéricamente a todos los candidatos?

R: No. En adición a su candidato preferido, el elector puede seleccionar solo las alternativas que desee (o ninguna).

P: ¿Las ERI hacen más complejo el conteo de los votos?

R: Hay que recordar que, en el sistema tradicional, los votos son clasificados por partido y contados en cada junta electoral al cierre de las urnas. Esto no cambia con las ERI. La re-clasificación y recuento que requiere cada ronda ERI se aplica solo a las candidaturas que obtuvieron menos votos. Puesto que estas papeletas ya fueron separadas durante el conteo inicial y, además, son las menos, el consumo de tiempo es mínimo. Las ERI no requieren el recuento completo de cada mesa electoral. Desde luego, ante la perspectiva de la introducción de medios electrónicos de votación (por ejemplo, a través de lectores ópticos o pantallas sensibles al tacto), los recuentos informatizados serían inmediatos.

P: En caso de recuento manual, ¿deberán quedarse y hacerlo los mismos miembros de cada junta electoral?

R: No. Concluido el conteo inicial, la documentación electoral sería empacada y remitida al TSE como de costumbre. El recuento, por ende, se efectuaría en el Tribunal.

P: Pero entonces, aplicando las ERI, no se sabría el resultado de las elecciones el mismo día, ¿verdad?

R: Si un candidato obtiene la mayoría necesaria para ganar en la primera ronda, el mecanismo de resolución inmediata no entra en juego, por lo que los resultados se conocerían el mismo día, como siempre. Si, por el contrario, no se alcanza la mayoría y se debe aplicar la ERI, la definición tardaría un poco más, a lo sumo uno o dos días si debe hacerse manualmente (téngase presente la respuesta trasanterior). Pero nótese que aun este lapso es obviamente menor que los dos meses que tomaría efectuar una segunda ronda conforme al sistema tradicional.

P: Con las ERI, ¿no estaríamos contando dos o más veces los votos de los partidos minoritarios?

R: No. Cada ronda equivale, en la práctica, a contar todos los votos nuevamente y por igual. Lo que pasa es que los votos de primera opción para las candidaturas mayoritarias ya fueron contabilizados inicialmente y no haría falta hacerlo de nuevo; en las rondas sucesivas, solamente les sumamos los votos adicionales generados por la eliminación de los candidatos con menos sufragios.

P: ¿No es injusto eliminar los candidatos en orden de menor a mayor? Si se aplicara otra secuencia, ¿sería diferente el resultado?

R: No, no lo sería. Siempre y cuando la eliminación se aplique a candidatos que carezcan de la posibilidad matemática de ganar, la exclusión podría darse en cualquier orden. Considérese este ejemplo: si el partido A obtiene en la primera ronda un 35% de los sufragios válidos y el partido B obtiene un 30% (es decir, el 65% del total entre ambos), ello implica que todos los demás candidatos -no importa cuántos sean- estarían matemáticamente imposibilitados de ganar, porque incluso otorgándole todos sus votos a uno cualquiera de ellos, éste nunca podrá sumar más que un 35%. De hecho, algunos sistemas ERI (como, por ejemplo, el propuesto para el estado de Vermont en los EE.UU.) disponen la eliminación automática y simultánea de todas las nóminas que se encuentren en dicha situación. La exclusión de abajo hacia arriba solamente persigue hacer más rápidos los recuentos, al operar con un menor número de papeletas en cada ronda.

Conclusión

El mecanismo de ERI permite eludir los costos, el desgaste y los conflictos que inevitablemente van asociados a unas segundas elecciones. Pero, en adición a ello, posee ventajas adicionales, no menos importantes.

Por ejemplo, los partidos políticos se ven obligados a abandonar o al menos a minimizar los ataques negativos contra sus contrincantes, ya que saben que están obligados a cortejar no solo los votos de primera opción de sus propios seguidores, sino también los sufragios de segunda o tercera alternativa de los seguidores de sus oponentes. Además, las ERI suprimen la necesidad de negociaciones y componendas más o menos objetables entre los partidos políticos, en procura de apoyo de cara a una segunda ronda electoral. El resultado neto de todo lo anterior sería una campaña política de más alto nivel y más transparente.

