Dice La Gaceta N° 217 de hoy que por ley N° 8997 del 26 de setiembre de este año, la Asamblea Legislativa autoriza a la Municipalidad de Oreamuno de Cartago para segregar y donar un lote de 3297,58 m², situado en el distrito de San Rafael, a las Temporalidades de la Iglesia Católica, "con el fin de que en ese terreno se construya la capilla en honor a la Santísima Trinidad".
Dice el texto que "En caso de que las Temporalidades de la Iglesia Católica Diócesis de Cartago no deseen mantener dicho fin, el terreno regresará a nombre de la Municipalidad de Oreamuno para fines comunales". De nuevo pregunto: ¿cómo es que a esa Municipalidad no se le ocurrió hacer esto último primero?
Dice el texto que "En caso de que las Temporalidades de la Iglesia Católica Diócesis de Cartago no deseen mantener dicho fin, el terreno regresará a nombre de la Municipalidad de Oreamuno para fines comunales". De nuevo pregunto: ¿cómo es que a esa Municipalidad no se le ocurrió hacer esto último primero?
0 comentarios:
Publicar un comentario en la entrada