1 de septiembre de 2011

Protesta por celebración de "Día Nacional de la Biblia" en el Colegio de Abogados

Los días 29 de agosto y 1 de setiembre de este año, el Departamento de Comunicación del Colegio de Abogados distribuyó un correo electrónico invitando a un acto denominado "Día Nacional de la Biblia" (hacer clic en imagen adjunta para verla en un mayor tamaño).

Ante esto, un grupo de 26 agremiados(as) hizo llegar hoy a la Junta Directiva de esa entidad un documento de protesta, cuyo texto dice:
"San José, 1 de setiembre del 2011.-

Señora
Dra. Éricka Hernández Sandoval
Presidenta Junta Directiva
Colegio de Abogados

S. O.

Estimada señora:

Las y los suscritos, todos(as) abogados(as) y miembros(as) activos(as) del Colegio de Abogados, nos dirigimos a usted con el propósito de manifestar:

El día 29 de agosto, circuló por correo electrónico un mensaje titulado 'Día Nacional de la Biblia', proveniente del Departamento de Comunicación del Colegio de Abogados (dirección electrónica comunicacion@abogados.or.cr). Debido a esa circunstancia y al hecho de que la misiva no indica el nombre de ninguna persona responsable, asumimos que su contenido se origina -o, al menos, cuenta con el beneplácito- de la Junta Directiva que usted preside.

En el correo electrónico en cuestión, se invita a celebrar el 'Día Nacional de la Biblia' este sábado 3 de setiembre, de 8:00 a. m. a 3:00 p. m., así como a 'leer con nosotros la Biblia, en forma continua, y sin comentarios' en el auditorio de esa institución. De nuevo, el mensaje no aclara a quién se refiere con 'nosotros'.

En virtud de lo indicado, hemos dispuesto transmitir por su medio a la Junta Directiva nuestro desaliento y protesta por la participación de ese Colegio en esta actividad, lo cual representa un flagrante quebranto del principio -propio del moderno constitucionalismo occidental- de neutralidad religiosa del Estado, así como una actitud de exclusión fundada en motivos religiosos, en contra de las y los agremiados(as) que no profesan el credo cristiano.

Ninguno(a) de los (las) suscritos(as) desconoce el carácter confesional del Estado costarricense, a la luz del texto actual del artículo 75 de la Constitución Política. Sin embargo, nos anima la esperanza de que el Colegio de Abogados -por su propia naturaleza y por su compromiso con el respeto del derecho internacional de los derechos humanos- sabe reconocer que dicha norma actualmente no va más allá de constituir un anacronismo histórico. De hecho, fue justamente esta entidad gremial la que, en el año 2003 y durante su XIV Congreso Jurídico Nacional, aprobó una moción que decía:

'Que por medio de una reforma constitucional, que se deberá diseñar y aprobar a la brevedad posible, se consagre el principio de la absoluta neutralidad del Estado en materia de libertad de culto, suprimiendo consecuentemente todas aquellas referencias insertas en el texto actual (principalmente, aunque no únicamente, en el artículo 75) que den pie a que se privilegie o discrimine a algún credo religioso en particular. Dicha reforma explícitamente señalará la inconstitucionalidad de cualquier norma jurídica de rango inferior que pueda tener ese mismo efecto y dejará en claro que la decisión de practicar un denominado culto o bien de no practicar ninguno, corresponde al fuero interior de cada persona, debiendo limitarse el Estado a garantizar plenamente la vigencia y el ejercicio de esa libertad.'

Es evidente que la realización de actividades como el mencionado 'Día Nacional de la Biblia' choca frontalmente con el citado pronunciamiento.

Pero, en adición a lo anterior, cabe subrayar que eventos de carácter religioso de esta clase (así como otros similares, incluyendo la realización de misas en honor de San Ivo durante la 'Semana del Abogado y la Abogada', así como la conspicua presencia de una estatua de Jesús justo a la entrada de las instalaciones) tiene un profundo efecto discriminatorio. En efecto, hace caso omiso de que las y los agremiados no somos unánimemente cristianos o católicos, convirtiendo a quienes no lo son en 'colegiados de segunda clase', tan solo por ejercitar su derecho fundamental y humano a la libertad de conciencia, optando por profesar otros credos religiosos, o bien por no profesar ninguno. Cuando el Colegio organiza o patrocina actividades de esta naturaleza, automáticamente divide -en vez de unir- a las y los agremiados en dos bandos: los que pertenecen al credo 'favorito' o privilegiado, versus todas y todos los demás, que pasan así a quedar en un nivel secundario, a pesar de que contribuimos por igual con nuestra cuota y nuestros aportes personales al Colegio.

No ignoramos tampoco que este evento deriva de lo dispuesto en la ley N° 8030 del 27 de setiembre del 2000, que es tan solo una más de esas ocurrencias legislativas en las que los poderes públicos pretenden inmiscuirse en las creencias personales de los ciudadanos. Pero la simple lectura de ese escueto texto legal revela que éste no dispone la realización de ninguna clase de actividades, mucho menos a cargo de entidades públicas. De la Ley Orgánica del Colegio de Abogados tampoco se sigue que esta entidad tenga entre sus objetivos favorecer a confesión religiosa alguna o siquiera realizar actividades como la de referencia. Así pues, queda abierta la interrogante de qué fundamento jurídico considera esa Junta Directiva que ampara la realización de este evento y la puesta a disposición de recursos institucionales para él.

Concluimos haciendo un respetuoso pero vehemente llamado a que las acciones futuras de esta Junta traduzcan una efectiva observancia del principio de neutralidad religiosa del Estado y eviten caer en conductas que no solo son ajenas a los fines y propósitos del Colegio de Abogados, sino que, como se explicó, representan una política de segregación y discriminación de un sector de agremiadas y agremiados que merecen el mismo trato y respeto que los demás.

Para oír notificaciones acerca de lo que se resuelva en este asunto, señalamos el correo electrónico chessa@abogados.or.cr

Atentamente,"
Es importante clarificar que ninguno(a) de los (las) firmantes tenemos objeción alguna a que, quien lo desee, celebre un evento de esta clase en su hogar, templo o sitio privado de reunión. Nuestra protesta va dirigido contra el involucramiento de una entidad pública, como lo es el Colegio de Abogados, como patrocinador y anfitrión de la actividad, máxime que para ello utiliza instalaciones y recursos materiales que nos pertenecen a todos(as) los (las) agremiados(as), sin preferencia alguna por motivo de religión.

Estamos a la espera de la respuesta oficial. Entretanto, si algún(a) otro(a) colega desea unirse a esta protesta, puede contactar al Colegio por medio del correo electrónico presidencia@abogados.or.cr, el sitio web (indicado arriba) o bien por la página correspondiente en Facebook.