Por supuesto, la adopción de las ERI en nuestro medio requeriría de las correspondientes reformas constitucionales y legales, así como una adecuada campaña de educación cívica para instruir a los electores en la nueva dinámica de votación. Sin embargo, estamos a tiempo de hacer todo esto. Lo que sigue ahora es generar la indispensable voluntad política, bajo la convicción de que de este modo estaremos depurando, profundizando y estimulando nuestro régimen democrático.

Notas

  1. "Balotaje", como lo denomina también la doctrina.
  2. PÉREZ LIÑÁN, Aníbal, “La reversión del resultado en la doble vuelta electoral: una evaluación institucional del balotaje”. En Observatorio Electoral Latinoamericano, disponible electrónicamente en http://www.observatorioelectoral.org/biblioteca/?bookID=22&page=0. Los paréntesis iniciales no son del original.
  3. Ídem.
  4. Actas de la Asamblea Nacional Constituyente de 1949, Tomo II, N° 77, páginas 196-197. Imprenta Nacional, San José, 1952.
  5. En lo que interesa, dicho texto decía: “Artículo 82.- Son atribuciones exclusivas del Congreso: (...) 2da.- Hacer la calificación y el escrutinio de los sufragios para Presidente de la República, y declarar la elección del ciudadano que hubiere obtenido el mayor número de votos, siempre que éstos sean superiores al cuarenta por ciento de los sufragios emitidos. (...). Si ninguno de los candidatos hubiere alcanzado dicha mayoría, se practicará una segunda elección popular, el primer domingo de abril del mismo año, entre los tres candidatos que hubieren recibido el mayor número de votos, y quedará electo el que de ellos obtenga la mayor suma de sufragios. (...)
  6. Actas, página 197.
  7. Idem, páginas 276 y 285 a 287.
  8. Fuente: Tribunal Supremo de Elecciones, http://www.tse.go.cr/declaratoria2002.htm; página visitada el 28 de julio del 2003.
  9. HESS ARAYA, Christian. "Debe haber nueva convocatoria". Artículo de prensa publicado en el diario La Nación el 13 de febrero del 2002.
  10. Fuente: TSE, http://www.tse.go.cr/declaratoria_preyvicepre.htm; página visitada el 28 de julio del 2003.
  11. CHANG MOTA, Roberto, "Los sistemas electorales", en "Tendencias contemporáneas del Derecho electoral en el mundo". Universidad Nacional Autónoma de México, 1993, página 258.
  12. HESS ARAYA, Christian, "Elecciones con resolución inmediata: alternativa a las segundas rondas electorales". Publicación electrónica del proyecto Democracia Digital (http://www.democraciadigital.org).
  13. En el caso concreto del año 2002, el cansancio del electorado trascendió incluso a las elecciones municipales de diciembre de ese año, que registraron índices verdaderamente alarmantes de ausentismo.
  14. PÉREZ-LIÑÁN, op. cit.
  15. Véase http://www.aec.gov.au/_content/how/pocket/sec35.htm
  16. La presentación asociada a este documento (NOTA: no disponible aquí) contiene una representación gráfica del proceso. También existe una simulación dinámica en el archivo adjunto (NOTA: tampoco está disponible aquí).
  17. HESS ARAYA, "Elecciones ...", op. cit.

26 de julio de 2003

Espiando al vecino

Artículo publicado en la sección "Página Quince" del diario La Nación (ver publicación original).

La trágica muerte de la niña Katia González ha levantado un clamor en pro de endurecer las penas para la comisión de delitos que involucren situaciones de riesgo o de daño para los menores. Ojalá el calor del momento no conduzca a soluciones legislativas que no hayan sido cuidadosamente valoradas. Ni a que se olvide que, en una materia como esta, lo fundamental, lo realmente importante, es la prevención. Enviar a un delincuente a "pudrirse a la cárcel" podrá satisfacer la necesidad de venganza, pero sin duda lo ideal es evitar la reiteración de estas tragedias.

También se ha despertado un inusitado interés de la ciudadanía por contar con algún medio que permita detectar la posible presencia de predadores sexuales en nuestro entorno inmediato. Es lógico que, si pudiéramos saber anticipadamente que un sujeto de esos vive o trabaja cerca de nosotros, podremos tomar las medidas de prevención del caso con nuestros hijos.

La idea no es nueva. En otros países como Estados Unidos, se ha recurrido incluso a Internet como medio para que las personas puedan constatar dónde viven las personas que han recibido condenas penales por la comisión de delitos sexuales contra menores. Desde la promulgación en ese país de la llamada "Ley de Megan" de 1996, se ha dictado una serie de disposiciones a nivel federal y estatal que permiten la creación de bases de datos, públicamente accesibles, para obtener información de esta clase. A la fecha, al menos veinte de los estados cuentan con registros totales o parciales.

En realidad, el tema no es sencillo. En los propios Estados Unidos, diversas personas y organizaciones pro derechos civiles han cuestionado la existencia de estas bases de datos. Algunos tribunales han acogido sus planteamientos, lo cual ayuda a entender por qué no se han generalizado aún a todo el país. Se dice que la existencia de registros como los mencionados conduce a la perpetua estigmatización de quienes figuren en él. Si una persona ya ha purgado la pena que se le impuso por su delito, su inclusión en la base de datos equivale a una nueva sanción e impedirá su exitosa reinserción en la sociedad. Si bien está claro que algunos de estos delincuentes podrían reincidir en el futuro (como pasó en el caso de la pequeña Megan y pareciera haber sucedido en el de Katia), esto no será necesariamente cierto para todos. Por ende, la existencia del registro servirá para negar una segunda oportunidad en la vida a quienes la prisión haya inculcado un propósito de enmienda.

Extremo cuidado. En contra de esos argumentos está, por supuesto, la tesis de que el bienestar, salud y vida de los niños, así como el deber y derecho de sus padres de protegerlos, está por encima de los derechos de los delincuentes. Además, se ha esgrimido el carácter de interés público de la información. Si las autoridades no ofrecen acceso a ella, se ha afirmado, incluso, el derecho de las organizaciones y personas privadas a brindarla por sus propios medios, amparadas por la libertad de expresión.

No han faltado soluciones salomónicas, como permitir el acceso al registro solo a ciertos usuarios calificados. Por ejemplo, una escuela tendría derecho a revisar si un nuevo maestro o maestra de preescolar figura en él. Desgraciadamente, tampoco han faltado los graves errores. En Dallas, Texas, un grupo de vecinos decidió tomar la ley en sus manos al enterarse por el registro de que un exconvicto de estos vivía en su comunidad. Sometieron a una persona a una vapuleada que casi le cuesta la vida, solo para que más tarde se supiera que era otra persona que vivía en el mismo domicilio, del cual el verdadero ofensor se había mudado hacía algún tiempo, sin que la base de datos hubiese sido actualizada aún.

Quisiera tener la respuesta perfecta para todas estas interrogantes, pero no es así. Solo espero que sirvan para llamar la atención en el sentido de que en estos temas se debe actuar con cuidado extremo pues es mucho lo que está en juego.

8 de julio de 2003

La austeridad como pose

Artículo publicado en la sección "Página Quince" del diario La Nación (ver publicación original).

Los recientes reportajes sobre la ruinosa condición que tienen muchas de las oficinas de la Asamblea Legislativa nos terminan de convencer de que muchos de nuestros actuales dirigentes políticos confunden la austeridad con un franciscano voto de pobreza. Eso no estaría nada mal si fueran frailes franciscanos, pero como, en vez de eso, son los representantes de cada uno de nosotros ante el resto de la ciudadanía y ante el resto del mundo, tal vez alguien debería recordarles que todos esperamos que esa representación sea ejercida no solo con sobriedad, sino también con decoro y dignidad. Y eso no se puede hacer con despachos que, por lo visto, son más candidatos para recibir una orden sanitaria de desalojo que otra cosa.

Un mal manejado concepto de austeridad también pareciera estar llevando a esas autoridades políticas a creer, erróneamente, que cualquier acción o decisión que de alguna manera dignifique o enaltezca el ejercicio de sus cargos es, automáticamente, una reprochable manera de beneficiarse personalmente. Pero es que eso solo pasa si se cree que uno mismo, el cargo que ejerce y la representación que ostenta son la misma cosa.

Terror reverencial. Existe una enraizada cultura nacional que nos hace ver con espanto cualquier cosa que pueda ser malinterpretada o vista por otros como un insano deseo de sobresalir porque eso nos expone al choteo, cosa que a los ticos nos infunde un terror reverencial. Agreguemos el surgimiento de toda una ralea de modernos fariseos, que están más que prestos y dispuestos a descargar su fundamentalismo moralizante sobre quien se atreva a generar su ira. Resultado: nadie se atreve a ser el primero o primera que levante la mano para pedir nada o para exigir un cambio en el statu quo.

Este triste panorama, unido al espectáculo circense que con cada vez mayor frecuencia nos dispensan nuestros líderes, lógicamente va minando el respeto a la autoridad legalmente constituida. Y es que, si operamos según la premisa de que "aquí todos somos igualiticos", ¿por qué iba alguien a mostrarle deferencia alguna a quien ostente una investidura pública? Y, si carecemos de respeto a los gobernantes, ¿por qué habríamos de respetar las leyes que ellos promulgan y que les corresponde hacer valer? ¿Será por eso por lo que cada vez más parece que en Costa Rica a nadie le importa nada y todos creen que pueden hacer lo que les dé la gana?

Espectáculo agotador. La idea no es caer en la fastuosidad ni el autoritarismo. (¿Por qué será que algunos siempre piensan que, si uno está en desacuerdo con una situación que raya en el extremo, es solo porque anhela el extremo contrario?). Lo que pasa es que de verdad cansa este show de austeridad mal entendida, esa competencia de "Yo soy más austero que tú". Tanta virtud nos encandila, a pesar de que sepamos que nunca o casi nunca es auténtica. Es austeridad como pose, austeridad como eslogan.

De lo que se trata en realidad -y esto no debería ser muy difícil- es de llegar a entender y respetar el equilibrio que deben tener "costo" y "beneficio". Si de una decisión concreta (como, por ejemplo, que los diputados tengan y usen vehículos oficiales en sus actividades de trabajo; o que se construya un nuevo edificio para la Asamblea Legislativa y, de paso, para la Casa Presidencial, que también es espantosa) resulta un claro y tangible beneficio para el país (un mejor, más eficiente y decoroso ejercicio del cargo; un restablecimiento de la solemnidad de la función pública), entonces creo que la inversión que se haga -dentro de los rangos esperables de razonabilidad- estará más que ampliamente justificada. Claro que no faltarán quejas, críticas y lamentos. Pero nunca se ha visto que una gran nación se levante a base de llanto y rechinar de dientes. Ahora lo que falta es ver quién tendrá el coraje de levantar la mano.

12 de junio de 2003

La opción del software libre

Artículo publicado en la sección "Página Quince" del diario La Nación (ver publicación original).

Se discute sobre la conveniencia de adoptar el llamado "software libre" en el sector público, como alternativa para enfrentar el alto costo del licenciamiento de sistemas y aplicaciones informáticas.

Por software libre (u open source) se entiende -en líneas generales- todo aquel producido bajo la premisa de que el software debería ser accesible para todos. Se caracteriza porque, además de poner los programas a disposición de cualquiera, también se distribuye el código fuente, con la idea de que otros puedan estudiarlo y mejorarlo, beneficiando a la vez a los demás usuarios. El más conocido ejemplo de esta categoría es el sistema operativo Linux.

La propuesta mencionada forma parte de una tendencia mundial que surge en los últimos años como reacción a los altos precios y a la mediocre calidad de gran parte del software propietario disponible. En Latinoamérica, los gobiernos nacionales y locales de países como México, Brasil y Perú han promovido iniciativas para la adopción del software libre en las dependencias estatales. A nivel de decisiones formales tomadas en este sentido dentro del sector público costarricense, hasta ahora solo conozco la del Colegio de Abogados, en cuanto a sustituir las licencias existentes de software de oficina por el paquete OpenOffice.org.

Ventajas y desventajas. Antes de que el entusiasmo pueda llevarnos a adoptar medidas extremas que a la postre conduzcan a consecuencias más bien negativas, es importante tener claro que la opción del software libre, igual que la del software comercial, posee tanto ventajas como desventajas que toda organización debe valorar antes de actuar.

Su virtud más obvia es la del costo, ya que como regla las licencias de software libre son gratuitas, permitiendo un importante ahorro con relación con el software comercial. Además, usualmente es el fruto del trabajo colaborativo, desinteresado y transparente de grandes cantidades de programadores, lo cual tiende a dotarlo de una gran calidad y estabilidad. La accesibilidad del código fuente permite desarrollar soluciones altamente personalizadas y adecuadas a las necesidades de cada persona u organización.

En lo que a desventajas se refiere, se debe considerar que la economía que se obtiene por la gratuidad de las licencias puede verse contrarrestada por los costos de capacitación y migración. Además, las aplicaciones de software libre no siempre cuentan con el respaldo de personas o entidades que puedan hacerse responsables de la corrección de defectos, la distribución de actualizaciones o de las consecuencias de los fallos que puedan surgir. Finalmente, pueden aparecer problemas a la hora de compartir información con otras personas o entidades.

Soy entusiasta partidario del open source, pero pienso que la posibilidad de imponer su uso por medio de fiat legislativo -si es que esa es la idea- puede ser contraproducente. Lo bonito del software libre es justamente que es una alternativa; las palabras "software libre" y "de uso obligatorio" no parecen ir bien juntas en la misma frase.

Consideraciones relevantes. Creo que es erróneo poner la discusión entre software comercial y libre como una cuestión de todo o nada. Inclinarnos por uno, por otro o por una mezcla de ambos debe ser algo que se examine con cuidado y a la luz de las consideraciones relevantes en cada caso. El factor costo del licenciamiento, por sí solo, no debe ser determinante. En el sector público en especial, ya se sabe a qué lleva un apego irracional a la fórmula del "precio más bajo".

En la guerra entre software comercial y software libre, los ganadores somos los usuarios. Aquél debe competir con calidad, puesto que obviamente no puede hacerlo en precio. El segundo, en la medida en que muestre una calidad equiparable al comercial, se presentará cada vez más como una excelente alternativa. Pero no nos fanaticemos por ninguno de los dos. Sepamos más bien capitalizar inteligentemente de los resultados de esta contienda.

17 de mayo de 2003

Con la caridad cansada

Artículo publicado en la sección "Página Quince" del diario La Nación (ver publicación original).

Dicen que la caridad es buena para el espíritu. Al despojarnos de algo para darlo a otro que lo necesita, reforzamos los lazos de solidaridad entre seres humanos y ganan tanto el que da como el que recibe. Hasta ahí, todo bien. Pero repasemos la caridad "a la tica", que presenta ciertas, digamos, peculiaridades.

Están, en primer lugar, las visitas a domicilio. Colectas para esto y rifas para lo otro. Que si deseo colaborar con la reconstrucción del albergue "equis" o aportar para la compra del mobiliario de la escuela "zeta". Que si leo la carta de la delegación policial porque la persona que me la muestra no puede hablar. Que figúrese, señor, que la semana pasada me operaron (todas las semanas es lo mismo) y no tengo dinero para los pases del bus.

Después están las colectas en el trabajo. Resulta que a fulana le regalaron trillizos y estamos recogiendo plata para regalarle una ropita. O que a zutano se le inundó la casa y estamos pidiendo plata para ayudarle a comprar muebles.

Boleta incluida. Ahora, cada vez que llega un recibo o un estado de cuenta en el correo, viene con una boleta de donación adjunta que me piden llenar, porque resulta que solo yo puedo devolver la sonrisa a los ancianitos del hogar "equis". Dice la boleta que saben que no les voy a fallar.

Recuerdo cuando se organizó la primera Teletón: fue un acontecimiento muy grande y había mucha emoción. Muchos aportamos unos poco y otros, mucho, para que fuera un éxito. Ahora resulta que todos los años hay Teletón. Ya es como un hábito.

Lo peor de todo -o al menos eso me parece- se da en las calles. En cada semáforo piden colaborar con esto, cooperar con lo otro y contribuir con lo de más allá. Algunos prácticamente le ponen a uno la alcancía en la cara, otros se enojan si no se les da nada y otros imparten alguna clase de bendición, no se sabe si con sinceridad o para que uno se sienta culpable de no colaborar.

Libertad coartada. El colmo es cuando le atraviesan a uno un mecate en la carretera para obligarlo a parar. Violando flagrantemente la libertad de tránsito, se trata de obligar a la gente a aportar a una causa que, por noble que sea, no puede justificar jamás este atropello. Es caridad a la fuerza.

Los "cuidacarros" -si nos detenemos a pensarlo- practican lo que no es más que una forma de mendicidad disfrazada. Rara vez están realmente pendientes del vehículo de uno; solo les interesa recoger la mayor cantidad de dinero posible. Y algunos incluso tienen el tupé de repartir boletas con tarifas fijas, a cambio de permitir que los ciudadanos puedan ejercer su derecho de estacionarse en la vía pública.

Encima, ahora aparecen "los maromeros", con sus pequeños shows de destreza.

Al primero lo vi en los semáforos de la Facultad de Derecho de la UCR y, al principio, me pareció simpático. Imaginé que era algún desamparado artista extranjero al que le urgía reunir fondos de una manera original para regresar a su país.

Pero luego comenzaron a multiplicarse y a aparecer en otros lugares. Ya hay imitadores nacionales, no necesariamente con el mismo grado de habilidad. En todos estos casos, hay que dar plata "para colaborar con el arte".

No me malinterpreten. Algunas causas definitivamente valen la pena y no hay que dejar de apoyarlas. Pero también hay algunos a los que se les va la mano; que recurren a la caridad como vía fácil para no complicarse buscando fondos con mayor esfuerzo. Y también hay gente que, como me decía doña Virginia Valverde (que en paz descanse), las quieren todas maduras y en el suelo. En estos casos, quisiera uno mostrarles un rótulo, que para emplear todas las variantes usuales, tendría que decir algo así como esto: “Lo siento, pero no compro, no regalo, no colaboro, no coopero, no aporto, no dono y no contribuyo”.

Como decíamos al principio, no hay duda de que un poquito de caridad le hace bien al espíritu. Pero la verdad también es que a ratos siente uno como que anda con la caridad cansada.

14 de abril de 2003

La parábola del cerrojo

Artículo publicado en la sección "Página Quince" del diario La Nación (ver publicación original).

En enero pasado un analista en temas de seguridad llamado Matt Blaze publicó un artículo que describe una vulnerabilidad de los cerrojos de llave maestra, aquellos que permiten a una persona poseer una llave de su puerta, mientras alguien más -por ejemplo, un administrador- tiene una copia maestra que abre esa y todas las demás puertas del mismo edificio. En este caso, por medio de la técnica descrita, sería posible que cualquier persona convierta su llave individual en llave maestra.

Según cuenta Bruce Schneier, especialista en seguridad informática, la aparición del artículo desató un furor entre los expertos en cerrajería. Resulta que la técnica en cuestión era bien conocida desde hace más de un siglo por ellos, pero nunca había sido discutida en público. Las personas que adquirían estos cerrojos la desconocían por completo, y los cerrajeros estaban muy contentos, suponiendo que esa ignorancia generalizada era algo bueno: mantener este conocimiento fuera del dominio público evitaría que los delincuentes lo aprovecharan. Aunque parece que en el mercado existen otros sistemas de llave maestra inmunes a la técnica publicada por Blaze, son escasos y caros. Según los cerrajeros, mientras la gente no supiera nada del problema, sería más fácil y más barato continuar fabricando y vendiendo los sistemas vulnerables, que tomarse la molestia de repararlos.

Técnica conocida. El problema es que la famosa y centenaria técnica ya era conocida y se transmitía sotto voce en el bajo mundo. Se dice que, en 1994, un ladrón se apoderó una llave maestra y logró robar el equivalente de $1,5 millones en joyas, sustrayéndolas de las cajitas de seguridad del banco donde estaban guardadas. A los delincuentes, desde luego, no los gobierna el "pacto de silencio" de los cerrajeros.

La moraleja es que, cuando cierta información tiene la capacidad de afectar seriamente los intereses de las personas, mantenerla fuera de su conocimiento no solo sirve de poco o nada, sino que, de hecho, es peligroso e irresponsable. Al manejarse la información en secreto, quienes tienen el poder y el deber de actuar para enfrentar el riesgo no se ven sometidos a la presión pública para hacer algo sobre el particular. Al mismo tiempo, las personas que están expuestas a ese riesgo se ven imposibilitadas de tomar medidas concretas para reducir su exposición. En el caso de los cerrojos, quizás la gente dejaría de utilizar los sistemas de llave maestra defectuosos si tan solo supiera lo vulnerables que son.

Peligro e irresponsabilidad. Por mi parte, leyendo del affaire de los cerrojos, se me ocurre pensar que todo lo dicho se aplica por igual en materia de transparencia en el acceso a la información sobre políticas públicas. Cuando los gobernantes y autoridades definen políticas que pueden afectar negativamente a los ciudadanos, pero no las someten al escrutinio general, actúan de manera potencialmente peligrosa e irresponsable. Al sustraerlas del examen público, impiden que el debate saque a la luz sus fallas y debilidades. La auditoría ciudadana y la rendición de cuentas ceden. La prensa no puede cumplir con una función esencial que le corresponde en una sociedad libre: vigilar la gestión pública y alertar a los ciudadanos sobre los problemas que pueda mostrar.

Como lo subraya Schneier, la mayoría preferiríamos manejar la mayor cantidad de información posible para poder tomar decisiones informadas sobre las cosas que nos atañen. Quisiéramos contar con los elementos de juicio necesarios para presionar y poder obtener una solución adecuada para algo que no anda bien. No desearíamos que sean otras personas quienes decidan por nosotros qué y cuánto podemos saber de cuestiones que nos afectan o pueden afectar profundamente. De allí que todo este asunto de los cerrajeros y sus secretos tenga un profundo valor como enseñanza. Es prácticamente una parábola. La parábola del cerrojo.

1 de abril de 2003

Una Constitución Política para el siglo XXI

Este artículo fue publicado en la revista electrónica del proyecto Democracia Digital.

La Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica -de la que me honra formar parte- ha dispuesto dedicar la realización del Congreso Jurídico Nacional que corresponde efectuar este año, al tema "La Constitución Política del siglo XXI".

Al tomar esta decisión, se ha partido del hecho constatable de que la sociedad costarricense se encuentra ante una coyuntura, en la que ciertos grandes y profundos cuestionamientos no se están haciendo, o que, si se hacen, lo son en el contexto de discusiones político-partidarias, que de alguna manera contaminan el debate y le restan amplitud. Frente a esa realidad, pensamos que el Colegio, por su trayectoria y responsabilidad, tiene la posibilidad -y el deber- de auspiciar un debate serio e imparcial sobre el tema de la Constitución.

En principio, la etapa plenaria del Congreso se efectuará el próximo mes de octubre. Esta fase estará precedida de un ciclo de conferencias y mesas redondas. En éstas, buscaremos la participación de los más connotados expertos, por supuesto que de la materia constitucional, pero también de otras disciplinas como la economía, las ciencias políticas, la sociología y otras cuyos enfoques necesariamente habrá que tener en cuenta para lograr un panorama completo de la cuestión.

No deseamos que el evento se dedique al replanteamiento de ciertos lugares comunes, conocidos por todos, con respecto al tema de interés. Más bien desearíamos que los participantes hagan un esfuerzo, de clarividencia jurídica si se quiere, para tratar de visualizar el panorama constitucional del país a veinte o cincuenta años plazo. Fijadas así las metas de la sociedad a que aspiramos, se deberá examinar también el camino que deberíamos recorrer para alcanzarlas.

Por razones de honestidad intelectual, no deseamos partir de algunas presuposiciones o sobreentendidos que suelen permear las discusiones en torno al tema de la Constitución. De hecho, no partimos ni siquiera de la premisa de que es necesario cambiar la que tenemos. Podría ser, por ejemplo, que se concluya que los problemas que aquejan al país no encuentran su raíz en la Carta Fundamental, sino en cuestiones de diversa índole, tales como el modelo de desarrollo vigente o la ausencia de talento y liderazgo político. Tampoco damos necesariamente por demostrado que si la Constitución tiene algo que ver, que entonces sea indispensable practicar una reforma general por medio de una Asamblea Constituyente. En efecto, podría adelantarse la hipótesis de que la vía de las reformas parciales son idóneas para introducir los ajustes que requiere el texto para adecuarlo a las exigencias y retos del nuevo siglo.

Como es de esperar, el tema de una constituyente es de suyo complejo. Dejando de lado los argumentos simplistas que algunos proponen para acogerla o para rechazarla, lo cierto del caso es que la perspectiva de una reforma general de la Constitución tiende a generar diversos grados de resistencia por parte de sectores interesados o afectados (los "stakeholders" de los que habla la literatura angloparlante). Por ejemplo:

  • Sectores empresariales podrían ver con recelo una constituyente, debido al temor de que de ella surjan cuestionamientos o limitaciones adicionales a las libertades económicas existentes.
  • Sectores sindicales podrían temer un debilitamiento o restricción del capítulo de las garantías sociales.
  • La clase política gobernante podría no desear que su gestión se vea empañada u opacada por el desarrollo paralelo de una asamblea constituyente.

Si llegásemos a la conclusión de que una reforma general es necesaria, habrá que determinar también la manera más efectiva de lidiar con estos factores psicológicos o emotivos. Una posibilidad podría ser la de preceder la realización de la constituyente con la preparación de un texto base, elaborado por personas de reconocida solvencia moral e intelectual, que sirva para delinear de alguna manera los grandes temas de discusión. Otra alternativa podría ser someter cualquier texto que genere la constituyente a un referendo popular posterior, como mecanismo legitimador democrático de última instancia.

Sea como fuere, pareciera estar claro que el primer paso para un exitoso debate del tema planteado consiste en fijar unas pocas materias clave a las que se dedicará el Congreso. El tema de la Constitución es extremadamente amplio e imposible de abarcar exhaustivamente dentro de las limitaciones materiales y de tiempo. De este modo, algunos expertos a quienes hemos ido pidiendo criterio nos han aconsejado fijar los "grandes tópicos", que podrían incluir:

  • La organización y distribución del poder, incluyendo el marco organizativo del Estado y los mecanismos de control del poder.
  • La depuración y profundización democráticas, lo que comprende temas como las reformas electorales y los mecanismos de participación y auditoría ciudadanas.
  • La hacienda y el empleo público.
  • La reforma constitucional misma, sus procedimientos y límites.

Este ejercicio está pendiente aun, pero no hay duda de que hay que aplicarlo para asegurar las metas planteadas. Las próximas semanas servirán para reflexionar con mayor profundidad al respecto y poner en marcha el proceso.